Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE CIUTADELLA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA
Núm. 1478
Ejecución de títulos judiciales 9 /2019
Dª. JUDIT GARCÍA DÍEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:
Que en este Juzgado se ha dictado AUTO en el procedimiento que luego se dirá que adaptado a la instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos en Diarios y Boletines Oficiales y protección de datos dice:
RESOLUCIÓN: AUTO DESPACHANDO EJECUCIÓN, de fecha 13/02/19.
PROCEDIMIENTO: ETJ 9/19
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 de CIUTADELLA DE MENORCA
PERSONA A QUIEN SE NOTIFICA: D. MATEO DOMINGUEZ RIVERO
PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSO: TRES días hábiles desde la fecha de su notificación ante este Juzgado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. MATEO DOMINGUEZ RIVERO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de les ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
En CIUTADELLA DE MENORCA, a trece de febrero de dos mil diecinueve.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.