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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 2364
Resolución cambio titularidad derechos funerarios sepultura núm. 29

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Texto

Mediante la presente Resolución, el Sr. Alcalde resuelve lo siguiente:

"Expediente núm.: 225/2019.- Procedimiento: Cambios de Titularidad de Derechos Funerarios

PROVISIÓN DE ALCALDÍA

Visto que con fecha 28 / de febrero / 2019, se procedió a registrar en el Registro General de Entrada de esta Corporación (núm. 428/2019) por la Sra. Juana Martín Muñoz solicitud de cambio de titularidad del título funerario sobre la sepultura núm. 29, Bloque D, nichos a, b, c y d del cementerio de Lloseta.

Visto que en el título funerario consta la titularidad de la Sra. Candelaria Muñoz Gómez, madre de la solicitante, dado que la misma según certificado de últimas voluntades que consta en el expediente no otorgó testamento y ante la posible existencia de interesados en el procedimiento y de conformidad con lo que dispone el art. 44 de la Ley 39/15 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

RESUELVO

PRIMERO.- Iniciar el expediente para regularizar la titularidad sobre la sepultura núm 29, Bloque D, nichos a, b, c y d del cementerio de Lloseta.

SEGUNDO.- Notificar a los interesados el inicio del expediente para que ex. Art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante el plazo de quince días.

TERCERO.- De conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, que se computará desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el tablón de anuncios electrónico y físico, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento.

Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://ajlloseta.sedelectronica.es].

Lloseta, 12 de marzo de 2019

El Alcalde

José María Muñoz Pérez