Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO
Núm. 2545
Resolución de la vicepresidenta y consejera de Innovación, Investigación y Turismo por la que se aprueban las tarifas de personal del Centro Baleares Europa para los encargos a medios propios de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del resto de organismos integrados en el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma y de los consejos insulares
Hechos
El 12 de septiembre de 2014, el Consejo de Gobierno acordó la última
1. modificación de los Estatutos del Consorcio Centre Baleares Europa (CBE) publicada en el BOIB núm. 126, de 18 de septiembre de 2014.
2. El 31 de octubre de 2017, la persona titular de la Consejería de adscripción del CBE aprobó, mediante Resolución, las últimas tarifas de personal aplicables y vinculadas a los servicios que puede prestar el Consorcio mediante encargos de ejecución a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Mediante el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad (BOIB núm. 120, de 8 de agosto), el Consorcio se adscribe a la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo.
4. La disposición final octava de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears incorpora una nueva norma a la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, por la cual los entes instrumentales autonómicos pueden actuar como medios propios de los consejos insulares.
5. El 25 de febrero de 2019, la directora gerente del CBE propuso a la persona titular de la consejería de adscripción la aprobación y publicación de las tarifas correspondientes al personal del Consorcio, tal como establece el artículo 5 de los Estatutos del CBE.
6. En consecuencia, el CBE, con el objetivo de estandarizar el coste de los servicios que prestará en adelante, propone establecer unas tarifas de personal vinculadas a los servicios que pueda llevar a cabo mediante encargos de gestión en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, al resto de entes integrantes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma y a las instituciones miembros del Consorcio; tarifas que tienen que ser aplicables desde la fecha de publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Fundamentos de derecho
7. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
8. El Decreto 14/2016, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el texto consolidado del Decreto sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
9. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
10. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de septiembre de 2014, por el cual se autoriza la modificación de los Estatutos del Consorcio Centre Baleares Europa.
11. La Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019.
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar las tarifas que se adjuntan como anexo y que se tienen que aplicar a los encargos de ejecución que se hagan al CBE para la prestación de sus servicios a partir de la fecha de publicación en el BOIB.
2. Las tarifas establecidas incluyen los costes directos e indirectos imputables. En cuanto a los costes indirectos, correspondientes a la gestión administrativa de los encargos a medios propios, se han calculado aplicando un porcentaje del diez por ciento a los costes directos.
3. Estas tarifas se aplican en función de las horas de trabajo efectivo de los recursos humanos que se asignen a la ejecución de los encargos, en los términos que se indican en el anexo único de esta Resolución.
4. Las indemnizaciones por razón del servicio del personal son las establecidas en la Resolución del consejero competente en materia de Hacienda y Presupuestos, que actualiza cada año las cuantías de estas indemnizaciones.
5. Comunicar esta Resolución al Centre Balears Europa a los efectos de aplicar las tarifas en la fijación de la contraprestación a favor del CBE y que se haga constar en los actos o acuerdos por los cuales se formalicen los encargos a medios propios.
1. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la vicepresidenta y consejera de Innovación, Investigación y Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 11 de marzo de 2019
La vicepresidenta y consejera de Innovación, Investigación y Turismo
Mª Isabel Busquets i Hidalgo
ANEXO
Tarifas de personal para los encargos de EJECUCIÓN del Centre Balears Europa
|
Horas año |
Precio horas |
Técnico en estadística europea |
1.512,00 |
28,08€ |
Técnico en fondos Feder |
1.512,00 |
38,48€ |
Técnico en protocolo UE |
1.512,00 |
39,39€ |
Técnico en seguimiento Comité Regiones |
1.512,00 |
49,37€ |
Técnico de fondos y proyectos europeos |
1.512,00 |
49,37€ |