Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2397
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 18 de marzo de 2019 por la que se aprueba la corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 18 de abril de 2018 por la cual se convoca un concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de administrativo de la función administrativa
Antecedentes
El día 21 de abril de 2018 se publicó en el BOIB núm.49 la Resolución director general del Servicio de Salud, de 18 de abril del mismo año, por la cual se convoca un concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de administrativo de la función administrativa.
Se han advertido errores en el Anexo 1, Bases de la convocatoria, en concreto en el punto 6.5. de la versión castellana.
Fundamentos de derecho
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Rectificar los errores observados en el Anexo 1, Bases de la convocatoria, en el punto número 6.5. de la versión castellana, de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, de 18 de abril de 2018, por la cual se convoca un concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de administrativo de la función administrativa.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa – puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 28 de febrero de 2019
El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016)
ANEXO Corrección de errores
En el punto número 6.5. del Anexo 1, Bases de la convocatoria, en la versión castellana
Donde dice:
6.5.- La valoración de este examen es de 0 a 55 puntos; para superar la fase de oposición hay que obtener la puntuación mínima de 27,5 puntos. Cada respuesta correcta se valora con 0,6818 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizan con una cuarta parte del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco y las que contengan más de una alternativa marcada no se valoran.
Debe decir:
6.5- .- La valoración de este examen es de 0 a 55 puntos; para superar la fase de oposición hay que obtener la puntuación mínima de 27,5 puntos. Cada respuesta correcta se valora con 0,625 puntos. Las contestaciones erróneas se penalizan con una cuarta parte del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco y las que contengan más de una alternativa marcada no se valoran.