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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 1775
Corrección error aritmético Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles

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Texto

El alcalde-presidente de este Ayuntamiento en fecha veintisiete de febrero de dos mil diecinueve ha resuelto literalmente lo siguiente:

"Visto que en sesión ordinaria de fecha 15 de octubre de 2018, el Pleno de este Ayuntamiento aprobó la modificación de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Santanyí para el año 2019.

Visto que, expuestas al público sin que se presentara ninguna reclamación ni sugerencia, se publicó el texto íntegro en el BOIB núm. 159, de 20 de diciembre de 2018.

Y visto que se ha detectado un error aritmético, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece que "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos", se procede a rectificar este error.

DISPONGO:

PRIMERO.- Rectificar el artículo 2.2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, según se indica seguidamente:

- donde dice: "el tipo de gravamen de los bienes de naturaleza rústica se fija en el 0,295%"

- debe decir: "el tipo de gravamen de los bienes de naturaleza rústica se fija en el 0,300%".

SEGUNDO.- Publicar esta resolución en el BOIB”

 

Santanyí, 27 de febrero de 2019

El Alcalde

Llorenç S Galmés Verger