Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 1350
Aprobación de la convocatoria y de las bases para adjudicar las parcelas destinadas a huertos ecológicos urbanos del municipio de Son Servera para el año 2019
La Alcaldía del Ayuntamiento de Son Servera, mediante el Decreto 2019-0143 de 5 de febrero, modificado por el Decreto 2019-0156 de 6 de noviembre, ha resuelto aprobar la convocatoria y las bases reguladoras de la convocatoria pública de concesión de autorizaciones de ocupación de huertos ecológicos urbanos del municipio de Son Servera para el año 2019. Estas bases reguladoras son las que se transcriben literalmente:
“BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE LA ADJUDICACIÓN DE LES PARCELAS DE LOS HUERTOS ECOLÓGICOS URBANOS DE SON SERVERA (CONVOCATORIA 2019)
1. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de estas bases es convocar públicamente la selección de las personas y asociaciones interesadas en la adjudicación de los huertos ecológicos urbanos habilitados por el Ayuntamiento de Son Servera en Cala Millor, concretamente en la Calle Llorer número 6.
Esta convocatoria se rige por el Reglamento regulador del régimen de uso de los huertos ecológicos urbanos del municipio de Son Servera (publicado en el BOIB núm. 24, de 25 de febrero de 2017 y modificado en el BOIB núm. 51, de 29 de abril de 2017).
2. DESTINATARIOS Y REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Pueden participar en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Personas físicas:
Tener como mínimo 18 años.
Estar empadronado en el municipio de Son Servera, como mínimo durante 1 año antes de la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud de adjudicación.
Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones atribuidas al huerto urbano.
Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
b) Personas Jurídicas:
Ser asociaciones el objeto social de les cuales incluya actividades divulgativas, formativas o de sensibilización y siempre que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
Estar inscritas en el Registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Son Servera.
Tener el domicilio social o sede social en el término municipal de Son Servera.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
Serán causas de exclusión del procedimiento de selección:
a) Haber estado privado del uso privativo para el cultivo de huertos urbanos en cualquier municipio con resolución administrativa firme.
b) Disponer a la fecha de finalización de la solicitud del uso de otro huerto municipal.
c) Personas físicas empadronadas con alguna persona a la cual se le haya adjudicado el uso de un huerto urbano en el Término Municipal de Son Servera para el mismo ejercicio.
3. SOLICITUDES
Las personas y asociaciones interesadas tienen que presentar una solicitud de licencia de uso privativo de los huertos urbanos según el modelo del ANEXO 1, para personas físicas, y ANEXO 2, para personas jurídicas.
El plazo para presentar solicitudes es de 15 días naturales a partir de la publicación de estas bases en el BOIB.
Les solicitudes, una vez rellenadas, tienen que presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Son Servera o bien mediante cualquiera de los medios establecidos por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, acompañadas de la siguiente documentación:
1) Personas físicas:
a. Fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no ser persona española, del documento acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
b. Declaración jurada de tener les capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones derivadas del huerto urbano, según ANEXO 3 de la presente convocatoria.
c. Informe de los Servicios Sociales que acrediten el grado de necesidad de la persona, si es necesario.
2) Persones jurídicas:
a. Original o copia compulsada de los Estatutos de la persona jurídica.
b. Fotocopia del CIF de la entidad.
c. Relación de las personas que hayan de desarrollar el proyecto en nombre de la asociación o entidad, haciendo declaración que cumplen con todos los requisitos del apartado 2 de esta convocatoria.
Solo se admite una solicitud por persona solicitante y, por tanto, solo podrá resultar beneficiaria de una única parcela. No obstante, las personas físicas adjudicatarias pueden disponer del soporte de hasta un máximo de dos (2) personas acompañantes, previa comunicación al Ayuntamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4. del reglamento de huertos urbanos de Son Servera.
4. ADMISIÓN DE LAS PERSONAS SOLICITANTES
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y la comprobación que se cumplan los requisitos, se elaborará una lista provisional de personas admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión.
Se otorgará un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para poder presentar alegaciones.
Una vez finalizado este plazo, el Ayuntamiento dictará una resolución, en el plazo máximo de 10 días hábiles, con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y determinará el día, la hora y el lugar de realización del sorteo de selección en el caso que las solicitudes superen las parcelas disponibles. Esta resolución tiene que hacerse pública en los mismos lugares indicados para la resolución provisional.
En caso que no se presenten reclamaciones, la lista provisional quedará elevada a definitiva de forma automática.
5. CARACTERÍSTICAS DE LAS PARCELAS
En esta convocatoria se habilitan 19 parcelas, cada una con una superficie de 24 m² (8 metros de longitud y 3 metros de amplitud) en el siguiente emplazamiento:
Huertos urbanos, delante de la Policía Local de Son Servera
Cala Millor - Calle Llorer núm. 6
07550 – Son Servera
Referencia catastral núm. 2741916ED3824S0001HZ.
Cada parcela dispondrá de un contador individual instalado por el Ayuntamiento y el sistema de riego será mediante manguera exudante o por goteo.
La persona adjudicataria dispone, por tiempo limitado, del usufructo de la parcela de cultivo que se le asigne y de las instalaciones accesorias.
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Si hay parcelas suficientes para atender a todas las solicitudes de las personas admitidas, se adjudicará, mediante Decreto, una parcela a cada una de les personas admitidas.
Cuando el nombre de personas admitidas sea mayor que el de parcelas disponibles, se seguirá el procedimiento siguiente:
6.1. Adjudicación de parcelas destinadas a particulares.
De las parcelas destinadas a personas físicas, se reservará un 50% para las personas que formen parte de familias con necesidades y que lo acrediten mediante un informe del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento. Si las solicitudes que cumplen el anterior criterio son superiores a las parcelas ofertadas, se adjudicarán mediante sorteo. Una vez adjudicadas las parcelas reservadas a personas derivadas de Servicios Sociales, se adjudicarán las parcelas restantes. Se tienen que tener en consideración todas las personas admitidas y que no hayan resultado adjudicatarias de las parcelas mencionadas en el punto anterior. En caso que aun haya más solicitudes que parcelas disponibles, se adjudicaran igualmente por sorteo.
6.2. Adjudicación de las parcelas destinadas a personas jurídicas.
Se tiene que adjudicar una parcela a cada una de las solicitudes admitidas, siempre que el número de solicitudes no supere el número de parcelas disponibles. Si hay más solicitudes que parcelas disponibles, se adjudicarán por sorteo.
Si es necesario, de acuerdo con el que prevé el punto anterior, se hará un sorteo público para adjudicar las parcelas disponibles a las personas físicas y jurídicas admitidas, ante la secretaria del Ayuntamiento y el regidor responsable. La fecha, hora y lugar del sorteo se tienen que comunicar a todas las personas admitidas mediante correo electrónico, por vía telefónica y mediante una publicación en la página web del Ayuntamiento Son Servera.
En el sorteo se tienen que extraer todas las papeletas y la orden de extracción tiene que determinar el orden de prelación de las personas aspirantes. Del sorteo, tienen que salir dos listas que el Ayuntamiento de Son Servera pondrá a disposición de los ciudadanos, una para personas físicas y otra para personas jurídicas.
Una vez realizado el sorteo, el Ayuntamiento tiene que dictar resolución de adjudicación de las licencias de uso privativo de dominio público para el cultivo de los huertos urbanos del término municipal de Son Servera, de acuerdo con la orden de prelación derivada del sorteo público y del número de parcelas habilitadas para cada convocatoria.
7. LICENCIA DE USO Y ACCESO A LOS HUERTOS
La adjudicación del uso privativo de las parcelas de cultivo de los huertos se otorga por un periodo de un (1) año. La licencia se puede prorrogar por un periodo de un (1) año más, hasta llegar a un máximo total de tres (3) años, salvo que antes de este plazo tenga lugar la renuncia o la revocación de la licencia. En caso de dejar la parcela sin faenar más de cuatro (4) meses, ésta quedará libre y podrá ser adjudicada nuevamente.
El acceso a los huertos queda restringido al personal municipal autorizado y a las personas adjudicatarias. Las personas físicas pueden disponer, comunicando al Ayuntamiento, del apoyo de terceras personas por un plazo máximo consecutivo de 3 meses. El Ayuntamiento tiene que emitir una autorización provisional de acceso a la persona designada por la persona.
Tanto las personas adjudicatarias como las autorizadas por imposibilidad justificada de la persona adjudicataria, pueden introducir en el recinto hasta un máximo de 2 personas acompañantes.
Las personas y asociaciones titulares de las licencias podrán acceder a los huertos urbanos dentro del horario de apertura que se fije.
8. VACANTES Y VIGENCIA DE LAS LISTAS DE ESPERA
Las personas admitidas que no hayan estado adjudicatarias de ningún huerto tienen que formar parte de una lista de personas suplentes, según el lugar en que hayan quedado en el sorteo. En esta lista se tienen que añadir, por orden cronológico, aquellas personas que posteriormente presenten solicitudes que manifiesten que están interesadas en la adjudicación de una parcela.
Cuando haya un huerto vacante, se tiene que ofrecer de acuerdo con el orden estricto de prelación de la lista de espera correspondiente al huerto y al tipo de persona solicitante. La notificación se tiene que formalizar por medio de correo electrónico o por vía telefónica.
Si la persona solicitante a quien se ofrece el cultivo de un huerto no manifiesta su conformidad en el plazo de tres días, se entenderá que renuncia al cultivo del huerto urbano y se le excluirá de la adjudicación, aunque podrá continuar dentro de la lista de espera.
9. CADUCIDAD Y REVOCACIÓN DE LA LICENCIA
1. La licencia de uso privativo caduca por los siguientes motivos:
a) Por vencimiento del plazo final.
b) Por renuncia de la persona titular de la licencia antes del vencimiento del plazo.
c) Por muerte o incapacidad sobrevenida de la persona adjudicataria.
d) Por voluntad unilateral del Ayuntamiento de Son Servera.
2. La licencia de uso privativo puede ser revocada por los motivos siguientes:
a) Por pérdida de las condiciones de acceso, de acuerdo con el artículo 11 del reglamento de huertos urbanos de Son Servera.
b) Por tener que disponer de les parcelas para obras, servicios o instalaciones de la Administración, o para llevar a cabo las actuaciones previstas en el planeamiento urbanístico municipal.
c) Por haber cesado en el cultivo de la parcela de cultivo adjudicada durante más de 4 meses, sin comunicación expresa y motivada al Ayuntamiento.
d) Por haber cometido una infracción muy grave prevista en el reglamento de huertos urbanos de Son Servera.
e) Por incumplimiento reiterado de les instrucciones exigidas por el Ayuntamiento o cualquier normativa de aplicación, aunque no se haya sancionado.
10. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del reglamento de huertos urbanos de Son Servera las personas que disponen de una licencia de uso privativo tienen derecho a cultivar dentro de la parcela adjudicada.
Lea personas adjudicatarias están obligadas a:
a) Asumir los gastos generados por la conservación y el mantenimiento de la parcela adjudicada.
b) Avisar inmediatamente al Ayuntamiento de Son Servera si detectan cualquier daño o desperfecto en la parcela o en sus instalaciones.
c) Las obras y las reparaciones de renovación o reposición de la parte exterior de la parcela, del espacio o de sus elementos debido al envejecimiento o a otras causas en las que no se perciba daño o negligencia por parte de la persona adjudicataria o de la persona ayudante o acompañante, serán a cargo del Ayuntamiento de Son Servera. En caso contrario, serán a cargo de la persona adjudicataria.
d) Mantener limpios y en perfecto estado de conservación las herramientas y los enseres necesarios para el cultivo que sean propiedad del Ayuntamiento. Se podrá requerir que se compensen los desperfectos.
e) Mantener el entorno de las parcelas en perfecto estado, limpios y libres de todo tipo de hierbas o residuos.
f) Cumplir las ordenanzas municipales y el resto de normativa vigente que les pueda afectar.
g) Responder de los daños por robos, actos vandálicos y otros, así como de cualquier responsabilidad en caso de accidente personal.
h) Hacerse cargo de las indemnizaciones económicas y de las reparaciones que se generen derivadas de los daños causados al huerto y a las correspondientes instalaciones.
i) Comunicar al Ayuntamiento los datos de la persona que ayude o acompañe y responder solidariamente delante del Ayuntamiento por sus actos.
j) Facilitar la entrada puntual a los huertos del personal municipal y de las personas autorizadas a este efecto, y colaborar en la resolución de todas las cuestiones que se planteen.
k) Resto de obligaciones que se deriven de las bases de la correspondiente convocatoria o de las instrucciones fijadas por el Ayuntamiento de Son Servera.
De acuerdo con el artículo 22 del reglamento de huertos urbanos de Son Servera, no se permite a les personas adjudicatarias:
a) Cultivar ninguna especie que no sea para el consumo humano, excepto flores y plantas aromáticas. No se permite plantar árboles o arbustos.
b) Cultivar plantas degradantes del suelo ni plantas psicotrópicas.
c) Aplicar productos fitosanitarios de síntesis para el control de plagas o enfermedades. Solo se pueden aplicar los productos autorizados en agricultura ecológica.
d) Aplicar abonos de síntesis. Solo se pueden utilizar los productos autorizados en agricultura ecológica.
e) La sustracción o el daño a productos o plantas obtenidos en el cultivo por parte de las personas adjudicatarias de otras parcelas.
f) Hacer alguna clase de obra, lo que incluye la prohibición de hacer algún tipo de nueva valla o separación (mediante muros, cañas, maderas, plásticos, uralitas, etc.), barbacoas, invernaderos, pozos, mesas fijas o bancos, como también la modificación interior o exterior de la caseta, si hay, o la construcción o instalación de nuevos elementos o modificación de los existentes.
g) Tener y criar cualquier tipo de animal o ganado y construir casetas o jaulas destinadas a éstas.
h) Cazar, talar árboles ya existentes en el huerto o realizar cualquier otra actividad que pueda causar daño a la fauna o a la flora que pueda haber en el huerto.
i) Acumular o abandonar cualquier material o residuo, dentro o fuera del huerto, y aportar cualquier tipo de objeto ajeno a la función del huerto susceptible de alterar la estética del lugar; y utilizar la parcela como depósito o almacén de materiales.
j) Alterar los caminos y las conducciones de riego del huerto adjudicado.
k) Mover los jalones y vallas que delimiten cada parcela.
l) Realizar un cultivo que pueda invadir las parcelas adyacentes.
m) Dejar el huerto sin trabajar. En caso de imposibilidad temporal, que no se puede alargar más de 4 meses, la persona usuaria tendrá que comunicar de manera motivada esta circunstancia al Ayuntamiento.
n) Circular por el interior del huerto con vehículos de motor.
o) Estacionar automóviles en el interior del huerto.
p) No respectar las normas básicas de convivencia ni estética del huerto; mantener una conducta insolidaria o hacer un gasto excesivo de agua.
q) Cualquier otro uso no previsto anteriormente y que produzca molestias o malos olores, limite el uso y el goce del resto de parcelas o afecte el entorno del lugar.
ANEXO 1
(Modelo de solicitud para personas físicas)
SOLICITUD PARA LA ASSIGNACIÓN A PERSONAS FÍSICAS DEL USO PRIVATIVO DE LOS HUERTOS URBANOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SON SERVERA.
Nombre y apellidos:
DNI/NIE/pasaporte/tarjeta de residencia:
Fecha de nacimiento:
Lugar de nacimiento:
Dirección:
Código postal:
Municipio:
Teléfonos fijo y móvil:
Dirección electrónica:
EXPONGO:
Que me he enterado de la puesta en marcha de la convocatoria de los procesos de asignación del uso privativo de huertos urbanos en el término municipal de Son Servera y de las bases que la regulan, las cuales acepto íntegramente, y que cumplo los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria.
SOLICITO:
Ser admitido en el proceso de adjudicación mencionado, así como la asignación del uso privativo de una parcela de cultivo del huerto urbano de:
CALA MILLOR
Documentos adjuntos:
( ) Fotocopia del DNI o, en el caso de no ser español o española, del documento acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
( ) Declaración jurada de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones derivadas del huerto urbano.
( ) Informe de los Servicios Sociales en el caso de optar a parcelas reservadas expresamente, si es el caso.
Motivación: (indique por qué quiere cultivar un huerto urbano)
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.........................................................................................................................................................
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Firma:
Son Servera,.......... de ....................... de 201... .
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
ANEXO 2
(Modelo de solicitud para asociaciones)
SOLICITUD PARA LA ASSIGNACIÓN A PERSONAS JURÍDICAS DEL USO PRIVATIVO DE LOS HUERTOS URBANOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SON SERVERA.
Nombre y apellidos:
DNI de la persona representante:
Nombre de la persona representante:
Dirección social:
Código postal:
Municipio:
Teléfono fijo y móvil:
Dirección electrónica:
CIF de la asociación:
EXPONGO:
Que me he enterado de la puesta en marcha de la convocatoria del proceso de asignación del uso privativo de huertos urbanos de Son Servera y de las bases que la regulan, las cuales acepto íntegramente, y que la entidad o asociación que represento cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiaria.
SOLICITO:
Que se admita la entidad o asociación que represento en el proceso de adjudicación mencionado y en la asignación del uso privativo de una parcela de cultivo en el huerto urbano de:
CALA MILLOR
Documentos adjuntos:
( ) Fotocopia del DNI o, en el caso de no ser español o española, del documento acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
( ) Original o copia compulsada de los estatutos de la persona jurídica.
( ) CIF de la persona jurídica.
( ) Última acta de nombramiento de la representación y/o capacitación de obrar o el certificado de nombramiento o cualquier otro documento acreditativo de la persona que tenga poderes suficientes para representar y actuar en nombre de la sociedad.
( ) Certificado de inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas.
( ) Relación de las personas que hayan de desarrollar el proyecto en nombre de la asociación, con la declaración que cumplan todos los requisitos del apartado 13 de les bases reguladoras.
Motivación: (indique por qué quiere cultivar un huerto urbano)
..........................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................
Firma:
Son Servera,.......... de ....................... de 201... .
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
ANEXO 3
DECLARACIÓN JURADA
........................................................................................................................................................., con DNI núm. .........................................................., con domicilio en ..................................núm. ........................... de ............................................., CP ....................................., con teléfono .................................... y dirección electrónica .................................................................
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que reúno las capacidades y las aptitudes físicas y psíquicas necesarias para ejercer las funciones derivadas del huerto urbano.
Que no incurro en ninguna de las causas de exclusión indicadas en las bases de la convocatoria.
Y para que conste, firmo esta declaración.
Firma:
Son Servera,.......... de ....................... de 201... .
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA”