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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 2657
Extracto del acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 11.2.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas al tejido empresarial, artesanal y asociativo de Menorca para el año 2019, con las mismas bases reguladoras de la 2018 con las modificaciones correspondientes a los años y las fechas de referencia (Exp. 3303-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 445340

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

De acuerdo con las diferentes lineas pueden ser beneficiarios:

Para la línea 1: Las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que tengan el domicilio social y un establecimiento operativo en Menorca, que sean fabricantes y productores y que estén dados de alta del impuesto de actividades económicas correspondiente. Quedan excluidos de esta línea los artesanos no agroalimentarios.

Para la línea 2: Las asociaciones empresariales la actuación de las cuales sea de ámbito insular de Menorca, agrupaciones de asociaciones empresariales de ámbito insular de Menorca, confederaciones de asociaciones empresariales de ámbito insular de Menorca o similares.

Para la línea 3: Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que cumplan, de acuerdo con la Ley 4/1985, de 3 de mayo, de ordenación de la artesanía, y normativa de desarrollo, los requisitos y que tengan su domicilio social y un establecimiento operativo en Menorca:

Para la Línea 4: Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que tengan su domicilio social y un establecimiento operativo en Menorca y que respondan a la definición de microempresa, pequeña empresa o mediana empresa (PYME).

Los beneficiarios de estas ayudas han de desarrollar su actividad dentro del ámbito territorial de Menorca y mantener la actividad durante un año.

Segundo. Objeto

El objeto de esta ayuda de minimis es:

- Dar soporte técnico a los fabricantes y productores de Menorca mediante la presencia de los productos de los fabricantes y productores, como expositores o como visitantes, a ferias profesionales fuera de la isla de Menorca para establecer relaciones comerciales, así como apoyar a las actuaciones de promoción que realicen.

- Apoyar a las asociaciones empresariales de Menorca o agrupaciones de asociaciones empresariales de Menorca para promocionar los productos de las empresas menorquinas.

- Facilitar la asistencia de los artesanos de Menorca como expositores en las ferias profesionales y de artesanas fuera de la isla de Menorca y apoyar las actuaciones de promoción de los productos artesanos elaborados en la isla de Menorca.

- Fomentar y promocionar la transformación digital de los negocios para conseguir microempresas, pequeñas empresas o medianas (PYME) más competitivas.

 

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca día 23 de julio de 2018, publicadas en el BOIB número 95, de 2 de agosto de 2018.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 320.000 € (trescientos veinte mil euros), desglosado en los apartados siguientes:

- Línea 1 - sector del calzado: 100.000 €

- Línea 1 - sector bisutero: 100.000 €

- Línea 1 - resto de sectores: 50.000 €

- Línea 2 - asociaciones: 50.000 €

- Línea 3 - artesanos: 10.000 €

- Línea 4 - innovación: 10.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finaliza dia 1 de octubre de 2019.

 

Maó 22 de marzo de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón