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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 2110
Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de día 4 de marzo de 2019, mediante la cual se modifica la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de día 5 de febrero, por la que se convocan subvenciones para apoyar a la proyección exterior de la edición y promoción de la literatura, el pensamiento, el cómico y la ilustración a las Islas Baleares para el año 2019

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Texto

Hechos

Mediante la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de día 5 de febrero de 2019, publicada en el BOIB n.º 18, de 9 de febrero, se convocaron subvenciones para apoyar a la proyección exterior de la edición y promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración en las Islas Baleares para el año 2019.

Los puntos 4.2.a, 4.2.b, y 4.2.c de esta Resolución establecen los criterios por los cuales se califican los expedientes de movilidad. Sin embargo, los cambios en los criterios estratégicos por parte de la dirección del Instituto de Estudios Baleáricos hace necesario que se adapten a esta nueva realidad.

Es por eso que se considera conveniente modificar las cantidades que se otorgan a los expedientes presentados a la línea de movilidad para la proyección exterior de la edición y promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración a las Islas Baleares para el año 2019.

Fundamentos de derecho

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 43.b de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, haciendo uso de las atribuciones que tengo conferidas, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar los puntos 4.2.a, 4.2.b, 4.2.c y 4.3 de la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de 5 de febrero de 2019, publicada en el BOIB n.º 18, por la que se convocaron subvenciones para apoyar en la proyección exterior de la edición y promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración a las Islas Baleares para el año 2019.

Así, en este apartado

ALLÍ DONDE DICE:

a) Para desplazamientos y estancias entre las Islas Baleares y en la España peninsular:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población en la España peninsular (excepción hecha de los territorios de habla catalana): un máximo de 150 € por persona para el desplazamiento, 50 € para el alojamiento por persona y día, y 18 € para la manutención por persona y día.

— Si se hacen una o más actividades en varias poblaciones en la España peninsular (excepción hecha de los territorios de habla catalana): un máximo de 200 € por persona para el desplazamiento, 50 € para el alojamiento por persona y día, y 18 € para la manutención por persona y día.

El límite por salida no puede exceder los 1.000 €.

b) Para desplazamientos y estancias en las Islas Canarias y Europa:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población a Europa o en las Islas Canarias: un máximo de 400 € por persona para el desplazamiento, 75 € para el alojamiento por persona y día, y 18 € para la manutención por persona y día.

— Si se hacen una o más actividades en varias poblaciones a Europa o en las Islas Canarias: un máximo de 500 € por persona para el desplazamiento, 75€ para el alojamiento por persona y día, y 15€ para la manutención por persona y día.

El límite por salida no puede exceder los 1.500€.

c) Para desplazamientos y estancias fuera de Europa:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población fuera de Europa: un máximo de 800€ por persona para el desplazamiento, 100€ para el alojamiento por persona y día, y 15€ para la manutención por persona y día.

— Si se hacen una o más actividades en varias poblaciones fuera de Europa: un máximo de 1.100€ por persona para el desplazamiento, 100€ para el alojamiento por persona y día, y 15€ para la manutención por persona y día.

El límite por salida no puede exceder los 2.000€.

TIENE QUE DECIR:

a) Para desplazamientos y estancias en la España peninsular:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población con doble insularidad o de la España peninsular: un máximo de 150€ por persona para el desplazamiento, 60€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día.

— Si se hace una actividad en diferentes poblaciones con doble insularidad o en la España peninsular: un máximo de 250€ por persona para el desplazamiento, 60€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día.

b) Para desplazamientos en las Islas Canarias y Europa:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población de Europa o de las Islas Canarias: un máximo de 400€ por persona para el desplazamiento, 75€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día.

— Si se hace un actividad en diferentes poblaciones de Europa o de las Islas Canarias: un máximo de 500€ por persona para el desplazamiento, 75€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día.

c) Para desplazamientos fuera de Europa:

— Si se hacen una o más actividades en la misma población fuera de Europa: un máximo de 800€ por persona para el desplazamiento,100€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día.

— Si se hace un actividad en diferentes poblaciones fuera de Europa: un máximo de 1.100€ por persona para el desplazamiento, 100€ para el alojamiento por persona y día, y 18€ para la manutención por persona y día,

ALLÍ DONDE DICE:

- Tirada de más de 1.200 ejemplares: 10 puntos

- Acompañado de un proyecto de promoción: 8 puntos

- Si es una edición digital: 5 puntos

- Si hay distribución nacional: 5 puntos

- Tirada de entre 500 y 1.100 ejemplares: 4 puntos

TIENE QUE DECIR:

- Tirada de más de 1.200 ejemplares: 10 puntos

- Acompañado de un proyecto de promoción: 8 puntos

- Si hay distribución internacional: 10 puntos

- Si es una edición digital: 5 puntos

- Si hay distribución nacional: 5 puntos

- Tirada de entre 500 y 1.100 ejemplares: 4 puntos

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución puede interponerse un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el que establece el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma, 4 de marzo de 2019

La presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos

Francesca Tur Riera