Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2546
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 21 de marzo de 2019 por la que se aprueba la corrección de errores de las Resoluciones del director general del Servicio de Salud de 25 de febrero de y de 11 de marzo de 2019 relativas a la aprobación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de auxiliar administrativo de la función administrativa
Antecedentes
1. El día 28 de febrero de 2019 se publicó en el BOIB núm. 26 la Resolución del director general del Servicio de Salud, de 25 de febrero, por la cual se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de auxiliar administrativo de la función administrativa.
2. El día 16 de marzo de 2019 se publicó en el BOIB núm.35 la Resolución del director general del Servicio de Salud, de 11 de marzo, por la cual se corrigen errores de la Resolución de 25 de febrero de 2019.
3. Se han advertido errores en la lista publicada en el anexo de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 25 de febrero de 2019.
4. En la Resolución del director general del Servicio de Salud de 11 de marzo de 2019 se han advertido errores en la denominación existente en el turno asignado a una de las personas interesadas que requiere ser corregido.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. En el anexo de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 25 de febrero de 2019 se ha excluir de la lista definitiva de personas admitidas en el turno libre de discapacidad a la Sra. Carmen Antonia Costa Bonet.
2. En la Resolución del director general del Servicio de Salud de 11 de marzo de 2019 se ha de rectificar la denominación utilizada para designar el turno al que se presenta el Sr. Miquel Lluis Colom Noguera, de tal manera que donde dice “turno libre de incapacidad”, ha de decir “turno libre de discapacidad”.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa – puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 21 de marzo de 2019
El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Julio Miguel Fuster Culebras
Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)