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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2649
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de marzo de 2019 por la que se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 22 de marzo de 2019 por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de las categorías de médico/médica de familia en equipos de atención primaria y de médico/médica especialista en pediatría y puericultura de área y en equipos de atención primaria dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

  1. El 23 de marzo de 2019 se publicó en el BOIB n.º 38 la Resolución del director general del Servicio de Salud de 22 de marzo de 2019 por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de las categorías de médico/médica de familia en equipos de atención primaria y de médico/médica especialista en pediatría y puericultura de área y en equipos de atención primaria dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  1. Se han advertido errores en los anexos I y II de la categoría de médico/médica de familia en equipos de atención primaria.

Fundamentos de derecho

  1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

  1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

  1. Rectificar los errores observados en los anexos I y II de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 22 de marzo de 2019 (BOIB n.º 38/2019, de 23 de marzo) por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso de traslados voluntario para proveer plazas básicas vacantes de las categorías de médico/médica de familia en equipos de atención primaria y de médico/médica especialista en pediatría y puericultura de área y en equipos de atención primaria dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  1. Abrir un nuevo plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de publicación de esta resolución para que las personas interesadas puedan presentar reclamaciones —que no tendrán carácter de recurso— a fin de subsanar los defectos advertidos.

  1. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 26 de marzo de 2019

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)

 

Anexo Corrección de errores

En el anexo I, en la categoría 078 “Médico/médica de familia en EAP” no deben figurar las personas siguientes:

DNI                                     Nombre

13129339L                          Ana Sanz Martín

41496763W                         Jaume Borràs Urtubia

 

En el anexo II, en categoría 078 “Médico/médica de familia en EAP” deben figurar las personas siguientes:

DNI                   Nombre                                Motivo de exclusión

13129339L        Ana Sanz Martín                 No ser personal estatutario fijo en la categoría a la cual concursa

41496763W      Jaume Borràs Urtubia          No ser personal estatutario fijo en la categoría a la cual concursa