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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 2078
Resolución del Director Gerente del FOGAIBA de fecha 6 de marzo de 2019 por la que se aprueban las bases y la convocatoria de selección de personal para cubrir una plaza de personal laboral interino de Adminitrativo/a de la plantilla del FOGAIBA para sustituir una excedencia voluntaria especial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el artículo 13 r) del Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la convocatoria es la selección y contratación para cubrir la siguiente plaza

ÁREA: Área de Gestión de Ayudas (Delegación de Ibiza)

LUGAR DE TRABAJO: Puesto base Administrativo/a

CATEGORÍA: Administrativo/a

TIPO DE CONTRATO: Contrato interinidad por sustitución de excedencia voluntaria especial

DURACIÓN DEL CONTRATO: Hasta que vuelva el titular de la plaza (entre 6 meses y 1 año)

Nº DE PLAZAS A CUBRIR: 1

PUESTO: FGB050702 (L0256000D)

FUNCIONES: Funciones propias del cuerpo administrativo 

Las fases del procedimiento serán las siguientes:

1.- Convocatoria mediante publicación en el BOIB.

2.- Valoración de los candidatos al puesto con el fin de comprobar aptitudes, experiencia profesional, formación y competencias de los aspirantes, de acuerdo con la baremación de méritos.

3.- Realización de entrevistas a los candidatos que cumplan con los requisitos.

4.- Contratación de la persona seleccionada.

Órgano de selección:

El órgano encargado de la selección estará formado por las siguientes personas: Miquel Pi`zà Adrover (Jefe del Servicio de Delegaciones Comarcales) que actuará de Presidente, Alejandro Montero Guasch (Ingeniero técnico agrícola del Consell Insular de Ibiza) que actuará de Secretario y Luis Clar Barceló  (representante del Comité de empresa del FOGAIBA). 

SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

- Tener la nacionalidad española o alguna otra que, de conformidad con el artículo 57 del EBEP, permita el acceso al empleo público como personal laboral.

- Tener 16 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades 

autónomas; ni hallarse inhabilitado de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que cumplían, en caso de que hubieran sido separados, inhabilitados o despedidos disciplinariamente. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría laboral en la que se incluye la plaza oferta.

- Estar en posesión de la titulación siguiente: Bachillerato o título de técnico superior en formación profesional o las acreditaciones equivalentes.

- Estar en posesión de nivel C1 de catalán.

TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

- Los aspirantes deberán presentar su solicitud en el plazo de 5 días a partir de las 9:00 horas del día siguiente del día de la publicación en el BOIB en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo de las administraciones públicas. Se deberá además, remitir por correo electrónico a ariba@fogaiba.caib.es adjuntando la solicitud y los méritos presentados.

El modelo de solicitud de admisión para participar  en la convocatoria está disponible en la página web del FOGAIBA.

- La solicitud deberá indicar el correo electrónico y teléfono de contacto del aspirante

- Las solicitudes registradas fuera de plazo no se tendrán en cuenta.

- Documentación a adjuntar a la solicitud de admisión cumplimentada y firmada:

  • Fotocopia del DNI o documento identificativo en vigor.
  • Curriculum Vitae actualizado.
  • Fotocopia del título académico requerido.
  • Fotocopia del certificado del nivel de catalán exigido.
  • Fotocopia de los méritos alegados (experiencia, titulaciones, certificados, vida laboral actualizada).

- No se valorará ningún mérito que no se haya presentado debidamente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

CUARTA. VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS

El órgano de selección valorará los méritos de los solicitantes de la siguiente forma:

VALORACIÓN DE LOS CANDIDATOS

MÉRITOS A VALORAR (máx. 90% de la puntuación global de 10)

Experiencia profesional

1. Experiencia profesional en funciones propias del puesto de trabajo ofertado llevadas a cabo en las administraciones públicas y/o sector público instrumental (P=0, 10 x mes trabajado). Puntuación máxima 3,5 puntos.

2. Experiencia profesional en funciones propias del puesto de trabajo ofertado llevadas a cabo en el ámbito privado (P=0, 10 x mes trabajado). Puntuación máxima 1,5 puntos.

Formación

3. Titulaciones académicas superiores a la requerida. Puntuación máxima 1 punto.

- Formación Profesional de grado superior relacionada con el  puesto de trabajo: 0,25 puntos.

- Diplomatura universitaria o equivalente: 0,50 puntos.

- Licenciatura universitaria o equivalente: 0,75 puntos.

4. Conocimientos de catalán. Puntuación máxima 1 punt

-Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo LA 0,25 puntos

- Nivel superior (certificado nivel C2) 0,75 puntos

5. Conocimientos de informática. Se valorarán los certificados acreditativos de conocimientos de ofimática expedidos por centros oficiales (P = 0,005 x hora). Puntuación máxima 1 punto.

6. Formación complementaria relacionada con el puesto de trabajo. Se valorarán los cursos de formación con certificados acreditativos expedidos por centros oficiales (P = 0,005 x hora). Puntuación máxima 1 punto.

ENTREVISTA PERSONAL (máx. 10% de la puntuación global de 10)

El contenido de la entrevista estará dirigido, únicamente, comprobar las aptitudes y los conocimientos de los aspirantes en relación a la plaza convocada. Esta fase del proceso tendrá una valoración máxima de 1 punto sobre 10.

RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

Finalizado el plazo de presentación del solicitudes se publicará en la página web de FOGAIBA la lista de admitidos y excluidos.

Los aspirantes podrán formular observaciones o reclamaciones en el plazo de 3 días a partir de la publicación de la lista en la página web de FOGAIBA.

El órgano de selección procederá a valorar los méritos presentados y se publicará la lista en la página web. Se podrán enviar reclamaciones al correo ariba@fogaiba.caib.es en el plazo de 3 días hábiles a partir del día después de la publicación en la página web de FOGAIBA. Si no se presentan reclamaciones y no hay modificaciones, la puntuación de los méritos será definitiva. En el caso de que haya modificaciones se publicará la lista en la página web.

Se convocará a  los aspirantes para realizar la entrevista personal.

Finalizada la fase de valoración de méritos y de la entrevista personal, el órgano de selección propondrá al director gerente la contratación del aspirante con más puntuación. El resto del personal se integrará en la respectiva bolsa de trabajo para futuras contrataciones con las mismas características. En el caso de renunciar al puesto, el aspirante pasará a la última posición de la bolsa. Una segunda renuncia implicará la exclusión de la bolsa de trabajo.

El período de vigencia de la bolsa será de 3 años.

En caso de empate en la valoración de los candidatos, y en el caso de que haya infrarrepresentación de hombres o mujeres en una categoría, se seleccionará a la persona que pertenezca la colectivo menos representado (estableciendo un equilibrio comprendido entre los porcentajes 60 % - 40%), siempre y cuando no concurran en el otro candidato, circunstancias que justifiquen que no se aplique la medida (por ejemplo la pertenencia a otro colectivo con dificultades especiales).

  

Palma, 6 de marzo de 2019

  

El director gerente

Guillem Rosselló Alcina