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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 1821
Aprobación definitiva de la modificación puntual de los artículos 3, 6 y 7 del reglamento especial de honores y distinciones del Ayuntamiento de Pollença

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiéndose formulado por los interesados, durante el trámite de información pública (BOIB n.º 5/2019, de día 10 de enero), reclamaciones y/u objeciones contra la aprobación inicial de la modificación de los artículos 3, 6 y 7 del reglamento especial de honores y distinciones del Ayuntamiento de Pollença aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de día 30 de noviembre de 2017, la mencionada modificación ha resultado definitivamente aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de día 27 de febrero de 2019, vista la rectificación en la redacción del apartado correspondiente del artículo 6 objeto de modificación, y por este motivo, cumpliéndose lo que dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local en relación al artículo 103.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, se publica el texto normativo de la modificación de los artículos mencionados del reglamento especial de honores y distinciones del Ayuntamiento de Pollença.

Transcripción de los artículos 3, 6 y 7 del reglamento especial de honores y distinciones del Ayuntamiento de Pollença objeto de modificación definitivamente aprobada:

- Artículo 3: se introduce una nueva distinción, añadiendo un nuevo punto h):

h) Reconocimiento Clara Hammerl

Esta distinción se podrá conceder a mujeres o a colectivos de mujeres, nacidas, que vivan o que hayan trabajado en Pollença que hayan destacado por una trayectoria o una actividad en el campo cultural, social, sanitario, deportivo educativo, familiar, laboral, artístico,... que haya transcendido y haya contribuido a la mejora de la sociedad, valorando la tarea habitualmente invisible del colectivo femenino y reconocer la fortaleza que aporta a nuestra sociedad.

El reconocimiento Clara Hammerl será compatible con otros honores y distinciones que prevé este reglamento.

- Artículo 6: se introduce un nuevo apartado:

La concesión de las distinciones señaladas al apartado h) del artículo 3 de este Reglamento también requerirá la constitución de un jurado presidido por el Alcalde/*sa, junto con el/la Regidor/a delegado/ada del área de Igualdad, e integrado por un representante de cada grupo municipal y dos técnicos del Ayuntamiento para determinar los méritos o las circunstancias que aconsejen esta distinción, después de que los técnicos hayan efectuado un estudio.

- Artículo 7: se introduce un nuevo apartado:

La entrega de la distinción Reconocimiento Clara Hammerl se efectuará en acto .solemne y público que se celebrará el 15 de marzo de cada año, cumpleaños del nacimiento de Clara Hammerl.

Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar desde el día hábil siguiente al de su publicación.

 

Pollença, a 28 de febrero de 2019

El Alcalde Miquel Àngel March Cerdà