Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1577
Ejecución de títulos judiciales 111/2018
Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 111 /2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª NIOVI REGLA GARCIA DE LA ROSA, YAMISLEYDIS TORRES ACOSTA, MARVIN MORALES MARTIN, ALAIN ESTRADA CARTAYA contra CODE BAR BEACH & FOOD CB, PAULO CESAR VELASQUEZ CARRILLO , GIORGIO ARMANDO VANGIONI sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones:
1.- Auto despachando ejecución en fecha tres de septiembre de dos mil dieciocho.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante NIOVI REGLA GARCIA DE LA ROSA, YAMISLEYDIS TORRES ACOSTA, MARVIN MORALES MARTIN, ALAIN ESTRADA CARTAYA frente a CODE BAR BEACH & FOOD CB, PAULO CESAR VELASQUEZ CARRILLO, GIORGIO ARMANDO VANGIONI, parte ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
2.- Auto extinguiendo la Relación Laboral de fecha ocho de Octubre de dos mil dieciocho.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: declarar extinguida la relación laboral que unía a DOÑA YAMISLEYDIS TORRES ACOSTA, DON MARVIN MORALES MARTIN, DON ALAIN ESTRADA CARTAYA Y DOÑA NIOVI REGLA GARCÍA DE LA ROSA con la empresa d2 condenando a ésta a que abone a aquellos las cantidades siguientes:
1)DOÑA YAMISLEYDIS TORRES ACOSTA
INDEMNIZACIÓN: 1.013,93 euros
SALARIOS dejados de percibir: 6.479,75euros.
SALARIOS DE TRAMITACIÓN.-18.988,05 EUROS
2)DON MARVIN MORALES MARTÍN
INDEMNIZACIÓN: 1.013,93 euros
SALARIOS dejados de percibir: 6.479,75euros.
SALARIOS DE TRAMITACIÓN.-20.773,76 EUROS
3) DON ALAIN ESTRADA CARTAYA
INDEMNIZACIÓN: 765,11 euros
SALARIOS dejados de percibir: 199,24 EUROS.
SALARIOS DE TRAMITACIÓN.-1.146,94 EUROS
4) DOÑA NIOVI REGLA GARCÍA DE LAROSA
INDEMNIZACIÓN: 382,55euros
SALARIOS dejados de percibir: 4.043,21EUROS.
SALARIOS DE TRAMITACIÓN.-19.555,63 EUROS
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
LA JUEZ LA SECRETARIA JUDICIAL
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAULO CESAR VELASQUEZ CARRILLO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de febrero de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA