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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 2247
Aprobación de suplemento tarifario al billete sencillo de las líneas de autobús con origen y destino al casco urbano de la ciudad de Eivissa

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Texto

Seguidamente se transcribe el acuerdo aprobado por unanimidad de los miembros del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza en reunión ordinaria de fecha 28 de febrero de 2019, a partir de propuesta del presidente en relación a la aprobación de un suplemento tarifario al billete sencillo de las líneas con origen y destino al casco urbano de la ciudad de Ibiza. Exp. 2019/00002126N

"En fecha 25 de febrero de 2019 se dictó providencia de incoación de expediente ordenando "la realización de las tareas administrativas necesarias, para poder proceder a la aprobación de un suplemento tarifario correspondiente a la tarifa viajero para el caso de los usuarios del billete sencillo, de aplicación a las líneas y paradas incluidas al casco urbano de la ciudad de Ibiza de acuerdo con los términos previstos en el Anexo 4 acordado con el Ayuntamiento de Ibiza para la circulación de los autobuses y uso de las paradas al casco urbano de la ciudad de Ibiza, considerando aquellas incluidas en el interior del perímetro definido por el E-10, las paradas del Hospital Can Misses y la propia estación de autobuses del CETIS."

Visto que consta en el Convenio Marco de Colaboración entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Ibiza en orden a la puesta en funcionamiento de la estación de autobuses situada en el complejo denominado "Centro de Transferencia Intermodal y de Servicios ": “Segunda. Compromisos de ambas partes.

…/…

El Consejo Insular de Ibiza, en ejecución del presente convenio se compromete a:

1.- Aprobar un suplemento tarifario por el uso de la estación de acuerdo con el nuevo marco tarifario aprobado por el Ayuntamiento de Ibiza.

Visto el artículo segundo del Reglamento de explotación del Centro de Transferencia Intermodal y de Servicios (CETIS), publicado en el BOIB núm. 62, de 20/05/2017, que recoge la obligación de usar esta estación de autobuses "para los servicios regulares interurbanos con origen, destino o tránsito a la localidad de Ibiza".

Visto el régimen tarifario resultante de la aprobación de las tarifas municipales por el uso de la estación de autobuses ubicada al CETIS, de fecha 22/12/2017 (publicadas en el BOIB núm. 24, de fecha 23/02/2019).

Visto el contenido del acta de fecha 9 de enero de 2019 de la comisión de seguimiento del Convenio de colaboración firmado con el Ayuntamiento de Ibiza en orden a la apertura de la estación de autobuses del Cetis que establecía la necesidad de aprobación del suplemento tarifario correspondiente (que supondrá la aplicación al billete sencillo por viajero).

Visto el informe técnico favorable de fecha 25 de febrero de 2019 del jefe de servicio  de Transportes otorgando conformidad a la aprobación del mencionado suplemento tarifario.

Atendido el informe jurídico favorable emitido por la asesora jurídica del departamento de transportes de fecha 25 de febrero de 2019.

Visto el informe propuesta favorable de fecha 25 de febrero de 2019 con el visto y conforme de la secretaria técnica de Interior, Turismo, Territorio y Movilidad, donde se indica que la competencia para su aprobación corresponde al Consejo Ejecutivo del Consejo Insular.

ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar un suplemento tarifario por importe de 0,10 €, abonable por las personas usuarias que hagan uso del billete sencillo del servicio de transporte regular de viajeros por carretera titularidad del Consejo Insular de Ibiza respecto de las líneas de autobús interurbano con origen o destino a la ciudad de Ibiza, entendido como de llegada o salida del núcleo tarifario identificado como Ibiza/CETIS y conformado por el casco urbano de la ciudad de Ibiza, con inclusión de las paradas existentes en el interior del perímetro definido por el E-10, la propia estación de autobuses y las paradas del Hospital Can Misas .

SEGUNDO.- Publicar los precios aplicables a los viajeros en todas las líneas con origen o destino en la ciudad de Ibiza tras la presente aprobación del dicho suplemento, a través de la información disponible para cada línea a la página web oficial eivissa.tib.org ó ibiza.tib.org. Igualmente tendrá que existir información visible en los autobuses en relación a la existencia de este suplemento de 0,10 € por viajero derivado de la adquisición de un billete sencillo correspondiente al núcleo tarifario Ibiza/CETIS.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo al BOIB en los efectos de general conocimiento."

 

Ibiza a, 13 de marzo de 2019

La Secretaria técnica de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad

Margarita Planells Torres