Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 1810
Acuerdo de Consell Executiu del Consell Insular de Menorca de fecha 18.2.2019, relativo a la modificación del Plan Normativo del Consell Insular de Menorca para el periodo de un año (segundo semestre del año 2018 y primer semestre del año 2019) (Exp. 1612-2018-000001)
El artículo 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo de las administraciones públicas (LPA), recoge la obligación que tienen las administraciones de aprobar un plan normativo que contenga las iniciativas reglamentarias que han de ser ser aprobadas durante el año siguiente.
El Consell Executiu, en la sesión de carácter ordinario de 4 de junio de 2018, aprobó el Plan Normativo del Consell Insular de Menorca (segundo semestre de 2018 y primer semestre de 2019), que se publicó en el BOIB núm. 78, de 26 de junio.
El citado plan no incluía la modificación de la Ordenanza fiscal que regula la tasa para la prestación de servicios en materia turística y, dadas las últimas modificaciones normativas en esta materia, se hace necesario actualizar el texto normativo de la citada ordenanza.
Visto lo que prevé el Decreto de Presidencia núm. 122/2017, de 7 de julio, de determinación de las atribuciones del Consell Executiu (BOIB núm. 83, de 8-7-2017), en el marco de lo que establece el artículo 70 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Menorca, según el cual es competencia del Consell Executiu aprobar los planes de actuación que propongan los departamentos;
Vista la propuesta de la presidenta;
ACUERDO:
Primero.- Aprobar la modificación del Plan Normativo del Consell Insular de Menorca para al periodo de un año (segundo semestre del año 2018 y primer semestre del año 2019 para incluir el siguiente:
Título |
Objeto de la norma |
Departamento responsable |
Fecha prevista de aprobación inicial |
Modificación de la Ordenanza fiscal que regula la tasa para la prestación de servicios en materia turística |
Actualizar el texto normativo de la Ordenanza fiscal que regula la tasa para la prestación de servicios en materia turística |
Ordenación Turística |
1º trimestre 2019 |
Segundo.- Disponer que se publique la modificación en el Portal de transparencia del Consell Insular de Menorca.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 27 de febrero de 2019
El secretario del Consell Executiu
Octavi Pons Castejón