Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 2255
Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle de Eusebi Estada, 48, de Palma (PRO02 248/2019-DGTPFP 66/2019 PATRIM)
Hechos
1. El 21 de julio de 2006 se celebró un contrato de arrendamiento de un inmueble situado en la calle de Eusebi Estada, 48, de Palma, por un plazo de 9 años y 9 meses, a contar desde el 1 de agosto de 2006 hasta el 30 de abril de 2016, con los propietarios del local mencionado, la Sra. Francisca Maria Llompart Palou, el Sr. Mateu Lliteres Fullana, la Sra. Maria Cardona Barceló y el Sr. Sebastià Riusech Mas, como parte arrendadora, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria.
2. Este contrato prevé, en la cláusula tercera, la prórroga tácita si no hay un preaviso en sentido contrario, comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento del contrato.
3. Las referencias del Registro de la Propiedad de este inmueble, dividido en tres locales, son las siguientes:
4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000001853.
5. En el inmueble se encuentran ubicados el Casal de Asociaciones de Inmigrantes y la Oficina de Información y Orientación a los Inmigrantes.
6. El 11 de febrero de 2019, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas un oficio de la secretaria general de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación con la documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del inmueble mencionado, para el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2019 y el 30 de de abril de 2020, que es, entre otros, la siguiente:
7. El 14 de febrero de 2019, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, envió un oficio de enmiendas, que fueron subsanadas mediante oficio recibido el día 25 de febrero de 2019.
8. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm.97, de 2 de julio).
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).
5. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en el cual se dispone el nombramiento, entre otros, del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 23 de julio).
6. El contrato principal de arrendamiento, suscrito el 21 de julio de 2006.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle de Eusebi Estada, 48, de Palma a contar desde el 1 de mayo de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, por una renta mensual de 4.016,38 €, incluido el IVA, que hace un total de gasto de 48.196,56 € (IVA incluido), que va a cargo de la partida presupuestaria 17101 G/313K01/20200/00, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo que sigan ubicándose oficinas de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.
2. Notificar esta Resolución en la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, sin perjuicio que se tenga que tramitar el procedimiento económico financiero correspondiente.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 13 de marzo de 2019
El director general,
José Luis Gil Martín