Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 2219
Decreto de Presidencia núm. 2019000184, de modificación del apartado segundo del Decreto de Presidencia núm. 2015000285, de 6 de julio de 2015, de estructura del Gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos, en cuanto a las atribuciones del Departamento de Presidencia y del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud
Se hace público que en fecha 12 de marzo de 2019, el Presidente del Consell Insular de Eivissa dictó el siguiente decreto:
“En fecha 6 de julio de 2015 esta Presidencia dictó el Decreto de Presidencia núm. 2015000285, de 6 de julio de 2015, de estructura del Gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm. 100, de 7-07-2015, corrección de errores en BOIB núm. 103, de 10-07-2015) y que ha sido modificado por el Decreto 172/2016 (BOIB núm. 27, de 27-02-2016), por el Decreto 1043/2016 (BOIB núm. 113, de 6-09-2016), por el Decreto núm. 341/2017 (BOIB núm. 51, de 29-04-2017), por el Decreto núm. 570/2017 (BOIB núm. 71, de 10-06-2017), por el Decreto núm. 371/2018 (BOIB núm. 48, de 19-04-2018 y por el Decreto 577/2018 (BOIB núm. 77, de 23-06-2018).
En el apartado segundo de este Decreto, en cuando a los departamentos, entre otros, se prevé el "Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes, Juventud, y que este:
"Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación a las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Asimismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados en los diferentes centros propiedad del Consell Insular.".
El Departamento de Presidencia fue creado por Decreto 341/2017, de fecha 10-04-2017 (BOIB núm. 51, de 29-04-2017), el cual en su apartado segundo, establece lo siguiente:
".../... incluyendo el Departamento de Presidencia y estableciendo sus funciones y competencias, en el sentido siguiente:
Departamento de Presidencia:
1. De coordinación de los planes estratégicos del Consell
2. Seguimiento de proyectos estratégicos e interdepartamentales
3. Coordinar las actuaciones del Consell Insular de Eivissa con asuntos europeos
4. Gestión y coordinación de fondos estatutarios
5. Impulsar la aplicación del reglamento de honores y distinciones
6. Todo lo relacionado con el Consejo de Alcaldes
7. Promover, potenciar y coordinar las conmemoraciones y los eventos de ámbito insular que ayuden a la cohesión de la ciudadanía
8. Coordinar las relaciones con los medios de comunicación con respecto a la información institucional
9. La coordinación de la iniciativa reglamentaria interdepartamental
10. Todo lo relacionado con los terrenos del antiguo acuartelamiento de sa Coma y la gestión del parque insular de servicios "sa Coma"
11. Actuaciones de coordinación de les inversiones del Estado en las Illes Balears
12. Todas aquellas otras materias que no estén atribuidas expresamente a otro departamento
13. Ejercer aquellas otras atribuciones que la legislación atribuya al Consell Insular y no estén expresamente conferidas a otros órganos."
Por razones de organización administrativa, y también de eficacia y eficiencia, se considera adecuado que todo lo relacionado con deportes se gestiones desde el Departamento de Presidencia y no desde el de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud.
Visto el artículo 9.2.f de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, en concordancia con los artículos 16.4 y 68 y siguientes del Reglamento orgánico de esta institución (BOIB núm. 136, de 18-09-2010, corrección de errores en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16-04-2016).
Por todo lo anterior, sobre la base de las consideraciones anteriores, esta Presidencia
DISPONE
Primero. Modificar el apartado segundo del Decreto de Presidencia núm. 2015000285, de fecha 6 de julio de 2015, únicamente en cuanto a las atribuciones del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud (que pasa a denominarse Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud) y del Departamento de Presidencia (que pasará a gestionar también las competencias en relación a la materia de deportes). En consecuencia, los mencionados apartados quedan con la siguiente redacción:
Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura y Juventud: Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Asimismo gestionará las actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados en los diferentes centros propiedad del Consell Insular.
Departamento de Presidencia:
1. De coordinación de los planes estratégicos del Consell
2. Seguimiento de proyectos estratégicos e interdepartamentales
3. Coordinar las actuaciones del Consell Insular de Eivissa con asuntos europeos
4. Gestión y coordinación de fondos estatutarios
5. Impulsar la aplicación del reglamento de honores y distinciones
6. Todo lo relacionado con el Consejo de Alcaldes
7. Promover, potenciar y coordinar las conmemoraciones y los eventos de ámbito insular que ayuden a la cohesión de la ciudadanía
8. Coordinar las relaciones con los medios de comunicación con respecto a la información institucional
9. La coordinación de la iniciativa reglamentaria interdepartamental
10. Todo lo relacionado con los terrenos del antiguo acuartelamiento de sa Coma y la gestión del parque insular de servicios "sa Coma"
11. Actuaciones de coordinación de las inversiones del Estado en las Illes Balears
12. Deportes, que incluirá también la gestión de los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular
13. Todas aquellas otras materias que no estén atribuidas expresamente a otro departamento
14. Ejercer aquellas otras atribuciones que la legislación atribuya al Consell Insular y no estén expresamente conferidas a otros órganos
Segundo. Fruto de esta redistribución, la actual Secretaría Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud, pasa a denominarse Secretaría Técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio y Juventud.
Tercero. Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Eivissa, 13 de marzo de 2019
La Secretaria Técnica de Presidencia, Transparencia, Buen Gobierno, TIC y Participación Ciudadana Yolanda Veny Villanueva