Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 1436
Ejecución Sentencia 876 de 21.09.2001 del TSJIB y en consecuencia Aprobación Inicial Modif. núm. 7 NNSS de Sant Josep de sa Talaia
El Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2019 adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:
“Expediente 7038/2018. Ejecución Sentencia 876 de 21.09.2001 del TSJIB y en consecuencia Aprobación Inicial Modif. núm. 7 NNSS.
A continuación se somete la Propuesta a votación y por 15 votos a favor (9 del PSOE, 4 de GUANYEM y 2 de AL-IN) y 6 abstenciones del GPM, es decir por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, se ACUERDA:
1º.- Continuar con los trámites de la ejecución de la Sentencia 876 dictada el 21.09.2001 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y en consecuencia APROBAR INICIALMENTE la modificación puntual núm. 7 de las Normas Subsidiarias de Sant Josep de sa Talaia.
2º.- SOMETER EL EXPEDIENTE A INFORMACIÓN PÚBLICA, por el plazo de 45 días si el instrumento comporta evaluación ambiental estratégica ordinaria y de 30 días para el caso de que no lo comporte constando la documentación completa que integra el instrumento, mediante publicación del acuerdo de aprobación inicial en el BOIB, en uno de los diarios de mayor circulación de la isla de Eivissa y en la sede electrónica del Ayuntamiento para que pueda ser examinado y presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, todo esto, según dispone el art. 55 de la LUIB.
La publicación del anuncio de información pública, tanto en el diario como en el Boletín Oficial de las Illes Balears, hará constar de manera clara el localizador uniforme de recursos de la sede electrónica para acceder al documento.
Durante el plazo de información pública se solicitará informe de las administraciones o los entes las competencias de los cuales puedan verse afectadas
A la vista del resultado de la información pública, de los informes emitidos y de la tramitación ambiental, se introducirán las modificaciones que procedan, sometiéndose a una nueva información pública si estas fuesen sustanciales. Si no lo fuesen, o una vez resuelto el nuevo trámite de información pública, se solicitará la emisión de los informes previos preceptivos, en su caso, y una vez introducidas las modificaciones se aprobará provisionalmente.
Una vez aprobado provisionalmente, remitir el expediente completo al Consejo Insular para que haga, en su caso, la aprobación definitiva.”
El localizador uniforme de recursos (URL) de la sede electrónica para acceder al expediente será https://santjosep.sedelectronica.es/board
Lo que se publica para general conocimiento.
Sant Josep de sa Talaia, 18 de febrero de 2019
El Alcalde,
Josep Marí Ribas