Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 1903
Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes, núm. 2019/34, de 20 de febrero de 2019, relativa a la aprobación de los modelos normalizados para la inscripción en el Censo insular de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, y para la comunicación de las actividades realizadas
Hechos
1. En fecha de 7 de julio de 2018 se ha publicado en el Boletín oficial de las Islas Baleares el Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2016, de 26 de julio, integral la juventud.
La nueva norma regula hasta seis ámbitos de la normativa aplicable en la juventud, concretamente: el reconocimiento de las escuelas de educación de tiempo libre infantil y juvenil (título I), los programas de los cursos de director / ay de monitor / a de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil (título II), las actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil (título III), las instalaciones juveniles (título IV), el programa Carnet Joven (título V) y el Censo de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud de las Islas Baleares y de los censos insulares (título VI).
2. De acuerdo con el Decreto 23/2018, son competencia reservada al Gobierno los artículos 98, «Formulario de solicitud de inscripción en el Censo autonómico»; 99, «Documentación», y 100, «Procedimiento de inscripción y resolución». El contenido de estos artículos, que hace referencia a la necesidad de aprobar un modelo normalizado de formulario de solicitud de inscripción en el censo autonómico -mediante una resolución del titular de la Dirección General de Deportes y Juventud o la dirección general competente en materia de juventud-, establece cuál es la documentación que se debe adjuntar y determina la obligación de las entidades inscritas a presentar en el mes de enero de cada año un resumen anual de las actividades de acuerdo con un modelo normalizado aprobado mediante resolución.
3. Por otra parte, el mismo decreto establece que corresponde a los órganos competentes en materia de juventud de cada isla la aprobación del resto de modelos normalizados que prevé el decreto, que son: los relativos a la puesta en marcha de una escuela de educación en el tiempo libre; la presentación de la programación de cada curso académico y del resumen anual de actividades de las escuelas de formación; la autorización de la cesión de datos de las personas inscritas en el registro de títulos de monitor/a o director/a; la comunicación de actividades de tiempo libre, y la declaración responsable para poner en marcha una instalación juvenil.
4. De acuerdo con lo previsto en la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio, en el artículo 13, «Censos de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud», en el punto 1 se señala que los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera han de crear y gestionar sus propios censos insulares de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud, que deben tener la misma estructura, organización y funcionamiento que el Censo de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud de las Islas Baleares. En el punto 2 se indica que los consejos deben ejercer las funciones de tramitación y resolución de los procedimientos de inscripción y de cancelación de los asientos que deben constar en los libros de los censos insulares.
Fundamentos de derecho
1. Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.
2. Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.
3. Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2016, de 26 de julio, integral de la juventud.
Como titular del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto de Presidencia núm. 123/2017, de 7 de julio (BOIB núm. 83, de 8 de julio de 2017) en relación con los Decretos de Presidencia núm. 120/2017 y núm. 121/2017, de 7 de julio (BOIB núm. 83, de 8 de julio de 2017);
Por todo ello, teniendo en cuenta la necesaria interconexión de los censos, en analogía a lo establecido en el Decreto 23/2019, relativo la presentación del formulario de solicitud de inscripción en el censo y del resumen anual de las actividades de acuerdo con modelos normalizados aprobados mediante resolución, en coherencia con lo determinado en este decreto en cuanto al resto de modelos normalizados y sobre la base de la competencia del Consejo Insular en materia de juventud;
RESUELVO:
PRIMERO. Aprobar los modelos normalizados que se adjuntan como anexos:
- Solicitud de inscripción en el Censo insular de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud.
- Resumen anual de actividades de las entidades inscritas en el Censo insular de entidades juveniles y de entidades prestadoras de servicios a la juventud.
SEGUNDO. Publicar esta Resolución y los anexos correspondientes en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Maó, a 26 de febrero de 2019
El consejero ejecutivo del Departamento de Empleo, Proyección Económica, Juventud y Deportes
Miquel Company Pons