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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 1206
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 21.1.2019, relativo a la convocatoria del XVII premio Francesc de Borja Moll de creación de cuentos y fábulas, año 2019 (exp. 1512-2019-000001)

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Texto

Visto que el Departamento de Cultura y Educación del Consell Insular de Menorca, en el marco de su programa de Política Lingüística, tiene interés en fomentar el conocimiento de la cultura popular, así como la creación literaria en lengua catalana, entre el alumnado de secundaria, bachillerato y ciclos formativos de los centros de enseñanza de la isla, por lo que en su momento creó el llamado Premio Francesc de Borja Moll, de creación de cuentos y fábulas;

Se hace público que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria de 21 de enero de 2019, adoptó los siguientes acuerdos en relación a la convocatoria del XVII Premio Francesc de Borja Moll de Creación de Cuentos y Fábulas, año 2019:

ACUERDO:

Primero. Convocar el XVII Premio Francesc de Borja Moll de Creación de Cuentos y Fábulas (año 2019).

Segundo. Aprobar las bases que regularán esta convocatoria y que se transcriben a continuación.

Bases que regulan el XVII Premio Francesc de Borja Moll de Creación de Cuentos y Fábulas (año 2019)

1. El Consell Insular de Menorca convoca el XVII Premio Francesc de Borja Moll, de creación de cuentos y fábulas, con el objetivo de fomentar el conocimiento de la cultura popular y la creatividad literaria, especialmente el género narrativo de las fábulas y las leyendas, entre los estudiantes de secundaria de Menorca a través de la creación propia.

2. Pueden presentarse a este premio todos los alumnos y las alumnas de secundaria, bachillerato y ciclos formativos de Menorca.

3. Se establecen dos categorías:

a) Para estudiantes de 1º, 2º y 3º de secundaria obligatoria

b) Para estudiantes de 4º de secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos

4. Cada concursante podrá presentar un máximo de dos obras, que deberán ceñirse a la estructura propia del género de la narrativa popular en la forma de fábulas y leyendas.

5. Les obras presentadas a concurso son de tema libre.

6. Las obras, que deberán redactarse en lengua catalana, tendrán una extensión máxima de cinco hojas a doble espacio y en letra arial 12, y podrán presentarse mecanografiadas (2 copias) o en soporte digital.

7. Los originales, que deberán ir dirigidos al Departamento de Cultura y Educación del Consell Insular de Menorca, podrán presentarse hasta el 5 de abril de 2019.

8. Las obras deberán presentarse con título y seudónimo. En un sobre aparte, en el cual se repetirán el título y el seudónimo, deberán figurar las señas personales del autor/a (nombre, apellidos, dirección postal, dirección electrónica, teléfono, edad y curso) y del centro a qué pertenezca.

9. Si alguna de las obras presentadas resultara premiada en otro certamen literario durante el proceso del concurso, mientras no se hayan dado a conocer los ganadores, el autor o la autora deberá comunicar dicha circunstancia al Consell Insular de Menorca, que retirará la obra del concurso.

10. El dictamen del jurado se hará público en el marco del Día del Libro de 2019, en un acto que se anunciará oportunamente.

11. El jurado estará formado por un/a representante de la Sección de Lengua y Literatura del IME, un/a representante de la Comisión Asesora de Cultura Popular del CIM o del órgano coordinador del Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de Menorca, un/a representante de la Red de Bibliotecas de Menorca, un/a periodista cultural designado por el Consell Insular de Menorca y una técnica del Servicio de Política Lingüística y Cultura Popular del CIM, quien también actuará como secretaria.

12. El jurado valorará las obras presentadas y escogerá las merecedoras de los dos primeros premios de cada categoría. El jurado, igualmente, seleccionará aquellas obras que, a su parecer, merezcan ser editadas en una publicación conjunta.

13. Se establecen los siguientes premios para cada categoría:

Primer premio: consistirá en un recuerdo y un certificado por valor de 250 euros.

Segundo premio: consistirá en un certificado por valor de 150 euros.

Estos certificados podrán canjearse, en los establecimientos que se indicarán, con material escolar o informático y libros.

14. El Consell Insular de Menorca procurará la publicación de las narraciones ganadoras y de las seleccionadas como finalistas.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

 

Maó, 6 de febrer de 2019

El secretario del Consell Executiu

Octavi Pons Castejón