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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 1728
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se adjudica el arrendamiento, por concurso público, de los inmuebles ubicados en la calle del Gremi de Sabaters, 68, 2º B, y en el sótano -1 (cuatro aparcamientos) en Palma, para ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la comunidad autónoma de las Illes Balears (DGTPFP 199/2018 PATRIM, AMBDE 6512/2018)

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Texto

Hechos

1. El 4 de octubre de 2018, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (registro de entrada n.º 20518), el oficio de 3 de octubre de 2018 del secretario general de la Consejería de Educación y Universidad, acompañado con documentación para tramitar un expediente de arrendamiento, mediante concurso público, de un inmueble para ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente (SPRLPD).

2. Se remitieron, adjuntos al oficio mencionado, los siguientes documentos:

  • Informe justificativo del arrendamiento del secretario general, de 26 de septiembre de 2018.
  • Previsión económica de apertura y mantenimiento del SPRLPD, de 24 de julio de 2015.
  • Decreto 14/2018, de 1 de junio, por el que se crea el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales propio para el personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Relación de actividades llevadas a cabo y distintas diligencias que recogen las reuniones mantenidas y los acuerdos a los que se llegó.
  • Requisitos de los espacios de la sede del SPRLPD.
  • Programa de trabajo de adecuación del local de la planta baja del edificio de la sede de la Consejería de Educación y Universidad para sede central del SPRLPD, de 4 de junio de 2018, emitido por el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos.
  • Informe de estimación del precio del alquiler del local situado en el c/ del Ter, 16, del polígono Son Fuster, de día 26 de junio de 2018, emitido por el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos.
  • Informe de estimación del precio del alquiler de un local situado en Palma (próximo a la sede de la Consejería de Educación y Universidad, en el polígono Son Fuster o hasta los límites de los polígonos de Son Castelló y de Son Rossinyol de Palma), de 14 de septiembre de 2018, emitido por el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos.
  • Los pliegos de condiciones particulares y el de prescripciones técnicas que deben regir el concurso.
  • Propuesta del titular del organismo que insta el inicio del expediente, de 26 de septiembre de 2018.
  • Propuesta de Resolución de autorización y disposición del gasto, de 3 de octubre de 2018.
  • Reserva de crédito (RF), certificado de gastos plurianuales comprometidos; solicitud de gastos plurianuales; autorización de gastos plurianuales, de 3 de octubre de 2018, y borrador de propuesta de autorización y disposición del gasto al Consejo de Gobierno.

3. El 26 de septiembre de 2018, el consejero de Educación y Universidad, resolvió instar a la consejera competente en materia de patrimonio para que ordenara el inicio del expediente para el arrendamiento, mediante concurso, de un inmueble en Palma para ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

4. El día 18 de octubre de 2018, se dictó Resolución de inicio de este expediente, la cual fue modificada por la Resolución de 30 de octubre de 2018.

5. Mediante oficio de 23 de octubre de 2018, el secretario general de la Consejería de Educación y Universidad envía un nuevo informe del precio de mercado de 19 de octubre de 2018 y una copia del informe justificativo de revisión de precios de 30 de octubre de 2018.

6. También consta dentro del expediente la autorización de gastos plurianuales, de 3 de octubre de 2018;  la autorización del Consejo de Gobierno, de 19 de octubre de 2018, y el borrador del contrato de arrendamiento.

7. El 5 de noviembre de 2018, se solicitó informe jurídico de los pliegos al Departamento Jurídico y Administrativo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

8. El día 12 de noviembre de 2018, el Departamento Jurídico Administrativo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas evacuó informe respecto del pliego de condicionas particulares, del pliego de prescripciones técnicas y del modelo de oferta económica del contrato de referencia, en el que hace las observaciones y concluye lo siguiente:

Ahora bien, hay que hacer las observaciones siguientes:

En el índice se debería eliminar la mención a la cláusula “6.1. Adecuación del inmueble” y renumerar las cláusulas 6.2 y 6.3 que deberían pasar a ser, respectivamente, las cláusulas 6.1 y 6.2.

La cláusula 2.2.2 del pliego de condiciones particulares dispone que se deben considerar incluidos en el precio “(...) expresamente los gastos de comunidad, si hay (...)".

En cambio, la cláusula 6.2.4 (pagos) incluye como gastos a cargo de la parte arrendataria, los gastos de comunidad ordinarios, de manera que parece que existe una contradicción: por una parte, se entienden incluidas en el precio (es decir, indirectamente debe pagarlas el arrendatario) y, por otra, debe abonarlas el arrendatario, al parecer como gasto aparte.

No obstante, recomendamos que dado que los gastos de comunidad se vinculan a la propiedad sean a cargo de la parte arrendadora.

La cláusula 5.3.1, en el apartado 3 prevé la valoración de la superficie. Y establece un máximo de 5 puntos para inmuebles con una superficie de 650 m2 y la valoración en los supuestos de superficies inferiores, pero no prevé qué valoración deberá darse en caso de que se ofrezcan inmuebles de superficies superiores.

Recomendamos que se tenga en cuenta la posibilidad de que se presenten inmuebles de superficie superior a 650 m2, a los cuales se les deberá dar alguna puntuación, o, en caso de que se quieran excluir (si bien entendemos que no tendría sentido excluir inmuebles de, por ejemplo, 660 m2, por la diferencia insignificante que supone con las necesidades del servicio de prevención), que se disponga así, de la misma manera que se dispone la exclusión de inmuebles inferiores a 550 m2.

Evidentemente, esta valoración debe reflejarse en el punto a) 3 de la tabla.

La cláusula 2.5 del pliego de condiciones particulares trata sobre la revisión de precios en el sentido de permitir actualizar la renta anualmente, previa justificación económica, de conformidad con el sistema establecido en el artículo 4.6 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española y adjunta un informe de la jefa de servicio de gestión económica en el cual justifica la inclusión de esta cláusula.

No obstante, recomendamos que se elimine la posibilidad de hacer la revisión “de oficio” en atención a que en un contrato de arrendamiento, que es un contrato privado, la Administración no ejerce ninguna potestad administrativa. Por lo tanto, se podría modificar el tercer párrafo de la cláusula 2.5 de la siguiente manera:

La actualización, en su caso, se llevará a cabo a instancia de cualquiera de las partes.

Conclusión

Por todo ello, informo favorablemente los borradores del pliego de condiciones particulares y del pliego de prescripciones técnicas particulares para contratar el arrendamiento de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (exp. DGTPFP 199/2018 PATRIM, AMBDE 6512/2018), dado que, en general, contienen los aspectos que establece el artículo 84 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sin perjuicio de tener en cuenta las observaciones indicadas en la consideración jurídica 4 de este informe.

9. El informe jurídico de 12 de noviembre de 2018 se ha enviado, por correo electrónico, a la consejería de Educación y Universidad, promotora del expediente, con la finalidad de llevar a cabo las modificaciones correspondientes.

10. El 13 de noviembre de 2018 el jefe de la Sección IV del Servicio de Patrimonio emitió informe favorable (con las observaciones indicadas sobre la revisión de precios) en relación con el expediente de referencia.

11. El 14 de noviembre de 2018, se envió la documentación pertinente a la Intervención General a fin de que hiciera la fiscalización previa del expediente.

La enmienda de la documentación enviada se ha llevado a cabo de forma directa y única entre la Consejería de Educación y Universidad y la Intervención.

12. El 30 de noviembre de 2018, la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitió un informe favorable de fiscalización previa limitada.

13. El 3 de diciembre de 2018, la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas firmó la resolución por la que se aprueban los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de prescripciones técnicas y el modelo de oferta económica, y se acuerda la apertura del procedimiento de arrendamiento por concurso público de un inmueble en Palma para ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la comunidad autónoma de las Illes Balears (DGTPFP 199/2018 PATRIM, AMBDE 6512/2018).

14. Esta resolución de licitación fue publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, número 153, de 6 de diciembre de 2018, junto con el anuncio del concurso. El plazo de presentación de las ofertas finalizó el día 7 de enero de 2018 y sólo se presentó una oferta por parte de Previsión Balear, MPS, con NIF V07103419.

15. El 14 de enero de 2019, se constituyó la Mesa de Contratación, se abrieron los sobres A y B, levantándose el Acta número 1. La Mesa adoptó los siguientes acuerdos:

1. Requerir a Previsión Balear, MPS, NIF: V07103419 para que enmiende las deficiencias observadas, en un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a su notificación.

2. Comunicar al licitador lo que la Mesa de Contratación ha acordado sobre certificación energética y sobre los requisitos de instalaciones de lampistería, climatización y telefonía.

(1. En cuanto a la certificación energética del local, la Mesa de Contratación no la requiere al licitador porque es un local diáfano y faltan realizar las instalaciones térmicas y de alumbrado. Una vez realizadas las obras de adecuación será necesario que entregue la certificación energética correspondiente.

3. En cuanto a los requisitos de instalaciones de lampistería, climatización y telefonía, de acuerdo con el punto 2.1.3 del PCP, antes de la firma del contrato debe haber una propuesta consensuada con la administración sobre la distribución de estos apartados.)

El secretario de la Mesa de Contratación notificó, por correo electrónico, las deficiencias observadas el 22 de enero de 2019. El 23 de enero de 2019, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, Oficina de Patrimonio, con n.º de registro L15E1206/2019, las mencionadas enmiendas por parte de Prebal, MPS.

16. El 29 de enero de 2019, se reunió por segunda vez la Mesa de Contratación, levantándose el Acta número 2. La Mesa adoptó los siguientes acuerdos:

1. Considera enmendadas las deficiencias observadas en la documentación contenida en el sobre B, Documentación técnica y jurídica del inmueble, de "Prebal, MPS."

2. Enviar la documentación del sobre a las representantes de la Consejería de Educación y Universidad para que emitan el informe de valoración de los criterios establecidos en el PCP.

17. El 29 de enero de 2019, la Consejería de Educación y Universidad emitió el informe de valoración solicitado en la misma fecha, el cual indica:

 INFORME: La documentación presentada por PREBAL, MPS es un documento que incluye:

- Proximidad al transporte público

- Cédula urbanística

- Requisitos jurídicos del inmueble

- Requisitos técnicos del inmueble

- Otras características de las instalaciones.

Revisada la documentación presentada, informo lo siguiente:

- El local está ubicado en la calle Gremi Sabaters, 68, 2º B.

- Tiene una superficie útil de 604,08 m2, toda situada en la misma planta.

- Presentan certificado del arquitecto proyectista del edificio de cumplimiento con la normativa de accesibilidad vigente al momento de redacción del proyecto.

- El licitador ofrece cuatro plazas de aparcamiento. La oferta no indica la ubicación de las plazas, ni si están en superficie o en sótano ni su titularidad.

- El local dispone de los baños exigidos en el PCP. El licitador presenta el compromiso de hacer dos baños más. Estos no son necesarios.

- El local es diáfano y consta compromiso caso de ser adjudicatario, de realizar el pavimento, dotación de instalación eléctrica, climatización, fontanería y telefonía.

- Por ello, el local cumple con los requisitos de local establecidos en el apartado 2.1.2 de PCP, con la observación anterior en lo referente a las plazas de aparcamiento.

En lo referente a la valoración con respecto a los criterios de adjudicación del apartado 5.3 del PCP, informo que:

a) Requerimiento funcionales:

- Antigüedad. De acuerdo con la documentación presentada el año de construcción del edificio es 2010 (Certificado Final de obra 10.11.2010). Si bien el local objeto nunca ha sido ocupado y en uso y en caso de ser adjudicatario, los acabados e instalaciones interiores serán nuevas, debe considerarse la antigüedad del edificio en cuanto que la fachada, cubierta y partes comunes tienen más de ocho años de antigüedad y están afectadas por su correspondiente depreciación. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 20 puntos.

- Situación. La distancia del local a la sede de la Consejería de Educación y Universidad es 2,8 km. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 10 puntos.

- Superficie. La superficie útil del local es 604,08 m2. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 5 puntos.

- Proximidad al transporte público. La documentación presentada indica parada de autobús público próximo al edificio del local (menos de 100 m lineales de distancia). De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 5 puntos.

b) Calidad de la edificación y criterios medioambientales:

- Calidad arquitectónica, de los materiales y de las instalaciones. Se valora la calidad arquitectónica del edificio en base a la memoria de calidades presentada. No se valora la calidad de las zonas comunes ni servicios comunes ya que no se ha entregado esta justificación. El proyecto es anterior a la entrada en vigor del CTE por lo tanto no justifica los requisitos de esta norma. La calidad de los materiales y de las instalaciones es adecuada para un local destinado a uso administrativo e institucional. Considero que no le corresponden los 9 puntos de este apartado al ser un edificio anterior a la entrada en vigor de la CTA. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 7 puntos.

- Viabilidad técnica y funcional. Se trata de un local diáfano y de geometría regular. Dispone de luz y ventilación natural y directa ya que más de la mitad de sus límites son fachadas en las calles además de disponer de dos patios interiores de iluminación. La orientación del local es en sureste, sur y suroeste. En cuanto a la protección solar, la luna exterior de los vidrios es reflectante (Reflectasol). En cuanto a la versatilidad de los espacios interiores estos son adecuados para adecuarlos al servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Se adjunta propuesta de distribución interior que he realizado y que justifica su idoneidad para el uso previsto. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 8 puntos.

Facilidad de aparcamiento exterior. Se puede aparcar en la vía pública y a 120 metros hay aparcamiento público gratuito. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 2 puntos.

- Criterios energético y medioambiental. No presenta ninguna propuesta que contenga criterios de comportamiento energético eficiente y de respeto al medio ambiente. De acuerdo con la tabla del PCP le corresponden 0 puntos.

CONCLUSIÓN.

El local cumple con los requisitos de local establecidos en el apartado 2.1.2 de PCP, con la observación anterior en lo referente a las plazas de aparcamiento.

La valoración con respecto a los criterios de adjudicación del apartado 5.3 del PCP, es de 57 puntos.

Antigüedad

20 puntos

Situación

10 puntos

Superficie

5 puntos

Proximidad al transporte público

5 puntos

Calidad arquitectónica, de los materiales y de las instalaciones

7 puntos

Viabilidad técnica y funcional

8 puntos

Facilidad de aparcamiento exterior

2 puntos

Criterios energético y medio ambiental.

0 puntos

18. El 1 de febrero de 2019, se reunió por tercera vez la Mesa de Contratación, levantándose el Acta número 3. La Mesa adoptó los siguientes acuerdos:

En base al informe de valoración de referencia, el cual indica:

El licitador ofrece cuatro plazas de aparcamiento. La oferta no indica la ubicación de las plazas, ni si están en superficie o en sótano ni su titularidad,

Conceder un plazo de tres días hábiles a "Prebal, MPS (Previsión Balear, MPS, NIF: V07103419)” para que enmiende las siguientes deficiencias:

1. Indicar cuáles son las cuatro plazas de aparcamientos que se ofrecen.

2. Presentar el certificado actualizado del Registro de la Propiedad que acredite la titularidad del inmueble (de cada una de las cuatro plazas de aparcamientos que se ofrecen), las cargas, las servidumbres, los gravámenes o las afecciones que pueda tener, así como los límites y la superficie del inmueble.

3. Presentar el certificado catastral actualizado del inmueble (de cada una de las cuatro plazas de aparcamientos que se ofrecen).

El secretario de la Mesa de Contratación notificó, por correo electrónico, las deficiencias observadas el 4 de febrero de 2019. El 6 de febrero de 2019, con n.º de registro L15E2508/2019, tuvo entrada en el Registro de entrada de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, Oficina de Patrimonio, las enmiendas a la documentación citada.

19. El 11 de febrero de 2019, se reunió por cuarta vez la Mesa de Contratación, levantándose el Acta número 4. La Mesa tomó los siguientes acuerdos:

1. Aprobar las actas números 2 y 3 de las sesiones anteriores.

2. Considerar enmendada la documentación presentada en el sobre B por Prebal, MPS.

3. Solicitar a la Consejería de Educación y Universidad que emita un informe de valoración en el cual quede reflejada la localización y concreción de los aparcamientos ofrecidos.

4. Proponer a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas la adjudicación del contrato de referencia a la empresa Previsión Balear, Mutualidad de Previsión Social, NIF V07103419, de acuerdo con la oferta presentada.

20. El 11 de febrero de 2019, la Consejería de Educación y Universidad emitió el informe de valoración solicitado en la misma fecha, el cual indica:

 INFORME La documentación presentada por PREBAL, MPS es un documento que incluye:

- Identificación de las cuatro plazas de aparcamiento.

- Certificados del registro de propiedad de las cuatro plazas de aparcamiento.

- Certificados catastrales de las cuatro plazas.

- Plano situación de las cuatro plazas de aparcamiento.

Revisada la documentación presentada, informo lo siguiente:

- El licitador ofrece cuatro plazas de aparcamiento situadas a la planta sótano e identificadas con los números 68, 70, 71 y 72.

CONCLUSIÓN Por ello, el local cumple con los requisitos de local establecidos en el apartado 2.1.2 de PCP.

21. Constan dentro del expediente la siguiente documentación de no deudas que fue presentada en el sobre A por Previsión Balear, MPS:

  • certificación de la Agencia Tributaria, de 31-12-2018
  • certificación de la Seguridad Social, de 31-12-2018
  • certificación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 03-01-2019.

22. El 14 de febrero de 2019 (registro de salida n.º L15S1497/2019) se notificó al adjudicatario, por correo electrónico, la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, así como la obligación de ingresar el pago de los gastos del anuncio de la licitación en cumplimiento de lo dispuesto en los pliegos. El trámite solicitado se cumplió por correo electrónico el 15 de febrero de 2019.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 49, de 24 de abril), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87 y de la misma Ley, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y la aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2. Los artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio).

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto).

7. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por el que se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 93, de 23 de julio).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una Resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar la adjudicación del arrendamiento por concurso público de los inmuebles ubicados en la calle del Gremi de Sabaters, 68, 2º B, y en el sótano -1 (cuatro aparcamientos) en Palma, con el propietario, Previsión Balear, MPS, con NIF V07103419, como parte arrendadora, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria, para ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. Las características de los inmuebles objeto de arrendamiento son las siguientes:

a) Finca registral 89.617, código CRU 07027000580816 y referencia catastral 1344915-DD7814C-0001-K-F.

La finca ofrecida tiene una superficie útil de 604,08 m².

Está descrita en los libros del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 7 en los términos de: “local de uso sanitario del piso segundo o planta segunda alta, con acceso por el zaguán de la calle Gremi Sabaters, con escalera y dos ascensores y por la escalera de la calle Gremi Picapadrers. Mide una superficie aproximada de setecientos ochenta y nueve metros ochenta y cuatro decímetros cuadrados.”

Titularidad: pleno dominio.

Cargas: no constan cargas vigentes.

b) Finca registral 89.609, código CRU 07027000580731 y referencia catastral 1344915DD7814C0067BH.

Está descrita en los libros del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 7 en los términos de: “Espacio de aparcamiento del sótano, señalado con el número 68 de doce metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados”.

Titularidad: pleno dominio.

Cargas: no constan cargas vigentes.

c) Finca registral 89.611, código CRU 07027000580755 y referencia catastral 1344915DD7814C0069XK.

Está descrita en los libros del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 7 en los términos de: “Espacio de aparcamiento del sótano, señalado con el número 70 de once metros cincuenta decímetros cuadrados”.

Titularidad: pleno dominio.

Cargas: no constan cargas vigentes.

d) Finca registral 89.612, código CRU 07027000580762 y referencia catastral 1344915DD7814C0070BH.

Está descrita en los libros del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 7 en los términos de: “Espacio de aparcamiento del sótano, señalado con el número 71 de once metros cincuenta decímetros cuadrados”.

Titularidad: pleno dominio.

Cargas: no constan cargas vigentes.

e) Finca registral 89.613, código CRU 07027000580779 y referencia catastral 1344915DD7814C0071ZJ.

Descrita en los libros del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca n.º 7 en los términos de: “Espacio de aparcamiento del sótano, señalado con el número 72 de once metros cincuenta decímetros cuadrados”.

Titularidad: pleno dominio.

Cargas: no constan cargas vigentes.

3. Establecer para el arrendamiento por concurso las siguientes características: 

a) El precio de arrendamiento convenido por las partes es de cuatro mil seiscientos setenta y nueve euros y diecisiete céntimos mensuales (4.679,17 €) con un total de cincuenta y seis mil ciento cincuenta euros y cuatro céntimos anuales (56.150,04 €); este hecho supone que el metro cuadrado mensual cueste siete euros y setenta y cinco céntimos (7,75 €). Estos importes se entienden con el impuesto del valor añadido incluido.

b) El pago debe realizarse con cargo a la partida 13701/421I07/20200/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

c) El objeto del arrendamiento es ubicar la sede central del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Personal Docente que presta servicios en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

d) Los derechos y las obligaciones que surjan entre las partes deben regularse de conformidad con el contrato de arrendamiento que ambas partes firmarán con el fin de formalizar esta adjudicación.

e) La duración del arrendamiento será del 1 de enero de 2019, o de la fecha de firma del contrato si esta es posterior, hasta el 31 de diciembre de 2033.

4. Notificar la Resolución a la Consejería de Educación y Universidad y al adjudicatario.

5. El local objeto de este arrendamiento debe ponerse a disposición de la Consejería de Educación y Universidad, la cual debe adoptar todas las medidas que hagan falta, o que incumben al arrendatario para administrar y mantener el inmueble en condiciones de servir siempre a la finalidad a la que se destina.

6. Ordenar que este arrendamiento se anote en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación y publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación y publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 18 de febrero de 2019

El presidente de la Mesa de Contratación  y director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

José Luis Gil Martín

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí