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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 1755
Suspensión cautelar de licencias en Sant Llorenç en zonas afectadas por el torrente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El PLENO 2019/1 del Ayuntamiento en la sesión del día 24 de enero de 2019, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Primero. Suspender la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas en los ámbitos descritos y delimitados en la documentación técnica.

El régimen aplicable provisionalmente a los ámbitos descritos es el siguiente:

3.2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL ÁMBITO DELIMITADO DE LA SUSPENSIÓN

En el ámbito delimitado para la suspensión de licencias, se definen a continuación los diferentes regímenes aplicables mientras dure la suspensión de licencias en función de las diferentes situaciones urbanísticas:

EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES FUERA DE ORDENACIÓN: se aplica el régimen previsto en el artículo 129 de la Ley 12/2017 de Urbanismo y en el artículo 185 del Reglamento de la Ley 2/2014 de Ordenación y Uso del Suelo.

EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES INADECUADAS: se podrán autorizar obras de salubridad, seguridad, higiene, reparación, consolidación y reforma.

EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES CONFORMES CON EL PLANEAMIENTO: se podrán autorizar obras de salubridad, seguridad, higiene, reparación, consolidación y reforma.

NORMATIVA GENERAL en todas las situaciones: no son autorizables obras o licencias de nueva planta, de ampliación o de cambio de uso. Tampoco son autorizables las parcelaciones, segregaciones o fragmentación de terrenos. Son autorizables obras de demoliciones y los actos promovidos por las administraciones públicas previstos en el artículo 149 de la Ley 12/2017 de Urbanismo.

3.3 PARÁMETROS PARTICULARES ZONA "A"

 En el ámbito delimitado a la suspensión de licencia como zona A:

- No se autorizará ningún tipo de actuación de restitución o de nuevos cierres de parcela opacos. Sólo serán autorizables, siempre que el cierre cumpla las distancias de protección de la normativa hidráulica, obras de consolidación o nuevos cierres permeables tipo rejilla metálica o bien que quede acreditado técnicamente, por técnico competente, que no supondrá impedimento para el libre discurrir de las aguas de escorrentía.

- No se autorizará ningún tipo de intervención que modifique los usos y aprovechamientos autorizados y consolidados en las edificaciones preexistentes.

3.4 PARÁMETROS PARTICULARES ZONA "B"

En el ámbito delimitado para la suspensión de licencias zona B no se autorizará ningún tipo de intervención que modifique los usos y aprovechamientos autorizados y consolidados en las edificaciones preexistentes.

Segundo. Publicar este acuerdo y la delimitación gráfica de los ámbitos urbanos afectados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, publicar este acuerdo en uno de los diarios de mayor difusión en las Islas Baleares, publicar este acuerdo y el conjunto de la documentación técnica elaborada por el arquitecto José V. Modesto March en la dirección o el punto de acceso electrónico del Ayuntamiento de Sant Llorenç: www.santllorenc.cat.

 

Sant Llorenç des Cardassar, 25 de febrero de 2019

El alcalde,

Mateu Puigròs Sureda

Documentos adjuntos