Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 1837
Corrección de errores del texto publicado relativo a la aprobación inicial del plan de calidad para las viviendas objeto de comercialización turística para el período 2019 a 2024 del TM de Formentera.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el BOIB núm. 21, pág. 5745, anuncio número 1264, de fecha de 16 de febrero de 2019, se publicó el texto relativo a la aprobación inicial del Plan de calidad para las viviendas objeto de comercialización turística para el período 2.019-2.024.

Dado que el Plan objeto de publicación no contiene las correcciones y enmiendas añadidas a la sesión plenaria de fecha 31 de enero de 2019, relativas a la calificación energética de las viviendas, resulta conveniente y necesario proceder a su rectificación, por lo que se procede a su corrección en virtud de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y, en lo que resulte aplicable, el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, mediante las siguientes correcciones:

1.- Donde dice:

Punto 19 del Plan de calidad, Bloque de requisitos indispensables aplicación a las viviendas unifamiliares / ETH60,

Deberán disponer de la certificación energética con calificación D para viviendas posteriores a 01/01/2008 y calificación C para viviendas anteriores al 31/12/2007.

Debe decir:

Deberán disponer de la certificación energética con calificación D para viviendas posteriores a 01/01/2008 y calificación F para viviendas anteriores al 31/12/2007.

2.- Donde dice,

Punto 19 del Plan de calidad, Bloque de requisitos indispensables aplicación a las viviendas plurifamiliares,

Deberán disponer de la certificación energética con calificación D para viviendas posteriores a 01/01/2008 y calificación C para viviendas anteriores al 31/12/2007.

Debe decir:

Deberán disponer de la certificación energética con calificación D para viviendas posteriores a 01/01/2008 y calificación F para viviendas anteriores al 31/12/2007.

 

 Formentera, 26 de febrero de 2019

El Presidente,

Jaume Ferrer Ribas