Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 1744
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 18 de febrero de 2019 por la que se dispone el cambio de la dirección y la actualización de las ratios del centro privado concertado de educación infantil de segundo ciclo San Vicente de Paúl, del Port de Pollença
Hechos
1. Mediante una orden de 25 de octubre de 1994 (BOE nº 291, de 6 de diciembre), se autorizó la implantación del segundo ciclo de educación infantil a partir del curso 1994-1995 en determinados centros, entre los cuales está el centro San Vicente de Paúl, del Port de Pollença.
2. El 15 de enero de 2019 la representante del centro Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl, con domicilio en el paseo de Saralegui, 44, del Port de Pollença, y con el código de centro 07004451, presentó un escrito en que solicitaba el cambio del acceso al centro por una nueva entrada, dado que el antiguo ha quedado suprimido y que la entrada habitual a partir de ahora será por la calle de la Verge del Carme, 25, del Port de Pollença.
3. El 15 de enero de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente que dispone el cambio de la dirección del CCEI San Vicente de Paúl y la inscripción de esta modificación en el Registro de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidad.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).
3. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo), el cual establece en el artículo 13.1.c que la ampliación o la reducción del número de unidades o plazas escolares se consideran circunstancias que dan lugar a la modificación de la autorización.
4. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).
5. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB nº 120, de 5 de octubre).
6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
7. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), de acuerdo con la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 15 de febrero de 2019, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar el cambio de la dirección del centro privado concertado de educación infantil San Vicente de Paúl, con el código de centro 07004451, que hasta ahora era paseo de Saralegui, 44, y que pasa a ser calle de la Verge del Carme, 25.
2. Actualizar la ratio de las unidades autorizadas de este centro, según la normativa establecida.
3. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07004451
Denominación genérica: centro de educación infantil de segundo ciclo
Denominación específica: San Vicente de Paúl
Titular: Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl
Domicilio: calle de la Verge del Carme, nº 25
Localidad: Port de Pollença
Municipio: Pollença
CP: 07470
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de segundo ciclo: 4 unidades y 100 plazas escolares
4. Comunicar esta Resolución a la dirección del centro San Vicente de Paúl, al Departamento de Nóminas de Centros Concertados y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidad para su conocimiento.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 18 de febrero de 2019
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà