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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 1543
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se declara desierto el arrendamiento por concurso de un inmueble en Palma para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad (DGTPFP 176/2018 PATRIM) (AMBDE 4678/2018)

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Texto

Expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio 2019 (Decreto 75/2004)

Hechos

1. El 13 de agosto de 2018 tuvo entrada en la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas (número registro 17606), un oficio de solicitud de tramitación de un expediente para contratar el arrendamiento por concurso de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, firmada por la jefa de Departamento de Asuntos Generales el 10 de agosto de 2018 (por ausencia de la secretaria general de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad).

El escrito se acompaña de la siguiente documentación:

a) Informe justificativo de la necesidad de contratar el arrendamiento de un inmueble mediante el sistema de concurso público para alojar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, firmada por la secretaria general de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad el 11 de julio de 2018.

b) Informe justificativo de la necesidad de iniciar un expediente de gasto anticipado para contratar asociado al contrato el arrendamiento de un inmueble para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad, firmada por la jefa del Servicio de Contratación con el visto bueno de la secretaria general de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad el 6 de julio de 2018.

c) Certificado de existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente, firmado por la jefa del Departamento de Secretaría General de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad el 25 de julio de 2018.

d) Documento RF 2500002541 por importe total de 1.106.424 euros, firmado por la jefa del Servicio de Gestión Administrativa el 18 de julio de 2018 (copia careada).

e) Certificado de gastos plurianuales comprometidos, firmado por la jefa del Servicio de Gestión Administrativa el 18 de julio de 2018 con el visto bueno de la secretaria general de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad.

f) Informe de la Dirección General de Presupuestos de 25 de julio de 2018.

g) Resolución de 16 de julio del consejero<A[consejero|conseller]> de Territorio, Energía y Movilidad solicitando a la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas que inicie el expediente de arrendamiento mediante concurso público, firmada por el consejero<A[consejero|conseller]> de Trabajo, Comercio e Industria (por suplencia del consejero<A[consejero|conseller]> de Territorio, Energía y Movilidad).

h) Propuesta de Resolución de autorización y disposición del gasto del expediente de arrendamiento mediante concurso público, firmada por el director general de Puertos y Aeropuertos el 10 de agosto de 2018 (por suplencia de la secretaria general de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad).

i) Certificado del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de agosto de 2018 por<A[por|para]> el cual se otorga la autorización previa para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición del gasto, firmado por la secretaria del Consejo de Gobierno con el visto bueno de la presidenta.

j) Borrador de los pliegos<A[pliegues|pliegos]> de prescripciones técnicas particulares que tienen que regir el arrendamiento por concurso de un inmueble en Palma para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

k) Borrador de los pliegos de condiciones particulares que tienen que regir el arrendamiento por concurso de un inmueble en Palma para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

l) Informe de media muestral de mercado de alquiler de inmuebles en el núcleo urbano del municipio de Palma con las características de oficina, firmado el 4 de junio de 2018 por personal técnico de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda con el visto bueno del jefe de Departamento de Arquitectura.

m) Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se asume el criterio del IBESTAT para calcular el margen de oscilación en la adecuación de los precios de mercado de los arrendamientos por concurso (Boletín Oficial de las Illes Balears nº 7, de 13 de enero de 2018).

n) Informe de adecuación de precio de mercado y desviación estándar del expediente de arrendamiento para ubicar la nueva sede de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, firmada el 9 de julio de 2018 por el director general de Arquitectura y Vivienda.

2. El 16 de agosto de 2018 (registro de salida número L15S9927) se envió un oficio de subsanación de deficiencias a la parte interesada el cual fue contestado adjuntando el original de documento RF 2500002541 por importe total de 1.106.424 euros, firmado por la jefa del Servicio de Gestión Administrativa el 18 de julio de 2018.

3. El 16 de agosto de 2018, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio firmó, por<A[para|por]> delegación de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas, la Resolución de inicio del procedimiento para concertar el arrendamiento por concurso público de un inmueble en Palma para destinarlo a las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad.

4. Mediante oficio de 23 de agosto de 2018 (registro de salida número L15S10142, de 27 de agosto), se solicitó informe al Departamento Jurídico y Administrativo de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas.

5. El 31 de agosto de 2018 (registro de entrada número L15E18465, de 4 de septiembre) el Departamento Jurídico y Administrativo de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas emitió informe favorable respecto del pliego<A[pliegue|pliego]> de condiciones particulares y del pliego<A[pliegue|pliego]> de prescripciones técnicas, si bien realizó algunas observaciones las cuales se tuvieron en cuenta y se modificaron los pliegos<A[pliegues|pliegos]> consecuentemente.

6. El 12 de septiembre de 2018 tuvo entrada al Servicio de Patrimonio, vía correo electrónico, copia del pliego<A[pliegue|pliego]> de condiciones particulares y del pliego<A[pliegue|pliego]> de prescripciones técnicas, ambos modificados, en los que se indicaban los cambios realizados de conformidad con las instrucciones del informe del Departamento Jurídico de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas.

7. El 13 de septiembre de 2018 la jefa de Sección VIII emitió informe favorable al arrendamiento por concurso de un inmueble en Palma para destinarlo a las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad.

8. El 14 de septiembre de 2018 el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio firmó la propuesta de resolución. El 17 de septiembre de 2018 se envió la documentación correspondiente a la Intervención General para la fiscalización previa del expediente.

9. El 1 de octubre de 2018 la Intervención General de la CAIB emitió un informe desfavorable en relación con el expediente objeto de tramitación.

10. El 23 de noviembre de 2018, se enviaron a Intervención General las enmiendas al informe desfavorable del 1 de octubre con el fin de poder continuar con la tramitación del expediente.

11. El 4 de diciembre de 2018 la Intervención General de la CAIB emitió un nuevo informe desfavorable de fiscalización previa limitada.

12. El 12 de diciembre de 2018 se enviaron a Intervención General las enmiendas al informe desfavorable de 4 de diciembre con el fin de poder continuar con la tramitación del expediente.

13. El 17 de diciembre de 2018 la Intervención General de la CAIB emitió el informe favorable de fiscalización previa limitada.

14. El 18 de diciembre 2018 la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas aprobó el expediente, los pliegos<A[pliegues|pliegos]> y el modelo de oferta económica, y acordó la apertura<A[apertura|abertura]> del procedimiento de arrendamiento por concurso público mencionado.

15. El anuncio de licitación del expediente se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 4, de 8 de enero de 2019, en el cual se estableció un plazo de presentación de pliegos de un mes a contar a partir de la fecha de publicación del anuncio. El plazo establecido para esta licitación terminó el 8 de febrero de 2019 y no se presentó ninguna proposición.

16. El 18 de febrero de 2019 la Mesa de Contratación se reunió con la finalidad de constituirse y calificar la documentación entregada en los sobres A y B de<A[para|por]> las personas presentadas a la licitación. Como no se presentó nadie, la Mesa tomó el acuerdo siguiente:

1. Declarar desierto el arrendamiento por concurso de un inmueble en el municipio de Palma para<A[por|para]> ubicar las dependencias administrativas Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad (exp. DGTPFP 176/2018 PATRIM- AMBDE 678/2018).

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87 y siguientes de la misma ley, que atribuye al consejero<A[consejero|conseller]> competente en materia de patrimonio la tramitación y la aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2. Los artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

4. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

5. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 97, de 2 de julio).

6. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías<A[consejerías|conselleries]> de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).

7. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, por<A[por|para]> el cual se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 93, de 23 de julio).

8. Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas, de 18 de diciembre de 2015, por la cual se modifica la Resolución, de 7 de julio de 2015, de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas, de otras consejerías<A[consejerías|conselleries]> de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Hacienda y Administraciones Públicas, en la cual se indica:

1. Añadir un nuevo punto, el 4º, a la letra e del apartado 2 de la Resolución de la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas de 7 de julio de 2015 de delegación de [competencias...]

4t. Las resoluciones de inicio de todos los procedimientos administrativos inherentes a la gestión patrimonial de los bienes y los derechos de la Comunidad Autónoma y, en particular, de los relativos a las adquisiciones, las alienaciones<A[alienaciones|enajenaciones]>, las permutas, los arrendamientos, la aceptación de donaciones, las cesiones gratuitas, las cesiones de uso, las revocaciones de cesiones gratuitas de uso de estos bienes y derechos, los lindes y amojonamientos, la recuperación de la posesión, las concesiones demaniales, las reservas demaniales, la explotación de bienes patrimoniales, las adquisiciones de títulos representativos del capital y el ejercicio de la potestad investigadora.

Del texto se desprende que el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio sólo tiene competencia para iniciar los expedientes, no para cerrarlos o dictar la resolución final que corresponda.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Declarar desierto el arrendamiento por concurso de un inmueble en Palma para ubicar las dependencias administrativas de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad.

2. Notificar esta Resolución a la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Territorio, Energía y Movilidad del Gobierno de las Illes Balears.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera<A[consejera|consellera]> de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Palma, 19 de febrero 2019

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí