Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 2553
Notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador número 2018/9014M, por infracción de la normativa en materia de pesca
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación del expediente sancionador y la apertura del plazo de alegaciones y pruebas por presunta infracción de la normativa de pesca, Ley 6/2013 de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, se notifica, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a la persona interesada que se detalla en el anexo adjunto, haciendo constar:
1º.- La persona denunciada dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formule sus alegaciones y aporte o proponga las pruebas que le justifique delante de este Departamento de Economía, Hacienda, Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (avda. España, 49, 3ª planta, de la ciudad de Ibiza).
2ª.- Durante el transcurso la tramitación del expediente sancionador, la persona interesada podrá examinarlo y conocer la identidad de la instructora y del secretario, al efecto de recusación que contiene el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Eivissa, 15 de marzo de 2019
La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres
Anexo
Núm. de expediente: 2018/9014M
DNI: 52736708P
Fecha de la resolución de inicio: 29/01/2019
Preceptos infringidos: Infracción del artículo 119b, de la Ley 6/2013, de fecha 7 de noviembre de 2013, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013), -modificada por la Ley 12/2014, de 16 de diciembre de 2014)-, en relación con el artículo 2 y 3 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el cual se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en aguas interiores de las Illes Balears (BOIB núm. 104, de 2 de agosto de 2014), consistente en realizar la pesca recreativa sin la pertinente licencia administrativa de pesca.
Último domicilio: Carretera Portinatx, núm. 117 1 - 07810
Municipio: San Juan