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AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN
Núm. 2612
Aprobación inicial del Estudio de Detalle para el desarrollo de la parcel·la VU-CO del Plan Parcial sector C de Sant Tomàs
Se hace público que mediante Resolución de Alcaldía nº. 163 de fecha 03/25/2019, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
"En fecha 15/12/2018 y número de registro de entrada 1397 Agrytursa presenta Estudio de Detalle de ordenación de la parcela VU-CO, situada en el sector C de la urbanización de Santo Tomás, en el término municipal de Es Migjorn, redactado por el arquitecto Jose María Villalonga y por el abogado Antonio Mercadal Arguimbau, pendiente de firmar.
Visto el informe favorable condicionado emitido por el arquitecto municipal en fecha 06/03/2019 y el informe favorable condicionado emitido por la secretaría interina en fecha 03/18/2019
Visto el dictamen de la comisión informativa de hacienda, régimen interno y territorio de día 21/03/2019
RESUELVO:
1.- Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para el desarrollo de la parcela VU-CO del Plan Parcial sector C de Santo Tomás redactado por el arquitecto Jose Maria Villalonga y por el abogado Antonio Mercadal Arguimbau de diciembre de 2018 ( sin visar) con la advertencia de que se deberán corregir los errores materiales de denominación y diferenciación entre la parcela uno subparcelas existentes. En concreto se deberá corregir cualquier referencia expresa denominada como "parcela", que realmente se estén refiriendo a una subparcela o porción de terreno procedente de la parcela Vu-CO, contenida en las fichas y / o los planos de este Estudio de detalle.
2.- Someter a información pública el expediente, mediante publicación de anuncios en el BOIB, diario insular, en la sede electrónica del Ayuntamiento y tablón de edictos del Ayuntamiento, durante un plazo de 30 días.
3.- Señalar como área afectada por la suspensión del otorgamiento de licencias la parcela VU-CO del sector C de la urbanización de Santo Tomás. Mientras esté suspendida la tramitación de procedimientos, el otorgamiento de licencias y la presentación de comunicaciones previas en aplicación de lo establecido en esta disposición, se pueden tramitar los instrumentos, otorgar las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicial o provisionalmente aprobado. De conformidad con el artículo 51.4 apartado b), la suspensión del otorgamiento de licencias tendrá una duración máxima de 2 años. "
Es Migjorn Gran, a 25 de marzo de 2019
El Alcalde Pedro G. Moll Triay