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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 2270
Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos, de 12 de marzo de 2019, por la cual se convocan subvenciones para apoyar la organización y la producción de ferias y festivales en el ámbito de la música, la literatura y el pensamiento, el cómic y la ilustración, las artes escénicas, las artes visuales y los audiovisuales, así como de encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Islas Baleares para el año 2019

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Texto

El Instituto de Estudios Baleáricos (en adelante, IEB) es una entidad pública empresarial creada por el artículo 40 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2015 y con los Estatutos aprobados mediante el Decreto 48/2018, de 21 de diciembre. El IEB tiene personalidad jurídica propia y diferenciada, capacidad de actuar y autonomía de gestión plenas, sin perjuicio de la relación de tutela de la Administración de la CAIB.

El IEB, según el apartado f del artículo 5 de sus Estatutos, publicados en el BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019, tiene por objetivo el fomento de actividades culturales relativas al intercambio y la relación entre Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, y entre las Islas Baleares y el exterior.

El artículo 30.26 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares dispone que la Comunidad Autónoma tiene las competencias correspondientes para fomentar la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, así como las de hacer la difusión nacional e internacional.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios de 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, prevé la convocatoria de ayudas para apoyar la proyección exterior de todo tipo de proyectos de artes escénicas de las Islas Baleares para el año 2019.

A este efecto, el objeto de esta Resolución es convocar subvenciones, que tienen la consideración de ayudas de minimis, de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para el año 2018-2020, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018; la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 (BOIB nº 100, de 11 de julio), por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, y la convocatoria que sigue esta Resolución.

Por todo ello, en base a lo que disponen el artículo 15 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre); los artículos 107.3, apartados d) y e), 108.4 y 109 de la versión consolidada del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (Diario oficial de la Unión Europea nº C 326 de 26/10/2012); el Reglamento europeo 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario oficial de la Unión Europea nº L 352 de 24/12/2013), y el Reglamento europeo 651/2017 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el cual se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario oficial de la Unión Europea nº L 187 de 26/06/2014), y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 14 de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos, dicto la siguiente

Resolución

Primero

Aprobar la convocatoria de subvenciones para contribuir a la organización y la producción de ferias y festivales en el ámbito de la música, la literatura y el pensamiento, el cómic y la ilustración, las artes escénicas, las artes visuales y los audiovisuales, así como encuentros y jornadas profesionales del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las islas durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2018 y 30 de noviembre de 2019.

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 12 de marzo de 2019

La presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos

Francesca Tur Riera

 

ANEXO 1

CONVOCATORIA

1. Del objeto, las condiciones y la finalidad de la subvención

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto apoyar la organización y la producción de ferias, festivales, mercados, residencias artísticas, jornadas de formación y otros eventos de carácter profesional del ámbito de la música, la literatura y el pensamiento, el cómic y la ilustración, las artes escénicas, las artes visuales y los audiovisuales que se lleven a cabo en el territorio de las Islas Baleares durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2018 y 30 de noviembre de 2019.

1.2. La actividad objeto de la subvención deberá tener como una de sus finalidades, de manera comprobable, la proyección exterior de la cultura de las Islas Baleares a través de la programación de las obras de artistas o creadores de las Islas Baleares y el cumplimiento en el programa del evento de, como mínimo, dos de estos requisitos:

— Presencia y actividad profesional de programadores, distribuidores, productores, gestores y mediadores culturales, comisarios, críticos, etc. de fuera de las Islas Baleares invitados por la organización en un número superior a 5.

— Participación de la feria, festival, mercado, etc., en algún programa de intercambio con otros eventos similares que garanticen la presencia de la producción cultural de las Islas Baleares en el exterior.

— Organización, dentro del programa del evento, de jornadas orientadas al público profesional con el objetivo de servir de fuente de intercambio de conocimientos o de propuestas culturales.

1.3. Se establecen las 6 líneas de subvención siguientes:

a) Audiovisuales

b) Artes escénicas

c) Artes visuales

d) Literatura, pensamiento, cómic e ilustración

e) Música

f) Proyectos multidisciplinares

1.4. Para poder optar a la subvención, es necesario que los eventos tengan programados, como mínimo, un 30% de artistas y agentes culturales de las Islas Baleares. En el caso de eventos del ámbito audiovisual, deberán tener programada al menos una obra de las Islas Baleares.

1.5. Los gastos subvencionables son los siguientes:

1.5.1. Hasta un 100% de gastos de programación de propuestas de las Islas Baleares y hasta un 20% de gastos del resto de programación.

Son gastos subvencionables de programación del evento: los honorarios, los viajes y el alojamiento de los artistas con actuación (con un máximo de 150 € por persona y noche); el transporte, el montaje y desmontaje; los derechos de exhibición y de reproducción.

1.5.2. Hasta un 50% de los gastos de producción siguientes:  honorarios de personal y nóminas, contratación de servicios y promoción y marketing.

1.5.3. Hasta un 100% de gastos de organización de las jornadas profesionales.

Son gastos subvencionables de organización de las jornadas profesionales: los honorarios; los viajes y el alojamiento de los ponentes que participen (con un máximo de 150 € por persona y noche); alquiler de espacios y material para realizar las jornadas; comunicación y difusión de las jornadas; contratación de servicios para las jornadas.

1.6. Se excluyen los gastos siguientes:

— Las dietas

— Los honorarios del beneficiario de la subvención

— Los tickets de combustible y aparcamiento

— Los desplazamientos en avión en primera clase

— La dotación económica de los premios.

Gastos estructurales (compra de software y hardware informático, compra de instrumentos, alquiler de locales de uso habitual [excepto en los casos de centros de creación de artes escénicas], alquiler de servicios informáticos no específicos del festival, cuotas de alta de autónomos, etc.).

1.7. No son objeto de esta convocatoria y, por lo tanto, quedan excluidos los eventos siguientes:

  • Las ferias y los festivales que se lleven a cabo por primera vez durante el 2019.

  • Los ciclos de conciertos de un mismo artista o grupo musical y las temporadas teatrales de un solo artista.

2. Del importe máximo que se destina a la convocatoria y los créditos presupuestarios a los cuales se imputa

Se destina a estas ayudas un importe total de 600.000 euros, con cargo al capítulo 4 de los presupuestos del IEB para el año 2019.

3. De los criterios objetivos que tienen que regir en la concesión de la subvención

3.2. El criterio de concesión será el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 1.2 y la obtención de una puntuación mínima de 30, según los cuadros de valoración anexos a esta convocatoria.

3.2. Para la concesión de las ayudas que establece esta convocatoria se tiene que aplicar un criterio de resolución por riguroso orden de entrada de las solicitudes en el Registro General de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, o en los registros y las oficinas que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015; dado que, de acuerdo con su naturaleza, no son necesarias ni la comparación ni la prelación de las solicitudes en un único procedimiento, según artículo 6.3 del Orden de la consejera de Educación y Cultura, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de educación y cultura.

3.3. Asimismo, para garantizar la repartición correcta de los fondos en las diferentes áreas, en primer lugar se puntuarán todos los proyectos y después se otorgarán las cantidades. En caso de que se supere la dotación total, se minorará la cuantía de todos los expedientes en el mismo porcentaje.

4. Del importe de las subvenciones

4.1 El importe máximo anual que se puede conceder por solicitante y por proyecto es de cincuenta mil euros (50.000 €).

4.2. Los proyectos presentados se calificarán en función de las puntuaciones que figuran en los cuadros de valoración anexos, concretados de manera específica para cada disciplina. Los puntos generales que se incluyen son:

a) Interés de la programación (de 0 a 20 puntos)

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

d) Antigüedad (de 0 a 20 puntos, en la disciplina audiovisual; de 0 a 15 en el resto de disciplinas)

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se está integrado en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos).

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género: proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad hacia los derechos de las mujeres (de 0 a 5 puntos).

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que contribuyen a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyen a la sensibilización y educación de la sociedad hacia esos colectivos, comunidades o zonas (de 0 a 5 puntos).

h) Estructura organizativa del evento (de 0 a 5 puntos).

i) Formentera: acciones con origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio. (5 puntos adicionales).

Puntuación total: 100 puntos.

4.3. Una calificación de 30 puntos corresponde al 10% del importe subvencionable, que se incrementa gradualmente hasta el 80%, que corresponde a los 100 puntos.

4.4. En caso de que algún beneficiario renuncie a la subvención, o en caso de que se produzca una aminoración en el importe final justificado, el importe de la ayuda se puede adjudicar a otros expedientes de resolución.

4.5. Esta subvención es compatible con otras subvenciones concedidas a los beneficiarios para la misma finalidad (excepción hecha de las que provienen de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes, según establece el punto 5.3 de esta convocatoria), aunque el importe derivado de la suma de todas las subvenciones no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

4.6. En ninguno de los casos se abonará un importe superior al justificado mediante facturas.

5. De los beneficiarios y requisitos que tienen que cumplir

5.1. Pueden solicitar subvenciones en calidad de beneficiarios las personas físicas o jurídicas privadas, con independencia de su residencia fiscal, que puedan llevar a cabo los proyectos o las actividades que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

5.2. También pueden solicitar subvenciones en calidad de beneficiarios las entidades de la administración local de las Islas Baleares y los organismos públicos de que dependen cuando, entre sus objetivos y finalidades, esté la promoción de la cultura profesional, en general, o de determinados aspectos culturales, en particular.

5.3. No pueden optar los proyectos que obtengan una ayuda por el mismo concepto de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares.

6. De la solicitud y de los documentos que tienen que acompañar la solicitud

La solicitud se tiene que presentar por medio del modelo normalizado (anexo 2) debidamente rellenado y firmado, que tiene que ir acompañado de la documentación siguiente:

a) Acreditación de la identidad.

— Si el solicitante es persona física: fotocopia del DNI, pasaporte o NIE.

— Si el solicitante es persona jurídica: fotocopia del NIF y del DNI, pasaporte o NIE del representante; fotocopia del documento constitutivo de la acreditación de la representación con la que actúa, mediante cualquiera de las formas admitidas en derecho.

— Si el solicitante es un organismo público vinculado a entidades de la Administración local: fotocopia del NIF y del DNI, y estatutos del organismo.

— Si el solicitante es un ayuntamiento: fotocopia del NIF y del DNI, y certificado de nombramiento del alcalde o alcaldesa, firmado por el secretario del ayuntamiento.

b) La documentación acreditativa de los requisitos de la condición de beneficiario.

c) La declaración responsable conjunta por medio del modelo normalizado (anexo 3):

— de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 11 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura;

— que no le han sido concedidas ayudas de minimis en un importe superior a 200.000 € en los últimos tres ejercicios fiscales; de no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención, de conformidad con la normativa aplicable; de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, relacionadas con la solicitud; de estar al corriente de las obligaciones con la hacienda de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y

— de ser el titular de la cuenta bancaria.

d) Acreditación, en su caso, de que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta esta certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar (es decir, no se considera coste elegible).

e) Memoria descriptiva y detallada del proyecto, en la cual hay que incluir:

 —  Los objetivos del proyecto

—  Programación completa del evento y programación de actividades orientadas a público profesional

—  La relación de actividades y las fechas en que se llevan a cabo

— Memoria de las ediciones anteriores

— Lista de los profesionales acreditados asistentes (programadores, distribuidores, productores, gestores y mediadores culturales, comisarios, críticos, etc.), en que se distinga de manera clara los que son de fuera de las Islas Baleares. En caso de no disponer de la lista de la edición actual, hay que adjuntar la de la edición inmediatamente anterior.

— El plan de difusión y promoción exterior

— Acreditación de los requisitos exigidos en el punto 1.1

f) Presupuesto detallado del proyecto con ingresos y gastos y con el pertinente IVA desglosado. Deben incluirse, desglosados, los capítulos siguientes:

— Gastos de la programación de las Islas Baleares.

— Gastos de la programación de fuera de las Islas Baleares.

— Gastos de producción: honorarios de personal, contratación de servicios y promoción y marketing.

—  Gastos de la organización de las jornadas profesionales.

—  El plan de patrocinios y de financiación del evento.

Los gastos que no correspondan a estos capítulos no pueden incluirse en el proyecto.

7. De los plazos para efectuar la solicitud y las eventuales enmiendas

7.1. El plazo para presentar las solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB y permanece abierto durante un mes a partir de ese día.

7.2. El plazo para enmendar errores en la documentación presentada es de diez días hábiles a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento a la persona interesada. Transcurrido este periodo, se considerará que el solicitante ha desistido de la petición y se archivará el expediente sin más trámites, previa resolución correspondiente.

8. De la composición de la comisión evaluadora

La Comisión Evaluadora de estas subvenciones está integrada por doce miembros:

Presidente: el director del IEB o la persona que él designe.

Vocales: cinco técnicos del IEB y seis profesionales de prestigio (uno para cada disciplina) nombrados por el IEB.

Secretario: un técnico del IEB.

9. Instrucción del procedimiento y evaluación de las solicitudes

9.1. El órgano competente para instruir el procedimiento es el director del IEB, que también tiene la competencia para resolver el procedimiento.

9.2. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 24 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el artículo 16 del Decreto legislativo autonómico 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 8 del Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

9.3. La propuesta de resolución provisional debe notificarse individualmente por vía telemática a la dirección de correo electrónico indicada por cada uno de los solicitantes de la subvención y se publicará en la página web del IEB a fin de que las personas interesadas puedan formular alegaciones en un plazo no superior a diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución de la página web del IEB, lo cual se hará constar mediante diligencia del instructor.

9.4. La puntuación mínima para obtener una subvención es de 30 puntos.

10. Resolución

10.1. El director del IEB dispone de un plazo máximo de cuatro meses, a contar a partir de la fecha de entrada de la solicitud de subvención en el registro del órgano competente para la instrucción del procedimiento, para resolver motivadamente y notificar la petición mediante la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Se entienden desestimadas las solicitudes no resueltas en el plazo mencionado.

10.2. Se prevé la posibilidad de dictar resoluciones parciales y sucesivas de concesión, a medida que los órganos instructores formulen las propuestas correspondientes.

10.3. Contra la resolución de concesión o de denegación de las subvenciones, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

11. De las obligaciones de los beneficiarios

11.1. En caso de que la actividad se haya hecho con posterioridad a la presentación de la solicitud, el beneficiario tiene que comunicar, en el plazo de entre tres y cinco días hábiles, el comienzo de la actividad objeto de subvención enviando un correo electrónico a la dirección subvencions@iebalearics.org.

11.2. El beneficiario debe comunicar al IEB, con una antelación mínima de diez días hábiles, la realización de cualquier acto público relacionado con la actividad subvencionada.

11.3. Debe hacerse constar el apoyo del IEB en todos los programas, carteles y elementos propagandísticos y de comunicación de la actividad mediante el logotipo de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes y del IEB, que se encuentran a disposición de los solicitantes en la web www.iebalearics.org, en la página de Identidad corporativa.

11.4. El solicitante debe notificar al IEB la concesión de otra subvención para la misma actividad en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la resolución del organismo que concede las ayudas.

11.5. En caso de que el beneficiario no haga constar el apoyo del IEB en los materiales promocionales de la actividad subvencionada, la penalización puede ir de la reducción del 50% del subvención concedida a la revocación total de la subvención. La Comisión Evaluadora será la encargada de dirimir la penalización.

11.6. En caso de que el beneficiario no cumpla con los requisitos mínimos de los apartados 1.2 y 1.4, el IEB se reserva el derecho de revocar la ayuda concedida y solicitar el reintegro.

11.7. El beneficiario se compromete a ejecutar el proyecto, en todo el proceso, según el contenido presentado en la solicitud. Si hay alguna modificación del proyecto, el beneficiario lo deberá notificar, con anterioridad a llevarla a cabo, por escrito y de manera razonada. Si este cambio afecta a las condiciones esenciales del proyecto o su valoración, la penalización puede ir de la reducción del 50% de la subvención concedida a la revocación total. La Comisión Evaluadora será la encargada de dirimir la penalización.

11.8. En caso de que el beneficiario quiera renunciar a la ayuda, debe notificarlo al IEB mediante el pertinente modelo normalizado de renuncia (anexo 4).

12. De la documentación necesaria para la justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos

12.1. La subvención debe justificarse mediante la presentación de una cuenta justificativa (anexo 5), firmada por la persona beneficiaria o por su representante, y debe ir acompañada de:

— La documentación a que se refiere el artículo 15 de la Orden de la Consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura;

— Cinco (5) ejemplares de los materiales gráficos editados con motivo de la actividad subvencionada, y

— El balance de ingresos y gastos del evento, desglosados, como mínimo, con los capítulos de gastos de programación de las Islas Baleares, gastos de programación de fuera de las Islas Baleares, gastos de producción, gastos de jornadas profesionales y otros gastos.

12.2. Los beneficiarios deben presentar esta cuenta justificativa en el plazo de veinte días hábiles después de haber llevado a cabo la actividad. Si en esa fecha no se ha publicado la resolución de concesión en el BOIB, se entiende que la justificación debe hacerse dentro de los veinte días hábiles siguientes a esa publicación. Transcurrido el plazo sin haberse presentado, se requerirá al beneficiario a fin de que en el plazo improrrogable de diez días hábiles sea presentada. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado comportará la exigencia del reintegro y el resto de responsabilidades establecidas por la Ley General de Subvenciones. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que, de conformidad con la Ley General de Subvenciones, correspondan.

12.3. Las facturas tienen que estar a nombre del beneficiario y pagadas a los proveedores, lo cual se tiene que acreditar con copia del recibo de la transferencia bancaria o con la aceptación de pago por parte del proveedor. En los casos de facturas que no superen los 1.000 euros, no es necesaria la presentación del justificante de pago, aunque estas facturas tienen que formar parte de la memoria justificativa.

12.4. En caso de que se presenten facturas originales (en caso de que no sean digitales), debe adjuntarse una copia. El órgano instructor compulsará las copias en el momento de registrar la cuenta justificativa (anexo 5) y devolverá las facturas originales a los solicitantes.

12.5. Las facturas deben presentarse en el mismo orden en que figuran en la cuenta justificativa (anexo 5).

12.6. El beneficiario tiene diez días hábiles para enmendar los defectos en la justificación de la subvención, a partir del día en que el órgano instructor del expediente se lo notifique.

13. De la forma, plazos y condiciones de pago de la subvención

13.1. El pago de las ayudas se tiene que hacer efectivo a partir de la fecha en que se resuelva definitivamente la concesión, en dos pagos:

a) Un primer pago de la subvención del 50% del importe concedido, que se hará de manera anticipada, en concepto de adelanto, una vez publicada la resolución de concesión.

b) Un segundo pago del porcentaje restante que corresponda del importe concedido, una vez finalizada la actividad y se haya justificado todo el proyecto o actividad con la documentación que exige esta convocatoria.

13.2. A efectos del primer pago, la Comisión Evaluadora debe haber valorado el proyecto presentado con la solicitud con la puntuación mínima establecida en esta convocatoria (ved punto 9.4).

13.3. El segundo pago de la subvención se hará efectivo, en el plazo máximo de seis meses, mediante una transferencia bancaria, previa justificación de la realización de la actividad para la cual se ha solicitado la ayuda.

14. De la disposición que establece las bases reguladoras y otra normativa de aplicación

14.1. Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB nº 100, de 11 de julio).

14.2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

14.3. La Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación y todas las normas de carácter economicoadministrativo que sean aplicables.

14.4. Los artículos 107.3, apartados d) y e), 108.4 y 109 de la versión consolidada del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (Diario oficial de la Unión Europea nº C 326 de 26/10/2012).

14.5. El Reglamento Europeo 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario oficial de la Unión Europea nº L 352 de 24/12/2013).

14.6. El Reglamento Europeo 651/2017 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario oficial de la Unión Europea nº L 187 de 26/06/2014).

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Audiovisual

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

El evento está especializado o tiene una sección especializada en obras de difícil acceso a los mercados, en temáticas de interés social, en obras que promuevan la igualdad de género, en obras producidas o dirigidas por mujeres, en obras de autoría o de nueva autoría.

10 puntos

Creación de audiencias. Se valoran los indicadores de espectadores y asistentes, tanto de carácter general como profesional, y las actividades paralelas por la asistencia de nuevos públicos juveniles e infantiles.

10 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras, e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

10 puntos

 

El evento cuenta con la presencia de cineastas y profesionales del sector audiovisual, en coherencia con la línea editorial del evento.

10 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

El evento cuenta con un plan de comunicación de alcance nacional e/o internacional.

5 puntos

El evento se realiza en colaboración y/o coproducción con agentes del sector audiovisual nacionales e internacionales.

5 puntos

El evento tiene actividades relacionadas con la industria audiovisual nacional y/o internacional.

5 puntos

El evento cuenta con actividades y/o ediciones programadas en otras islas de las Baleares.

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 20 puntos)

El evento tiene más de 2 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 4 ediciones

15 puntos

El evento tiene más de 6 ediciones

20 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos)

El festival tiene el reconocimiento de entidades o redes internacionales de calificación de festivales.

5 puntos

El festival figura en la lista que elabora la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España y/o está mencionado por los Consejos Insulares, ICEC, ICAA y la lista de festivales acreditados por la FIAPF.

5 puntos

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género (de 0 a 5 puntos)

Proyectos en los cuales el equipo de organización y las propuestas incluidas en la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada (de 0 a 5 puntos)

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia esos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Formentera (5 puntos)

Acciones con origen, localización o destino en Formentera, o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de ese territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Artes escénicas

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

La programación incluye estrenos de espectáculos producidos en las Islas Baleares

5 puntos

La programación es íntegramente de carácter profesional

5 puntos

La programación abarca diferentes disciplinas dentro de las artes escénicas

5 puntos

La programación incluye espectáculos de más de una isla

5 puntos

La programación combina nuevos talentos y compañías consolidadas

5 puntos

La programación vehicula intercambios entre el evento y otros de la misma categoría

5 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

El evento presenta nuevos formatos de interacción entre profesionales

5 puntos

El evento combina profesionales locales y profesionales de fuera del territorio

5 puntos

El evento ha invitado profesionales de diferentes territorios estatales

5 puntos

El evento ha invitado profesionales internacionales

5 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

El evento fomenta la creación de redes de relación e intercambio

5 puntos

El evento tiene presencia en otros mercados similares

5 puntos

El evento fomenta el conocimiento de los artistas locales fuera de la isla de residencia

5 puntos

El evento cuenta con la colaboración de las asociaciones profesionales del sector

5 puntos

El evento cuenta con la colaboración de socios estratégicos de fuera del territorio

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El evento tiene más de 3 ediciones

5 puntos

El evento tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 10 ediciones

15 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos)

El evento pertenece a una asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares

5 puntos

El evento pertenece a dos o más asociaciones de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en dos o más redes de eventos similares

10 puntos

El evento tiene representación en la edición de Fira B! Mercado Profesional de Música y Artes Escénicas 2019, o bien en la edición inmediatamente anterior

5 puntos

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género (de 0 a 5 puntos)

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Estructura organizativa del evento

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Artes escénicas – centros de residencia y actividades de formación

a) Interés del programa (de 0 a 35 puntos)

Las actividades del centro/programa son íntegramente de carácter profesional

5 puntos

El centro/programa abraza diferentes disciplinas dentro de las artes escénicas

5 puntos

El centro/programa combina nuevos talentos y compañías consolidadas

5 puntos

El centro/programa combina el trabajo de profesionales locales y profesionales de fuera del territorio

10 puntos

El centro/programa ofrece actividades formativas en el ámbito de la proyección exterior

5 puntos

El centro/programa cuenta con la colaboración de profesionales internacionales

5 puntos

b) Potencial de proyección exterior (de 0 a 25 puntos)

El centro/programa fomenta la creación de redes de relación e intercambio

5 puntos

El centro/programa tiene presencia en otras estructuras similares

5 puntos

El centro/programa fomenta el conocimiento de los artistas locales fuera de la isla de residencia

5 puntos

El centro/programa cuenta con la colaboración de las asociaciones profesionales del sector

5 puntos

El centro/programa cuenta con la colaboración de socios estratégicos de fuera del territorio

5 puntos

c) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El centro/programa tiene más de 2 ediciones

5 puntos

El centro/programa tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El centro/programa tiene más de 10 ediciones

15 puntos

d) El centro/programa pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de estructuras análogas, o se integra en una red de centros/programas similares (de 0 a 10 puntos)

El centro/programa pertenece a una asociación de alcance nacional o internacional de estructuras análogas, o se integra en una red de centros/programas similares

5 puntos

El centro/programa pertenece a dos o más asociaciones de alcance nacional o internacional de estructuras análogas, o se integra en dos o más redes centros/programas similares

10 puntos

El evento tiene representación en la edición de Fira B! Mercado Profesional de Música y Artes Escénicas 2019, o bien en la edición inmediatamente anterior

5 puntos

e) Acciones que contribuyan a la igualdad de género

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

f) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

g) Estructura organizativa del centro/programa

Estructura organizativa del centro/programa, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras e historial del personal directivo u otros miembros que integren el equipo organizativo del centro/programa.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de ese territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Artes visuales

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

Incluye actividades que promuevan la visibilidad y el conocimiento de la creación artística de más de una isla del archipiélago balear

5 puntos

Incluye programación internacional

5 puntos

Fomenta las actividades de reflexión sobre la gestión y la práctica profesional de la creación artística

5 puntos

Fomenta la innovación, la experimentación y los nuevos formatos de exposición y visibilización de la creación artística

5 puntos

Fomenta las intersecciones profesionales con otras disciplinas y/o sectores culturales, sociales, científicos, tecnológicos, etc.

5 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

Incluye actividades con profesionales de diferentes territorios estatales

5 puntos

Incluye actividades con profesionales internacionales

5 puntos

Incluye actividades que fomenten el intercambio y la colaboración de agentes locales y de fuera del territorio

5 puntos

Fomenta la proyección exterior de los artistas visuales y agentes culturales de las Islas Baleares

5 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

El evento cuenta con un plan de comunicación de alcance nacional y/o internacional

5 puntos

El evento se realiza en coproducción con agentes culturales nacionales y/o internacionales, o cuenta con colaboradores y/o socios estratégicos de fuera del territorio

5 puntos

El evento cuenta con actividades y/o ediciones en otras islas de las Baleares

5 puntos

El evento cuenta con actividades y/o ediciones en otros territorios estatales y/o dentro del ámbito internacional

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El evento tiene más de 3 ediciones

5 puntos

El evento tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 10 ediciones

15 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 punto)

El evento pertenece a una asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales, o mercados, o se integra en una red de eventos similares

10 puntos

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género (de 0 a 5 puntos)

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada (de 0 a 5 puntos)

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Estructura organizativa del evento (de 0 a 5 puntos)

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras, e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Literatura

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

Si la programación tiene un carácter multidisciplinar donde la literatura, la ilustración, el cómic y el pensamiento se expresa a través de la música, el teatro, los recitales, las exposiciones, etc.

10 puntos

Si la programación acoge autores de otras islas

10 punto

Si fomenta el intercambio profesional con otras disciplinas y/o sectores culturales, sociales, científicos o tecnológicos

5 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

Asisten profesionales internacionales

10 puntos

Asisten profesionales nacionales

5 puntos

El evento tiene presencia en otros mercados similares

5 puntos

Incluye actividades que fomentan el intercambio y la colaboración de agentes locales y de fuera del territorio

5 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

Si participan profesionales internacionales

10 puntos

Si el evento está conectado con otros eventos similares del exterior

5 puntos

Si participan profesionales nacionales

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El evento tiene más de 3 ediciones

5 puntos

El evento tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 10 ediciones

15 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos)

10 puntos

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada

Proyectos que contribuyen a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyen a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Estructura organizativa del evento

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con su origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Música

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

La programación combina artistas de más de una isla

5 puntos

La programación combina artistas locales y de fuera del territorio

5 puntos

La programación combina nuevos talentos y cartel consolidado

5 puntos

La programación incluye programación internacional

5 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

El evento cuenta con invitados de más de 3 territorios estatales

5 puntos

El evento cuenta con invitados internacionales

5 puntos

El evento contiene actividades profesionales que hacen interactuar agentes locales y de fuera del territorio

5 puntos

El evento fomenta el conocimiento de los artistas locales fuera del territorio

5 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

El evento fomenta la creación de redes de relación e intercambio

5 puntos

El evento cuenta con socios estratégicos de fuera del territorio

5 puntos

El evento se anuncia fuera del territorio en prensa especializada

5 puntos

El evento tiene presencia en otros mercados similares

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El evento tiene más de 3 ediciones

5 puntos

El evento tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 10 ediciones

15 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos)

El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares

5 puntos

El evento tiene representación en la edición de Fira B! Mercado Profesional de Música y Artes Escénicas 2019, o bien en la edición inmediatamente anterior

5 puntos

f) Acciones que contribuyen a la igualdad de género

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Estructura organizativa del evento

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras, e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con su origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE PROYECTOS DE FERIAS, FESTIVALES Y JORNADAS PROFESIONALES 2019

Disciplina: Proyectos multidisciplinares

a) Interés de la programación general (de 0 a 20 puntos)

Incluye actividades que promueven la visibilidad y el conocimiento de la creación artística de más de una isla del archipiélago balear

5 puntos

Incluye programación internacional

5 puntos

Fomenta las actividades de reflexión sobre la gestión y la práctica profesional de la creación artística

5 puntos

Fomenta la innovación, la experimentación y los nuevos formatos y visibilización de la creación artística

5 puntos

Fomenta las intersecciones profesionales con otras disciplinas y/o sectores culturales, sociales, científicos, tecnológicos, etc.

5 puntos

b) Interés del programa profesional (de 0 a 20 puntos)

Incluye actividades con profesionales de diferentes territorios estatales

5 puntos

Incluye actividades con profesionales internacionales

5 puntos

Incluye actividades que fomenten el intercambio y la colaboración de agentes locales y de fuera del territorio

5 puntos

Fomenta la proyección exterior de los artistas/creadores y el agentes culturales de las Islas Baleares

5 puntos

c) Potencial de proyección exterior (de 0 a 20 puntos)

El evento cuenta con un plan de comunicación de alcance nacional y/o internacional

5 puntos

El evento se realiza en coproducción con agentes culturales nacionales y/o internacionales o cuenta con colaboradores y/o socios estratégicos de fuera del territorio

5 puntos

El evento cuenta con actividades y/o ediciones en otras islas de las Baleares

5 puntos

El evento cuenta con actividades y/o ediciones en otros territorios estatales y/o dentro del ámbito internacional

5 puntos

d) Antigüedad (de 0 a 15 puntos)

El evento tiene más de 3 ediciones

5 puntos

El evento tiene más de 5 ediciones

10 puntos

El evento tiene más de 10 ediciones

15 puntos

e) El evento pertenece a alguna asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares (de 0 a 10 puntos)

El evento pertenece a una asociación de alcance nacional o internacional de ferias, festivales o mercados, o se integra en una red de eventos similares

5 puntos

El evento tiene representación en la edición de Fira B! Mercado Profesional de Música y Artes Escénicas 2019, o bien en la edición inmediatamente anterior

5 puntos

f) Acciones que contribuyan a la igualdad de género (de 0 a 5 puntos)

Proyectos en cuyo equipo de organización y cuyas propuestas de la programación oficial presenten más de un 40% de mujeres, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad sobre los derechos de las mujeres.

5 puntos

g) Acciones que tienen retorno social: proyectos que incluyan acciones destinadas a la mejora, dinamización o revitalización de un colectivo, una comunidad o un área determinada

Proyectos que contribuyan a la mejora, la dinamización o la revitalización de un colectivo, una comunidad o una zona en condiciones desfavorecidas o en riesgo de exclusión, o que contribuyan a la sensibilización y educación de la sociedad hacia estos colectivos, comunidades o zonas.

5 puntos

h) Estructura organizativa del evento

Estructura organizativa del evento, así como el esfuerzo en la contratación de personal y la trayectoria de la empresa o entidades colaboradoras e historial del personal directivo u otros miembros que integran el equipo organizativo del evento.

5 puntos

i) Formentera

Acciones con su origen, localización o destino en Formentera o realizadas por creadores, empresas, entidades o colectivos de este territorio.

5 puntos

Puntuación total (máximo 100 puntos)

 

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