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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 2229
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 7 de marzo de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA,) de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019 subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima (Ref. 100-681)

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes sean tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, en fecha 7 de marzo de 2019, firmó la siguiente resolución

“INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020Medida 4.4- Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima Convocatoria: IMIT 2017.1 Ref. 100-681

Antecedentes

1. En fecha de 17 de noviembre de 2015 se publicó en el BOIB núm. 169, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 30 de junio de 2017 y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 702 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Los interesados, relacionados en el Anexo I adjunto, han solicitado el desistimiento de la ayuda que les hubiera podido corresponder.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de les Illes Balears (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

5. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

8. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, de la viña.

9. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

10. Real  Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

12. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de les Illes Balears 2014-2020.

14. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de les Illes Balears..

15.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de les Balears (BOIB núm. 082 de 2007); en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero, a partir del 1 de enero de 2006.

16. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en su art. 94 establece el desistimiento de la solicitud.

Propuesta de resolución de desistimiento

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Considerar desistidas las solicitudes presentadas por los interesados, relacionados en el Anexo I, que son un total de 6 expedientes y que comienza con MAGDALENA SALVA REAL y termina con SOLEDAD QUIROGA CONRADO, los cuales han pedido el desistimiento de dicha ayuda.

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el Anexo I.

3. Notificar la resolución a cada uno de los interesados  del Anexo I

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de les Illes Balears, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma a, 7 de marzo 2019

La gestora de la línea

 Gloria Prieto Cubells

La jefa de la Sección I

  Maria Ángeles Pérez Ribas

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Isidre Cañellas Simonet

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma a, 7 de marzo de 2019

El vicepresidente del FOGAIBA

Mateu Ginard i Sampol"

 

ANEXO I. RELACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE SE DECLARAN DESISTIDOS

Núm. Exp.

Solicitante

NIF

2017.1/0100

MAGDALENA SALVA REAL

43023484Y

2017.1/264

CATALINA ARROM GOMILA

41400471B

2017.1/339

ESTEBAN BARCELO MATAMALAS

43001160S

2017.1/676

LLUCMAR,SA

A07087026

2017.1/650

JUANA PLANAS GUAL DE TORRELLA

42974040N

2017.1/681

SOLEDAD QUIROGA CONRADO

42996910C

 

Palma, a 12 de marzo de 2019

El director gerente del Fogaiba Guillem Rosselló Alcina