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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 2647
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 11.03.2019, relativo a la aprobación de la convocatoria de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2018-2019 (Exp. 1501 -2019-000001)

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Texto

El Plan Estratégico de Subvenciones del Presupuesto General del Consell Insular de Menorca para el ejercicio 2019 prevé, entre los objetivos generales del Departamento de Cultura y Educación, "apoyar la iniciativa educativa de Menorca", con el objetivo específico de "concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2018-2019".

Dado el importante esfuerzo económico que hacen las familias y los estudiantes menorquines que estudian fuera de nuestra isla;

Dado que el Departamento de Cultura y Educación del Consell Insular de Menorca quiere ayudar a reducir esta carga;

Dadas las bases que rigieron la concesión de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2017-2018, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca día 26 de marzo de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 42, de 5 de abril de 2018;

Dado que las becas para el curso 2017-2018, concedidas por acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 27 de agosto de 2018, se consideran justificadas correctamente, ya que la documentación presentada con las solicitudes cumplía todos los requisitos de la convocatoria y, por tanto, no debían presentar otra documentación adicional para justificar la subvención;

Conforme a la normativa básica aplicable al Consell Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto de esta administración;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura y Educación;

ACUERDO:

Primero.- Aprobar la Convocatoria de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca durante el curso 2018-2019, que se rige por las bases que aprobó el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca día 26 de marzo de 2018, publicadas en el BOIB núm. 42, de 5 de abril de 2018, con las modificaciones siguientes:

- Donde dice «curso 2016-2017» debe decir «curso 2017-2018», donde dice «curso 2017-2018» debe decir «curso 2018-2019» y donde dice «2018-2019 y 2019-2020» debe decir «2019-2020 y 2020-2021».

- Se consideran miembros computables de la unidad familiar los hermanos mayores de 16 años a 31 de diciembre de 2018.

- En los apartados en los que se hace refencia al salario mínimo interprofesional se aplicará el del año 2018, que es de 10.302,60 euros.

- La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2017 y se presentará la siguiente documentación: certificado de la AEAT relativo a la declaración del IRPF del año 2018 referida a los ingresos de 2017, o certificado de imputaciones del IRPF de 2017.

- La renta de los miembros computables que hayan presentado declaración del IRPF se obtendrá a partir de la información de las casillas: 415 + 435 - 557.

- En la base 9.2 c, las casillas relativas a la declaración del IRPF del año 2018 que deben figurar son: 409 + 54 + 232 + 402 + 406 - 283 - 284 - 286.

Segundo.- Establecer las condiciones para la Convocatoria de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca durante el curso 2018-2019:

 

a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo:

Presupuesto

Partida

Cuantia máxima

2019

4.32600.4810004

300.000 €

El importe máximo que se destina a la convocatoria únicamente podrá ampliarse, sin necesidad de nueva publicación, en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.

b) El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es del 1 al 30 de abril de 2019.

c) El órgano competente para la instrucción del expediente es la técnica de educación, Joana Quintana Seguí.

d) Se crea la Comisión Evaluadora de estas ayudas, que examinará las solicitudes presentadas y emitirá el informe que debe servir de base para la propuesta de resolución, la cual estará formada por los siguientes miembros:

- Presidente: consejero ejecutivo responsable en materia de educación, Miquel Àngel María Ballester

- Vocales: la técnica de educación, Joana Quintana Seguí, y el administrativo del Departamento, Jordi Torrent Torroja, que actuará de secretario.

Tercero.- Comunicar esta resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, comunicación que se debe hacer previamente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Interposición de recursos

Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó 19 de març de 2019

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón