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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 2164
Resolución de la consejera de Presidencia de 12 de marzo de 2019 por la que se somete a información pública el Proyecto de decreto por el que se regulan los criterios y las condiciones mínimas de calidad y funcionamiento de los centros de acogida y servicios de urgencia para atender las necesidades de protección, alojamiento y promoción de las mujeres víctimas de violencia machista y de sus hijas e hijos

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Texto

Antecedentes

  1. En fecha 8 de junio de 2018, la directora general de Relaciones con el Parlamento y la directora del Instituto Balear de la Mujer hicieron conjuntamente la memoria justificativa relativa a la necesidad de iniciar el procedimiento normativo de elaboración de un proyecto de decreto de fijación de los principios generales sobre los criterios y las condiciones mínimas de calidad y funcionamiento de los centros de acogida de las mujeres víctimas de violencia machista.

  2. En fecha 11 de junio de 2018, la consejera de Presidencia, de acuerdo con la legislación reguladora del Gobierno de las Illes Balears, dictó la resolución de inicio de la tramitación del Proyecto de decreto por el que se fijan los principios generales sobre los criterios y las condiciones mínimas de calidad y funcionamiento de los centros de acogida de las mujeres víctimas de violencia de género.

Por todo ello, y vista la naturaleza de la disposición, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

  1. Someter el borrador de Proyecto de decreto  el que se regulan los criterios y las condiciones mínimas de calidad y funcionamiento de los centros de acogida y servicios de urgencia para atender las necesidades de protección, alojamiento y promoción de las mujeres víctimas de violencia machista y de sus hijas e hijos a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para que lo puedan consultar, en las oficinas de la Dirección General de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma) y, también, en el apartado correspondiente a la Secretaría General de la página web de la misma Consejería (<http://sgcpres.caib.es/>) y en la web Participación Ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears.

  2. Fijar el plazo de información pública en quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se presentarán en la sede de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se dirigirán a la Dirección General de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia.

  3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos en la web Participación Ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears en el plazo que establece el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web contengan la identificación de la persona o la entidad que las realice, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el órgano responsable de tramitar el Proyecto de decreto emitirá la correspondiente diligencia.

  4. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 12 de marzo de 2019

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra