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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2263
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de marzo de 2019 por la que se aprueba la corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 21 de febrero de 2019, por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de administrativo de la función administrativa, convocado mediante la Resolución del director general de 18 de abril de 2018 (BOIB núm.49/2018)

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Texto

Antecedentes

1. El día 28 de febrero de 2019 se publicó en el BOIB núm. 26 la Resolución del director general del Servicio de Salud, de 21 de febrero, por la cual se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de la categoría de administrativo de la función administrativa.

2. Se han advertido errores en la lista publicada en el anexo de la  resolución.   

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución en cuestión que se concretan en lo siguiente:

a) Se ha de excluir de la lista definitiva de personas excluidas en el turno libre al Sr. Fernando Esteban Vasco Zapata.

b) Se ha de incluir en la lista definitiva de persones admitidas en el turno libre al Sr. Fernando Esteban Vasco Zapata.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa – puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

Palma, 12 de marzo de 2019

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras   Por delegación de la consejera de Salud (BOIB  10/2016)