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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2405
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2019 por la que se modifica la configuración del centro privado de formación profesional Creu Roja con la autorización del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género

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Texto

Hechos

1.  Mediante una resolución del consejero de Educación y Cultura de 16 de enero de 2014 (BOIB nº 20, de 8 de febrero) se autorizó una modificación de la configuración del centro privado Creu Roja de Palma (código 07008651) con dos unidades de ESPA (educación secundaria para personas adultas) en la modalidad presencial. Con esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07008651

Denominación genérica: centro de formación profesional específica y centro de educación de personas adultas

Denominación específica: Creu Roja

Titular: Cruz Roja Española Asamblea Balear

Domicilio: c. del Arquitecte Bennàssar, nº 73

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07004

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado medio:

Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23): 2 unidades y 60 plazas escolares (turno de mañana y turno de tarde)

Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades y 40 plazas escolares (turno de mañana y turno de tarde)

Emergencias Sanitarias (SAN21): 2 unidades y 60 plazas escolares (turno de mañana y turno de tarde)

 

ESPA (educación secundaria para personas adultas): 2 unidades en la modalidad presencial y un máximo de 46 plazas escolares

Adscripción administrativa: los ciclos formativos quedan adscritos al IES Josep Maria Llompart, de Palma (código 07007796).

2.  El 11 de mayo de 2018 (NRE L26E14866/2018), el señor Joan Batle Palou, como representante del centro privado de formación profesional Creu Roja y en calidad de secretario del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en las Illes Balears, solicitó la modificación de la configuración del centro con la autorización del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género. Para ello aportó la documentación pertinente y justificó que las instalaciones del polígono de Son Rossinyol, en la calle del Gremi d’Hortolans, 11, donde se imparten las enseñanzas del CFGM de Emergencias Sanitarias en turno de mañana y de tarde, se pueden utilizar para impartir el ciclo que solicita, ya que estas aulas son totalmente compatibles para realizar los dos ciclos.

También presentó los informes de la visita de estas mismas aulas emitidos por el IBISEC para justificar que la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros ya había inspeccionado los espacios.

3.  El 4 de junio de 2018 el Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales emitió un informe favorable de la visita de inspección realizada al centro en fecha de 1 de junio de 2018 para comprobar que se cumplen los requisitos mínimos de espacios y equipamientos para impartir una unidad (dos grupos) del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género (SSC35).

4.  El 6 de marzo de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del ciclo formativo de grado superior de Promoción de Igualdad de Género en el centro privado de formación profesional específica Creu Roja de Palma, una vez comprobado que las instalaciones requeridas para la impartición de este ciclo formativo cumplen los requisitos mínimos que regula el Real Decreto 779/2013, de 11 de octubre, por el que se establece el título de técnico superior en Promoción de Igualdad de Género y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº 182, de 30 de julio).

5. El Real Decreto 779/2013, de 11 de octubre, por el que se establece el título de técnico superior en Promoción de Igualdad de Género y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE nº 278, de 20 de noviembre).

6. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB nº 177, de 29 de noviembre).

7. La Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidad de 28 de febrero de 2014 de modificación de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 13 de julio de 2009 por la que se regula la organización y el funcionamiento de los ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo que se imparten de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en las Illes Balears, en la modalidad de enseñanza presencial.

8. La Orden ECD/1545/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículum del ciclo formativo del grado superior correspondiente al título de técnico superior en Promoción de Igualdad de Género.

9. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.

10. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), que establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

11. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 7 de marzo de 2019, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.  Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2019-2020, la impartición del CFGS de Promoción de Igualdad de Género en el centro privado de formación profesional específica Creu Roja.

2.  Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07008651

Denominación genérica: centro de formación profesional específica y centro de educación de personas adultas

Denominación específica: Creu Roja

Titular: Cruz Roja Española Asamblea Balear

Domicilio: c. del Arquitecte Bennàssar, nº 73, CP 07004, y c. del Gremi d’Hortolans, nº 11, del polígono de Son Rossinyol, CP 07007.

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado medio:

Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23): 2 unidades y 60 plazas escolares (turno de mañana y de tarde) en las instalaciones de la calle del Arquitecte Bennàssar, nº 73.

Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades y 40 plazas escolares (turno de mañana y de tarde) en las instalaciones de la calle del Arquitecte Bennàssar, nº 73.

Emergencias Sanitarias (SAN21): 2 unidades y 60 plazas escolares (turno de mañana y de tarde) en la calle del Gremi d’Hortolans, nº 11, del polígono de Son Rossinyol.

 

Ciclos formativos de grado superior:

Promoción de Igualdad de Género (SSC35): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares (turno de tarde) en las instalaciones de la calle del Gremi d’Hortolans, nº 11, del polígono de Son Rossinyol.

 

ESPA (educación secundaria para personas adultas): 2 unidades en la modalidad presencial y un máximo de 46 plazas escolares en las instalaciones de la calle del Arquitecte Bennàssar, nº 73.

 

Adscripción administrativa: los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Josep Maria Llompart, de Palma (código 07007796).

3.  Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4.  Indicar al centro que está obligado a presentar la titulación del personal docente antes de que se inicie la impartición del ciclo que se autoriza para que se pueda comprobar que es la adecuada.

5.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 8 de marzo de 2019

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà