Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1584
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de febrero de 2019 por la que se modifica la configuración del centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma, con la supresión de 4 unidades de educación especial básica (EEB) y 3 unidades de transición a la vida adulta (TAVA)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1.  Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 13 de febrero de 2018 se modificó la configuración del centro docente privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma. Como consecuencia de esta modificación, la configuración del centro quedó de la manera siguiente:

Código de centro: 07008405

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Gaspar Hauser

Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas de Baleares (APNAB)

Domicilio: c. de Josep de Villalonga, nº 79

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07015

Enseñanzas autorizadas:

Educación especial infantil (EEI): 1 unidad ASCE en el CC La Salle de Palma (código: 0700433)

Educación especial básica obligatoria (EEB): 13 unidades

  • 4 unidades en el CCEE Gaspar Hauser (código: 07008405)

  • 9 unidades ASCE (aulas sustitutorias de centro específico) en centros ordinarios:

1 unidad en el CC San Vicente de Paúl de Es Coll d’en Rabassa, Palma (código: 07002646)

2 unidades en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código: 07003171)

1 unidad en el CC Sant Josep Obrer II, de Palma (código: 07003067)

3 unidades en el CC Sagrat Cor de Palma (código: 07003675)

1 unidad en el CC Ramon Llull de Andratx (código: 07000212)

Programas de transición a la vida adulta (TAVA): 4 unidades en el CCEE Gaspar Hauser (código: 07008405)

2.  En fecha de 15 de febrero de 2019, el representante de la entidad APNAB solicitó el cierre de las aulas ubicadas en la calle de Josep de Villalonga, 79, ya que la empresa suministradora de energía les cortará el suministro eléctrico y, por este motivo, no podrán dar este servicio a los siete alumnos escolarizados en las unidades ubicadas en el centro.

3.  El 18 de febrero de 2019 la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a la supresión de las 4 unidades de educación especial básica y las 3 unidades de TAVA en el centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma, y el director general de Planificación, Ordenación y Centros ha dictado una resolución por la que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para escolarizar de manera inmediata a 7 alumnos del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405), las cuales modifican los conciertos educativos del CCEE Gaspar Hauser y el CCEE Princesa de Asturias (código 07006469).

 

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).

4.  El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº 62, de 12 de marzo).

5.  El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).

6.  El Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial (BOE nº 65, de 16 de marzo).

7.  El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº 78, de 28 mayo).

8.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 2 de mayo de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 25 de marzo de 2015 por la que se regulan las ratios en los centros específicos de educación especial, y se establecen las ratios de los Programas de Formación para la Transición de la Vida Adulta (TVA) para los alumnos escolarizados en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas ASCE (aulas sustitutorias de centro especial).

9.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 13 de mayo de 2015 por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y a las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios.

10.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

11.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº 135, de 4 de noviembre).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 18 de febrero de 2019, dicto la siguiente

 

Resolución

1.  Modificar la configuración del centro privado concertado de educación especial Gaspar Hauser, de Palma, con la supresión de 4 unidades de educación especial básica y 3 unidades de TAVA en el mismo centro.

2.  Determinar que, como consecuencia de esta modificación, actualmente y mientras se está tramitando el traslado de estas unidades a otro centro específico de educación especial por el cese voluntario de la actividad del centro, este queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07008405

Denominación genérica: centro de educación especial

Denominación específica: Gaspar Hauser

Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas de Baleares

Domicilio: c. de Josep de Villalonga, nº 79

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07015

 

Enseñanzas autorizadas:

10 aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) en centros ordinarios:

  • Educación especial infantil (EEI): 1 unidad ASCE en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

  • Educación especial básica obligatoria (EEB): 9 unidades ASCE:

1 unidad en el CC San Vicente de Paúl de Es Coll d’en Rabassa, Palma (código: 07002646)

2 unidades en el CC La Salle de Palma (código: 07004333)

1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código: 07003171)

1 unidad en el CC Sant Josep Obrer II, de Palma (código: 07003067)

3 unidades en el CC Sagrat Cor de Palma (código: 07003675)

1 unidad en el CC Ramon Llull de Andratx (código: 07000212)

3.  Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 19 de febrero de 2019

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà