Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 2681
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de marzo de 2019 por la que se modifica la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la autorización de dos aulas externas de TAVA en el Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n, una de las cuales estaba autorizada de forma provisional y condicionada
Hechos
1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 27 de septiembre de 2017 se modificó provisionalmente y de manera condicionada la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con una unidad TAVA como aula externa, ubicada en el Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n.
2. Posteriormente, mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 13 de febrero de 2018 se modificó la autorización de la configuración del centro Joan Mesquida con la transformación de dos unidades de educación especial básica (EEB) en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA). Como consecuencia de esta modificación, la configuración del centro quedó de la manera siguiente:
Código de centro: 07005891
Denominación genérica: centro de educación especial
Denominación específica: Joan Mesquida
Titular: Aproscom Fundación
Domicilio: c. de Es Canyar, s/n
Localidad: Manacor
Municipio: Manacor
CP: 07500
Enseñanzas autorizadas:
Educación especial básica (EEB): 11 unidades
9 unidades en las instalaciones de la calle de Es Canyar, s/n
2 unidades ASCE en La Salle de Manacor (código 07002181)
Transición a la vida adulta: 4 unidades
3 unidades en el centro Joan Mesquida
1 unidad externa en el Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n.
3. El 20 de febrero de 2018, el señor Antoni Gayà Sunyer, representante del centro concertado de educación especial Joan Mesquida, solicitó la modificación de la configuración del centro con la autorización de dos unidades TAVA en las instalaciones del Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n, una de las cuales ya estaba autorizada de manera provisional y condicionada.
4. El 9 de abril de 2018, la jefa del Servicio de Atención a la Diversidad emitió un informe favorable sobre la autorización de dos unidades TAVA en el CCEE Joan Mesquida, de Manacor.
5. En fecha de 9 de agosto de 2018, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe favorable y definitivo de la primera unidad TAVA, dado que se comprobó que los espacios se ajustaban a los planos respecto de los cuales se había emitido un informe en fecha de 5 de diciembre de 2017.
6. El 27 de agosto de 2018, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un nuevo informe favorable, según el cual la nueva unidad externa cumple las condiciones mínimas establecidas por la normativa vigente aplicable para impartir el programa de transición a la vida adulta.
7. El 13 de marzo de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la autorización de la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la autorización de dos unidades TAVA, una de las cuales estaba autorizada de forma provisional, en el Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº 7 de 1985).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).
4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo).
5. El Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE nº 65, de 16 de marzo).
6. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº 78, de 28 mayo).
7. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 2 de mayo de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2015 por la que se regulan las ratios en los centros específicos de educación especial, y se establecen las ratios de los Programas de Formación para la Transición de la Vida Adulta (TVA) para los alumnos escolarizados en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas ASCE (aulas sustitutorias de centro especial).
8. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de mayo de 2015 por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios.
9. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
10. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 14 de marzo de 2019, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la configuración del centro privado concertado de educación especial Joan Mesquida, de Manacor, con la autorización de dos aulas externas de TAVA en el Centre de Formació i Inserció Laboral, en la ronda del Port, s/n, una de las cuales estaba autorizada de forma provisional y condicionada.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07005891
Denominación genérica: centro de educación especial
Denominación específica: Joan Mesquida
Titular: Aproscom Fundación
Domicilio: c. de Es Canyar, s/n, y aulas externas en el Centre de Formació i Inserció Laboral, ronda del Port, s/n.
Localidad: Manacor
Municipio: Manacor
CP: 07500
Enseñanzas autorizadas:
Educación especial básica (EEB): 11 unidades
9 unidades en el centro Joan Mesquida, c. de Es Canyar, s/n
2 unidades ASCE en La Salle de Manacor (código 07002181)
Transición a la vida adulta (TAVA): 5 unidades
3 unidades en el centro Joan Mesquida, c. de Es Canyar, s/n
2 unidades externas en el Centre de Formació i Inserció Laboral, ronda del Port, s/n
3. Recordar al centro mencionado que está obligado cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 15 de marzo de 2019
El consejero de Educación y Universidad Martí X. March Cerdà