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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 1622
Aprobación del encargo de gestión y delegación de firma de los convenios de ingresos consignados en el presupuesto del Consejo de Mallorca al Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales para el año 2019

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el pasado día 20 de febrero de 2019 acordó:

«Antecedentes:

I. El 5 de febrero de 2019 director Gerente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) ha emitido informe en el que propone solicitar al Consejo Ejecutivo que encargue la gestión y delegue la firma de los convenios de ingresos consignados en el presupuesto del Consejo de Mallorca para el año 2019 en el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

En el presupuesto de ingresos del Consejo de Mallorca para el año 2019

Org.

Eco.

Descripción

Previsiones iniciales

40

45001

CAIB: CONVENIO SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS 

8.944.644,54

40

45002

CAIB: TRATAMIENTO DROGADICCIÓN 

1.151.162,00

40

45005

CAIB: RENTA MÍNIMA INSERCIÓN

3.652.638,10

40

45006

CAIB: CONVENIOS ACCIÓN SOCIAL (PPB)

0,00

40

45102

SOIB: PROGRAMAS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LA RMI

250.000,00

 

 

 

13.998.444,64

II. Todos estos ingresos se instrumentan, bien mediante la suscripción de un convenio, bien mediante la tramitación de una solicitud de subvención, y se refieren a materias que son gestionadas por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

III. Esto, sin perjuicio de que se instrumenten los mecanismos correspondientes para que los ingresos se hagan efectivos en favor del Consejo de Mallorca y que la Intervención General del Consejo de Mallorca ejerza el control de estos ingresos, para luego transferirlos a la IMAS.

IV. La Intervención Delegada del IMAS ha emitido el informe favorable para este expediente.

Consideraciones jurídicas:

I. De acuerdo con el artículo 17 c) de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por por acuerdo del Pleno de Consejo de Mallorca de día 13 de octubre de 2016 (BOIB núm. 140 de 5 de noviembre de 2016), son recursos económicos sus las subvenciones y aportaciones de la Unión Europea, el Estado, la comunidad autónoma de las Islas Baleares y otras entidades públicas, o de particulares, que sean transferidos al Consejo de Mallorca para fines propios de el IMAS.

II. De acuerdo con el art. 2.3 de sus Estatutos, el IMAS ejerce cualquier otra competencia que le encomiende el Consejo, directamente mediante delegación o encomienda o, indirectamente, a través de convenios con otros entes territoriales o institucionales con fines coincidentes.

III. De acuerdo con el Decreto de organización del Consejo de Mallorca de 10 de julio de 2015 (BOIB núm. 109 de 18 de julio de 2015) dictado por el presidente del Consejo de Mallorca, corresponde al Consejo Ejecutivo, entre otros, aprobar los convenios con otras entidades públicas o privadas.

La base 23.4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Consejo de Mallorca de 2019 establece que corresponde al Consejo Ejecutivo aprobar convenios independientemente de su cuantía.

IV. El arte. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público prevé que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público puede ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de otra diferente, por razones de eficacia.

V. Asimismo, el artículo 12 del mismo texto legal prevé que los titulares de los órganos administrativos pueden, en una materia de su propia competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que dependientes, dentro de los límites señalados por el artículo 11. la delegación de firma no altera la competencia del órgano delegante, y no será necesaria su publicación para que sea válida.

Se propone al Consejo Ejecutivo que adopte el siguiente acuerdo:

Primero. Encargar la gestión de los ingresos siguientes, así como las posibles prórrogas y adendas, en el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales y en las condiciones indicadas en los antecedentes.

Org.

Eco.

Descripción

Previsiones iniciales

40

45001

CAIB: CONVENIO SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS BÁSICOS 

8.944.644,54

40

45002

CAIB: TRATAMIENTO DROGADICCIÓN 

1.151.162,00

40

45005

CAIB: RENTA MÍNIMA INSERCIÓN

3.652.638,10

40

45006

CAIB: CONVENIOS ACCIÓN SOCIAL (PPB)

0,00

40

45102

SOIB: PROGRAMAS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LA RMI

250.000,00

 

 

 

13.998.444,64

Segundo. Delegar la aprobación y la firma de los convenios mediante los que instrumenten el mencionados ingresos en favor de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. »

Lo que le comunico para su conocimiento ya los efectos oportunos.

​​​​​​​

Palma, 21 de febrero de 2019

La secretaria delegada (BOIB 109, de 5 de septiembre de 2017) Mª Ángeles Vanrell Julià