Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 1518
Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros por la cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para escolarizar de manera inmediata 7 alumnos del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405), las cuales modifican los conciertos educativos del CCEE Gaspar Hauser y del CCEE Princesa de Asturias (código 07006469)
Antecedentes
1. El 15 de febrero de 2019, la Asociación de Padres de Niños Autistas de Baleares (APNAB), entidad titular del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405), remitió un escrito a la Consejería de Educación y Universidad mediante el cual solicitaba, por graves problemas económicos y de gestión:
- Que la Consejería de Educación y Universidad autorice el cese voluntario de la actividad del centro y la extinción del concierto educativo.
- Que se inicien las gestiones oportunas con la Consejería de Educación y Universidad para acordar los efectos de la extinción del concierto y el momento en que se tiene que producir.
2. La Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 18 de febrero de 2019 por la cual se ordena el inicio del procedimiento para la extinción del concierto educativo de régimen general subscrito con el CCEE Gaspar Hauser (código 07008405) para la prestación del servicio público de la educación a partir del curso 2017-2018, establece que el órgano encargado de la tramitación del procedimiento y de la adopción de las medidas cautelares necesarias para garantizar la escolarización del alumnado del CCEE Gaspar Hauser es el director general de Planificación, Ordenación y Centros.
3. El 15 de febrero de 2019, APNAB presentó otro escrito mediante el cual comunicaba que la empresa suministradora de energía cortará el suministro eléctrico al edificio del centro (c/ Josep Villalonga, 79, de Palma) a partir del 19 de febrero de 2019 y que por este motivo no se podrá continuar proporcionando servicio educativo a los 7 alumnos escolarizados en las unidades emplazadas en este edificio.
4. Actualmente en el centro de la c/ Josep Villalonga se atienden a 7 alumnos, 4 de educación especial básica (EEB) y 3 de transición a la vida adulta (TVA).
5. Este hecho hace necesario que la Consejería de Educación y Universidad tenga que adoptar las medidas cautelares urgentes y extraordinarias para poder escolarizar de manera inmediata los 7 alumnos afectados.
6. A este efecto, el 15 de febrero de 2019, la Jefa del Departamento de Planificación y Centros solicitó al Jefe del Departamento de Inspección Educativa un informe sobre la propuesta de escolarización de los alumnos afectados.
7. El 15 de febrero de 2019, el Departamento de Inspección Educativa emitió el informe sobre la necesidad de cambio extraordinario de escolarización de los alumnos específicos del centro concertado de educación especial Gaspar Hauser.
Este informe propone proceder al cambio extraordinario de escolarización de los alumnos del CCEE Gaspar Hauser que están en el edificio del centro de la calle Josep Villalonga, 79, de Palma, al CCEE Princesa de Asturias (código 07006469) de Marratxí, previa información a sus familias.
El Servicio de Atención a la Diversidad ha informado a las familias de los alumnos afectados.
El informe indica que los 3 alumnos de TVA y 1 alumno de EEB se tienen que escolarizar en las aulas que el CCEE Princesa de Asturias tiene en funcionamiento, por haber plazas vacantes. Además el Servicio de Atención a la Diversidad ha valorado que los 3 alumnos restantes de EEB se tienen que escolarizar en 1 aula específica de nueva creación en el CCEE Princesa de Asturias, a causa de su gran afectación y a las necesidades de apoyos externos, intensos e individualizados.
8. El 18 de febrero de 2019, la Asociación Síndrome de Down de Baleares (ASNIMO), entidad titular del CCEE Princesa de Asturias (código 07006469), ha presentado un escrito a la Consejería de Educación y Universidad mediante el cual informa:
- Que conscientes de la situación por la que atraviesa el centro Gaspar Hauser y, como entidad titular del CCEE Princesa de Asturias, se ofrece para dar respuesta educativa a los alumnos actualmente escolarizados en el centro específico Gaspar Hauser.
- Que el CCEE Princesa de Asturias dispone de aulas autorizadas y espacios adecuados que pueden ofrecer la posibilidad de escolarizar a todos estos alumnos.
- Que esta solución permitirá que los alumnos con trastorno del espectro autista del CCEE Gaspar Hauser no tengan que interrumpir sus actividades ni su escolarización obligatoria.
9. La resolución definitiva del Consejero de Educación y Universidad de 13 de noviembre de 2018 sobre el establecimiento, el mantenimiento o la modificación de los conciertos educativos para el curso escolar 2018-2019 (BOIB núm. 143, de 15 de noviembre) establece las unidades concertadas siguientes para el CCEE Gaspar Hauser:
Educación Especial Infantil |
Educación Especial Básica |
Transición a la Vida Adulta |
|||||||||
EEI ad |
EEI at |
EEI pl |
EEI ps |
EEB ad |
EEB at |
EEB pl |
EEB ps |
TVA ad |
TVA at |
TVA pl |
TVA ps |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
13 |
0 |
0 |
0 |
3 |
0 |
0 |
10. La resolución definitiva del Consejero de Educación y Universidad de 13 de noviembre de 2018 sobre el establecimiento, el mantenimiento o la modificación de los conciertos educativos para el curso escolar 2018-2019 (BOIB núm. 143, de 15 de noviembre) establece las unidades concertadas siguientes para el CCEE Princesa de Asturias:
Educación Especial Infantil |
Educación Especial Básica |
Transición a la Vida Adulta |
|||||||||
EEI ad |
EEI at |
EEI pl |
EEI ps |
EEB ad |
EEB at |
EEB pl |
EEB ps |
TVA ad |
TVA at |
TVA pl |
TVA ps |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
4 |
1 |
1 |
0 |
1 |
0 |
1 |
11. El artículo 46 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos establece que las variaciones que puedan producirse en los centros por la alteración del número de unidades o por otras circunstancias individualizadas darán lugar a la modificación del concierto educativo siempre que estas variaciones no afecten a los requisitos que originaron su aprobación.
12. Como ya se ha citado en el séptimo punto, el informe del Departamento de Inspección Educativa de 15 de febrero de 2019 concluye la necesidad de que tres alumnos del centro se tengan que escolarizar en 1 aula específica en el CCEE Princesa de Asturias, a causa de su gran afectación y de las necesidades de apoyos externos, intensos e individualizados que requieren. Esta aula del CCEE Princesa de Asturias ya tiene la correspondiente autorización y se tiene que poner en funcionamiento.
Por esto, al efecto de garantizar la escolarización adecuada y en régimen de gratuidad de estos tres alumnos se hace necesario modificar hasta finales del curso del curso 2018-19 las unidades de EEB at que el CCEE Princesa de Asturias tiene concertadas para el cursos 2018-2019 y autorizar el concierto de 1 unidad más de EEB at, es decir, autorizar que el centro pase a tener 5 unidades concertadas de EEB at a partir del 19 de febrero de 2019 (fecha en la que los tres alumnos pasarán a estar escolarizados en el centro).
Fundamentos de derecho
1. Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (LODE).
2. Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de les Illes Balears.
5. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de les Illes Balears.
6. Real decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, modificado por el Real decreto 139/1989, de 10 de febrero, que aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos.
7. Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el cual se establecen los preceptos que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar las actuaciones necesarias para que los alumnos escolarizados en las unidades situadas en el edificio de la C/ Josep Villalonga, 79, de Palma del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405) pasen a estar escolarizados en el CCEE Princesa de Asturias (código 07006469) de Marratxí a partir del día 19 de febrero de 2019.
2. Autorizar la modificación de oficio del concierto de régimen general subscrito con el CCEE Gaspar Hauser del término municipal de Palma para la prestación del servicio público de la educación a partir del curso 2017-2018.
3. Establecer que a partir del 19 de febrero de 2019 y hasta la fecha de extinción del concierto que está en proceso de tramitación, el CCEE Gaspar Hauser tenga concertadas las unidades siguientes por niveles educativos:
Educación Especial Infantil |
Educación Especial Básica |
Transición a la Vida Adulta |
|||||||||
EEI ad |
EEI at |
EEI pl |
EEI ps |
EEB ad |
EEB at |
EEB pl |
EEB ps |
TVA ad |
TVA at |
TVA pl |
TVA ps |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
9 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
4. Autorizar la modificación de oficio del concierto de régimen general subscrito con el CCEE Princesa de Asturias (código 07006469) de Marratxí para la prestación del servicio público de la educación a partir del curso 2017-2018.
5. Establecer que a partir del 19 de febrero de 2019 y hasta la finalización del curso 2018-19, el CCEE Princesa de Asturias (código 07006469) tenga concertadas las unidades siguientes por niveles educativos:
Educación Especial Infantil |
Educación Especial Básica |
Transición a la Vida Adulta |
|||||||||
EEI ad |
EEI at |
EEI pl |
EEI ps |
EEB ad |
EEB at |
EEB pl |
EEB ps |
TVA ad |
TVA at |
TVA pl |
TVA ps |
0 |
1 |
0 |
0 |
0 |
5 |
1 |
1 |
0 |
1 |
0 |
1 |
6. Notificar esta Resolución a la entidad titular del CCEE Gaspar Hauser (código 07008405).
7. Notificar esta Resolución a la entidad titular del CCEE Princesa de Asturias (código 07006469).
8. Notificar esta Resolución al Departamento de Gestión Económica para que lo tengan en cuenta a efectos de gastos de funcionamiento y de personal complementario de los dos centres.
9. Notificar esta Resolución al Departamento de Centros Concertados para que lo tengan en cuenta a efectos del pago de la nómina delegada de los dos centros.
10. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB)
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
Palma, 18 de febrero de 2019
El Director General de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Milla