Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 1608
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de febrero de 2019 por la que se desiste del procedimiento que establece la Resolución de 7 de febrero de 2018 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Antecedentes
1. Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 7 de febrero de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. Se ha detectado un error sustancial, ya que no se ha especificado la plaza que debe cubrirse, lo cual es la fundamentación de la convocatoria de una promoción interna temporal cuando en la plantilla de la gerencia hay una plaza vacante o una reservada, con titular pero sin ocupar.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Desistir del procedimiento que establece la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 7 de febrero de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, dado que contiene un error sustancial.
2. Ordenar que se inicie un nuevo procedimiento especificando la plaza convocada.
3. Ordenar que se publique esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Servicio de Salud.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.
Palma, 14 de febrero de 2019
El director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
Gabriel Lladó Vidal
Por delegación de competencias (BOIB 10/2016)