Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 1701
Notificación de Resolución por la que se revocan ayudas para inversiones a las explotaciones agrarias, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2014-2020
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015_2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente, en fecha 15 de noviembre de 2018, firmó la siguiente resolución:
“Informe / Propuesta de Resolución / Resolución por la que se revocan ayudas para inversiones a las explotaciones agrarias Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 Medida 4.1- Ayuda a las inversiones a las explotaciones agrarias (INEA) Convocatoria: INEA 2016_1
Antecedentes
1. El 24 de octubre de 2017, el vicepresidente del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones a las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears número 133, de 31 de octubre, en la que figuraba una concesión a favor de JUAN REYNÉS PASCUAL, con número de expediente INEA 2015_2/076.
2. El 6 de septiembre de 2018, JUAN REYNÉS PASCUAL, a través de su representante, presentó un escrito desistiendo de su solicitud de ayuda.
3. El 5 de abril de 2018, el vicepresidente del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones a las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, número 46, de 14 de abril, en la que figuraba una concesión a favor de JOSEP ANTONI RAMON FERRER, con número de expediente INEA2015_2/148.
4. El 6 de agosto de 2018, JOSEP ANTONI RAMON FERRER presentó un escrito desistiendo de su solicitud de ayuda.
5. Corresponde aceptar por completo los desistimientos y declarar concluido el procedimiento.
6. La aceptación de los desistimientos de ayudas ya concedidas conllevan la revocación de los importes concedidos.
Fundamentos de derecho
1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones a las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.
2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de concesión
Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Aceptar el desistimiento de las solicitudes de ayuda de JUAN REYNÉS PASCUAL, con número de expediente INEA2015_2/076 y de JOSEP ANTONI RAMON FERRER, con número de expediente INEA2015_2/148.
2. Revocar las ayudsa concedidas en las resoluciones del día 24 de octubre de 2017 y 5 de abril de 2018, correspondientee a los expedientes INEA2015_2/076 y INEA2015_2/148, respectivamente.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra la presente resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 24 de octubre de 2018
El gestor de la línea La jefa de Sección XVI El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Antoni Mestre Ramos Lidia Álvarez Álvarez Isidre Cañellas Simonet
Conforme con la propuesta, dicto resolución
Palma, 15 de noviembre de 2018
El vicepresidente del FOGAIBA Mateu Ginard i Sampol
ANEXO IMPORTES PARA REVOCAR
NOMBRE |
NIF |
EXPEDIENTE |
FECHA DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN |
IMPORTE A REVOCAR (€) |
ANUALIDAD |
---|---|---|---|---|---|
JOAN REINÉS PASCUAL |
41536114T |
INEA2015_2/076 |
24/10/2017 |
21.943,22 |
2019 |
JOSEP ANTONI RAMÓN FERRER |
41455377Q |
INEA2015_2/148 |
05/04/2018 |
7.945,82 |
2019 |
Palma, 15 de febrero de 2019
El director gerente del FOGAIBA Guillem Rosselló Alcina