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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 2348
Resolución relativa a la ampliación del concierto del servicio de apoyo en la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave para el año 2019, en la isla de Mallorca, con la entidad Fundación Es Garrover

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Texto

Hechos

1. En fecha 8 de mayo de 2018, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó la Resolución por la cual se convoca el concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2018-2019. Esta Resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 59, de 12 de mayo de 2018.

2. En fecha 9 de julio de 2018, se suscribió el concierto entre la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación y la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER, con CIF G-57356057, para llevar a cabo el servicio de apoyo en la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, hasta el 30 de junio de 2019, con un total de 11 plazas concertadas de baja intensidad y 7 plazas concertadas de alta intensidad. El coste total del servicio es de 273.178,20 €.

3. En fecha 2 de enero de 2019, el director general de Dependencia emitió un informe justificativo relativo a la necesidad y la urgencia de ampliar las plazas del concierto del servicio de apoyo en la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave para el año 2019, en la isla de Mallorca. A partir del 1 de marzo de 2019, la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación pasará a gestionar los servicios de atención residencial comunitaria (SARC) para personas con diagnóstico de salud mental, hasta ahora gestionados por el Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salut), según lo que establece el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de noviembre de 2018, en razón de la competencia en materia de atención y apoyo a personas con dependencia y a personas con discapacidad que le atribuye a través de la Dirección General de Dependencia. Por eso, en el informe mencionado, se considera necesario ampliar el concierto con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER en 13 plazas de alta intensidad durante el periodo que va de día 1 de marzo de 2019 al 30 de junio de 2019. Asimismo, se indica que la entidad FUNDACIÓ ES GARROVER ha manifestado su interés en ampliar las plazas del servicio de apoyo en la vivienda para poder atender la lista de espera generada, y que actualmente tiene plazas disponibles suficientes para concertar.

4. Se realiza el cálculo de la ampliación de las 13 plazas de alta intensidad al precio de 1.722,32 euros mensual por plaza de alta intensidad con un importe máximo total de 89.560,64 €.

5. Se realiza esta ampliación de conformidad al artículo 23.3 del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se han de someter los conciertos sociales.

6. En fecha 8 de enero de 2019, el director general de Dependencia dictó la propuesta de resolución relativa a la ampliación del concierto del servicio de apoyo en la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave para el año 2019, en la isla de Mallorca, con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

2. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

3. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

4. El Decreto 6/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de noviembre de 2018 por el cual se autoriza el traspaso de los servicios de atención residencial comunitaria para personas con diagnóstico de salud mental, hasta ahora gestionados por el Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-Salut), en el Gobierno de las Islas Baleares.

7. La Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 8 de mayo de 2018 por la cual se convoca el concierto del servicio de apoyo a la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, para los años 2018-2019 (BOIB nº 59, de 12 de mayo de 2018).

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Incrementar el crédito del concierto con la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER para atender una ampliación con un número total de 13 plazas estimadas de alta intensidad, para prestar el servicio de apoyo en la vivienda para personas con diagnóstico de salud mental grave, durante el periodo que va de día 1 de marzo de 2019 al 30 de junio de 2019.

2. Este incremento se hará por un importe máximo total de 89.560,64 € (IVA exento) con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2019.

3. Autorizar y disponer un gasto en más de 89.560,64 € a favor de la entidad FUNDACIÓN ES GARROVER, con CIF G-57356057, con cargo en la partida 17301.313B01.26104.00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2019.

4. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 5 de febrer de 2019

La consellera

Fina Santiago Rodríguez