Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 2330
Delegación de la Secretaría de la Comisión de seguimiento de la gestión de los residuos no peligrosos de Mallorca
1. El artículo 7.2 del Plan director sectorial para la gestión de residuos urbanos de Mallorca (BOIB nº. 35 de 9 de marzo de 2006) creó la Comisión de Seguimiento.
2. El Acuerdo de Pleno de día 3 de febrero de 2003, por el que se aprueba la creación de la Comisión de Seguimiento de la Gestión de los residuos no peligrosos de Mallorca dispone, en el artículo 3.1, que el secretario de la Comisión será el secretario del Consejo de Mallorca que podrá delegar en un funcionario del Consejo de Mallorca que pertenezca al grupo A.
3. El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público prevé la delegación de competencias, que tienen que ser publicadas en los boletines oficiales que peguen.
Por todo eso, resuelvo:
1. Delegar las funciones de Secretaría de la Comisión de Seguimiento de la Gestión de los residuos no peligrosos de Mallorca en la persona que ocupe el puesto de trabajo de jefe del Servicio Jurídico de la Dirección Insular de Residuos.
En los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria de la persona que ocupe el puesto de trabajo de jefe del Servicio Jurídico de la Dirección Insular de Residuos lo debe suplir la persona que ocupa el puesto de trabajo de jefe del Servicio de la Secretaría técnica de Medio Ambiente.
En los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria de la persona mencionada en el anterior párrafo lo debe suplir la persona que ocupe el puesto de trabajo de jefe de Sección de la Secretaría técnica de Medio Ambiente.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, la cual entra en vigor el día que se publique.
Palma, 15 de marzo de 2019
El secretario general Jeroni Miquel Mas Rigo