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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 2059
Revocación delegación competencias da alcaldia en la Junta de Gobierno Local

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Texto

Se hace público para general conocimiento que en fecha 07.03.19 la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la siguiente Resolución de Alcaldía:

"Materia: Organización y funcionamiento

Asunto: Revocación de delegación en la Junta de Gobierno Local de competencias en materia de personal

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

En fecha 29 de junio de 2015, mediante Resolución de Alcaldía núm. 828, esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local competencias resolutivas sobre diversas materias (hacienda local, subvenciones, contratación, urbanismo, personal, y bienes).

El pasado 21.12.2018, la Junta de Gobierno Local aprobó la oferta pública de empleo para el año 2018. En la misma, se incluyó un apartado para la tasa adicional de estabilización del empleo regulada en el artículo 19.Ú de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, y que incluye cuatro vacantes del Grupo C, subgrupo C1, de la Escala de Administración especial, subescala servicios especiales y categoría Policía Local.

Con el objetivo de facilitar el tránsito en el cambio de modelo policial y la estabilidad de las plantillas de policía local, se pueden formalizar con la Escuela Balear de Administraciones Públicas (EBAP) convenios de colaboración para llevar a cabo el procedimiento extraordinario establecido en la disposición transitoria primera del Decreto Ley 1/2017, con los ayuntamientos de Baleares que estén interesados; también se puede realizar la convocatoria y las pruebas selectivas de forma conjunta, con uno o varios ayuntamientos. El convenio implica la delegación de esta competencia en la EBAP.

Dado que la aprobación de las bases y de las convocatorias fueron delegadas en la Junta de Gobierno Local, y que los artículos 9.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y 61.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, establecen que no podrán delegarse las competencias que se ejercen por delegación, corresponde —por poder aprobar el convenio— modificar la delegación efectuada en el año 2015, revocando la delegación de competencias en las materias objeto del convenio.

A la vista de las consideraciones anteriores y de acuerdo con la normativa de régimen local, vendo en

RESOLVER 

Primero.- Revocar la delegación de competencias —en las materias de personal que a continuación se dirán— llevadas a cabo por esta Alcaldía en favor de la Junta de Gobierno Local mediante Resolución núm. 828, de fecha 29.06.2015:

- Subapartado b) del apartado E) de la Resolución 2015/828: Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

- Subapartado c) del apartado E) de la Resolución 2015/828: Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público de conformidad con las bases aprobadas.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Tercero.- Dar cuenta al Pleno."

San Luis, 11 de marzo de 2019

La Alcaldesa del Ayuntamiento de San Luis Montserrat Morlà Subirats