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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANCOR DE LA VALL

Núm. 1987
Texto refundido de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público para el servicio de la escuela infantil

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Texto

Primero. - Detectada la existencia de modificaciones parciales de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por los servicios de escuela de niños (BOIB n.º182, de 06 de diciembre de 2007), y una vez comprobado que este Ayuntamiento no dispone de Texto Refundido que unifique su redacción completa, s´ha procedido a la elaboración del mismo para una mayor seguridad jurídica de los ciudadanos.

Segundo. - A tal efecto, se publica a continuación el texto refundido en el que se incluye dichas modificaciones, previstas en la publicación del BOIB n.º 88, de 13 de junio de 2015:

"ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR El SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL

FUNDAMENTO Y NATURALEZA

ARTÍCULO 1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo que se dispone en los artículos 15 a 19 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por el servicio de guardería, que se regirá por esta ordenanza fiscal, las normas de la cual se atienen al que dispone el artículo 41 y siguientes del mencionado Texto refundido.

HECHO IMPONIBLE

ARTÍCULO 2. Constituye el hecho imponible de este precio público la prestación de los servicios de guardería infantil (de 0 a 3 años) del Ayuntamiento de Mancor de la Vall.

SUJETO PASIVO

ARTÍCULO 3. Son sujetos pasivos contribuyentes del precio público las personas beneficiarias del servicio regulado en esta ordenanza.

CUOTA TRIBUTARIA

ARTÍCULO 4. La cuota tributaria del precio público regulada en esta ordenanza será la fijada a la tarifa contenida en el apartado siguiente para cada uno de los distintos servicios. Tipo de servicio o actividad importe Cuota alumnos matriculados: - horario de 7,30 a 18,30 h 140 euros/mas (seguro incluido).

OBLIGACIÓN DE PAGO. DEVENGO Y NORMAS DE GESTIÓN

ARTÍCULO 5

1.- La obligación de pago del precio público regulado en esta ordenanza, nace desde que se preste o nada realice el servicio, cualquiera de los servicios o actividades especificadas al artículo anterior. 2.- El precio público se meritará en el momento en que se inicie la prestación del servicio. El pago del precio público se realizará durante los cinco primeros días del mes siguiente de utilizar el servicio. El pago de las cuotas correspondientes, cuando se trate de servicios eventuales, se realizará en el momento de solicitar el servicio.

EXEMCIONS I BONIFICACIONES

ARTÍCULO 6. A instancia de parte, y en todo caso previo informe favorable de los servicios sociales municipales, el Ayuntamiento de Mancor de la Vall por acuerdo del Pleno, podrá otorgar la exención total o parcial de las cuotas meritadas por asistencia y manutención, cuando las circunstancias socio- económicas del solicitante manifiesten una situación de subsistencia que aconsejen la concesión de las mencionadas bonificaciones o exenciones.

El Ayuntamiento podrá pedir cualquier tipo de prueba que acredite el estado socio - económico del solicitante. Familias con tres hijos o más, menores de 18 años, tendrán una bonificación del 10% del precio público del servicio de guarderia si tienen un hijo matriculado, una bonificación del 20% del precio público del servicio si tienen dos hijos matriculados y una bonificación del 30% del precio público del servicio si tienen tres hijos o más matriculados.

INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 7. En todo aquello relativo a la calificación de infracciones tributarias y de las sanciones que los correspondan en cada caso, se se ajustará al que dispone el artículo 178 y siguientes de la Ley General Tributaria.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. Esta Ordenanza deroga cualquier ordenanza anterior aprobada por el Ayuntamiento de Mancor de la Vall y referida al precio público por el servicio de escuela infantil.

DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza Fiscal fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 5 de noviembre de 2014 y entrará en vigor a partir de su publicación definitiva."

  

Mancor de la Vall, a 06 de marzo de 2019.

El Alcalde, Guillem Villalonga Ramonell