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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 2659
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 18.2.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria del año 2019 de ayudas a la formación y el asesoramiento del sector agrario (Exp. 3244-2019-000001)

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Texto

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo, en la sesión de día 10 de diciembre de 2018, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular de Menorca (PES) del CIM para el año 2019.

El PES establece la previsión de la actividad subvencionadora en la línea de fomento de actividades de interés general, dentro del marco normativo establecido para la concesión de subvenciones. Una de las líneas de subvención incluidas en este PES es la ayuda a la formación y el asesoramiento del sector agrario.

2. La capacitación del sector agrario es un aspecto fundamental para su adaptación a los cambios tecnológicos y normativos a que se encuentra sometido, y un aspecto clave para seguir siendo un sector profesional y robusto.

3. Las asociaciones que trabajan con el sector agrario de Menorca y las entidades agrarias (OPA, cooperativas, asociaciones) tienen una experiencia y una relación de proximidad y de confianza con el agricultor que la hacen una herramienta eficiente a la hora de transmitir e impulsar la capacitación del sector agrario.

4. Con esta línea, el Consell Insular de Menorca pretende contribuir al desarrollo y la mejora del sector agrario a través de los servicios de entidades de representación colectiva, ya que con estas ayudas se quiere dar apoyo a las actuaciones concretas de capacitación que lleven a cabo las mismas entidades.

5. El Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del Consell Insular de Menorca tiene interés en apoyar la agricultura y en la ganadería de Menorca y fomentar los organismos interesados ​​en su mantenimiento y su representación.

6. El Consejo Ejecutivo del CIM, en la sesión de carácter ordinario de 23 de julio de 2018, acordó, entre otros, aprobar las Bases de las ayudas para la formación y el asesoramiento del sector agrario de Menorca. Estas bases se publicaron en el BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018.

La normativa específica que regula estas ayudas no ha cambiado, por lo que la convocatoria de este año se regirá por las bases aprobadas en el año 2018.

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera;

ACUERDO:

Primero.- Aprobar la convocatoria correspondiente al año 2019, que se regirá por las bases de las ayudas para la formación y el asesoramiento del sector agrario de Menorca, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM en la sesión de carácter ordinario de 23 de julio de 2018 (BOIB núm. 95, de 2 de agosto de 2018), de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio que los importes puedan ser ampliados por aportaciones expresas de terceros para contribuir la financiación del objeto de la convocatoria:

Partida

Cuantía máxima

6.41230.4890000 Ayudas formación y asesoramiento sector agrario

60.000 €

b) El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

c) La instructora de este expediente es la señora Helena Fonolleda Gómez, jefe de negociado de Sa Roqueta.

d) Aprobar la siguiente composición para la Comisión Evaluadora de estas ayudas:

- Presidente: Aram Ortega Adzerías, consejero ejecutivo del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera

- Secretario / a: un / a funcionario / a del Departamento

vocales:

- Miquel Truyol Olives, director insular de Medio Rural y Marino

- Helena Fonolleda, técnica del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera y jefe de negociado de Sa Roqueta

- Antoni Allès de Olives, técnico del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera del CIM

- Francisca Llabrés Riudavets, técnica media de gestión del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes

Segundo.- Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la presente convocatoria, en los términos que establece el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de forma previa a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón