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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1998
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 27 de febrero de 2019 por la que se autoriza la transformación de dos unidades ASCE de educación especial básica en los centros ordinarios La Salle de Palma (código 07004333) y Sagrat Cor de Palma (código 07003675) en dos unidades ASCE de transición a la vida adulta (TAVA), dependientes del centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma

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Texto

Hechos

1.  Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de febrero de 2019 (BOIB nº 24, de 23 de febrero), con corrección de errores de 25 de febrero de 2019 (BOIB nº 26, de 28 de febrero), se modificó la configuración del centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma, con la supresión de 4 unidades de educación especial básica (EEB) y 3 unidades de transición a la vida adulta (TAVA). Como consecuencia de estas modificaciones, la configuración del centro quedó de la siguiente manera:

Código de centro: 07008405

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Gaspar Hauser

Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas de las Baleares (APNAB)

Domicilio: c. de Josep de Villalonga, nº 79

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07015

Enseñanzas autorizadas: 10 aulas sustitutorias de centro específico (ASCE)

Educación especial infantil (EEI): 1 unidad

1 unidad ASCE en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

Educación especial básica obligatoria (EEB): 9 unidades

1 unidad en el CC San Vicente de Paúl de Es Coll d’en Rabassa, Palma (código: 07002646)

2 unidades en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código: 07003171)

1 unidad en el CC Sant Josep Obrer II, de Palma (código: 07003067)

3 unidades en el CC Sagrat Cor de Palma (código: 07003675)

1 unidad en el CC Ramon Llull de Andratx (código: 07000212)

2. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 18 de febrero de 2019, por la que se ordena el inicio del procedimiento para extinguir el concierto educativo de régimen general suscrito con el CCEE Gaspar Hauser (código 07008405) para la prestación de los servicios públicos de la educación a partir del curso 2017-18.

3. La Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 18 de febrero de 2019 por la que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para escolarizar de forma inmediata 7 alumnos del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405), las cuales modifican los conciertos educativos del CCEE Gaspar Hauser y el CCEE Princesa de Asturias (código 07006469) publicada en el BOIB núm. 23, de 21 de febrero.

4. A partir del inicio del proceso de extinción del concierto educativo del centro de educación especial Gaspar Hauser en fecha 18 de febrero de 2019, y de la supresión de las 8 unidades emplazadas en la calle José de Villalonga, núm. 79 de Palma, por problemas en las instalaciones, surge la necesidad urgente de escolarizar de forma adecuada a sus circunstancias los alumnos de este centro.

5. El Departamento de Inspección Educativa en el informe del 25 de febrero de 2019, expuso la situación constatada durante las visitas a las diferentes aulas sustitutorias de centro específico (aulas ASCE) dependientes del centro de educación especial Gaspar Hauser en relación con el número de docentes que atienden estas aulas y las ratios de los alumnos. Se ha comprobado que la distribución del profesorado y del alumnado no es la adecuada y propuso la necesaria transformación de dos unidades ASCE de educación especial básica (EEB) en el centro La Salle de Palma (código 07004333) y en el centro Sagrat Cor de Palma (código 07003675) en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA)

6. El 26 de febrero de 2019 la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a la transformación como medida urgente y extraordinaria, de dos unidades ASCE de educación especial básica (EEB) en el centro La Salle de Palma (código 07004333) y en el centro Sagrat Cor de Palma (código 07003675) en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA) en los mismos centros.

Estos alumnos comparten los espacios de los talleres con los alumnos de formación básica y los espacios cumplen con los requisitos mínimos que se requieren para poder autorizar las aulas taba de educación especial establecidos en el punto 9 de los Fundamentos de derecho de la Resolución del consejero de Educación y Universidad.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº 7 de 1985).

2.  La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4.  El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo).

5.  El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).

6.  El Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE nº 65, de 16 de marzo).

7.  El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº 78, de 28 mayo).

8.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 2 de mayo de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2015 por la que se regulan las ratios en los centros específicos de educación especial, y se establecen las ratios de los Programas de Formación para la Transición de la Vida Adulta (TVA) para los alumnos escolarizados en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas ASCE (aulas sustitutorias de centro especial).

9.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de mayo de 2015 por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios.

10.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

11.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 25 de febrero de 2019, dicto la siguiente

 

Resolución

1.  Autorizar la transformación de dos unidades ASCE de educación especial básica (EEB), en los centros ordinarios La Salle de Palma (código 07004333) y Sagrat Cor de Palma (código 07003675), en dos unidades de transición a la vida adulta (TAVA), dependientes del centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma.

2.  Determinar que, como consecuencia de esta modificación, actualmente y mientras se está tramitando el traslado de estas unidades a otro centro específico de educación especial por el cese voluntario de la actividad del centro Gaspar Hauser, este queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07008405

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Gaspar Hauser

Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas de las Baleares

Domicilio: c. de Josep de Villalonga, nº 79

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07015

Enseñanzas autorizadas: 10 aulas sustitutorias de centro específico (ASCE)

Educación especial infantil (EEI): 1 unidad ASCE

1 unidad ASCE en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

Educación especial básica obligatoria (EEB): 7 unidades ASCE

1 unidad en el CC San Vicente de Paúl de Es Coll d’en Rabassa, Palma (código: 07002646)

1 unidad en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código: 07003171)

1 unidad en el CC Sant Josep Obrer II, de Palma (código: 07003067)

2 unidades en el CC Sagrat Cor de Palma (código: 07003675)

1 unidad en el CC Ramon Llull de Andratx (código: 07000212)

Transición a la vida adulta: 2 unidades ASCE

1 unidad en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

1 unidad en el CC Sagrat Cor de Palma (código: 07003675)

3.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  

Palma, 27 de febrero de 2019

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà