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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 1339
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica y se reabre el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 28 de mayo de 2018, por la que se convocan ayudas de minimis para el año 2018 para inversiones en los mataderos

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Texto

En fecha 31 de mayo de 2018 se publicó en el BOIB núm. 67 la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 28 de mayo de 2018, por la que se convocan ayudas de minimis para el año 2018 para inversiones en los mataderos. Modificada por la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 10 de diciembre de 2018 (BOIB núm. 156 de 13/12/2018).

Una vez publicada, y en tramitación la gestión, consideramos necesario racionalizar y agilizar los procedimientos administrativos, por lo que se considera necesario modificar la resolución.

Por otra parte, dado que esta modificación puede afectar al principio de concurrencia, se considera conveniente reabrir el plazo de presentación de solicitudes.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se modifica el punto 2 del apartado quinto de la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 28 de mayo de 2018, por la que se convocan ayudas de minimis para el año 2018 para inversiones en los mataderos, publicada en el BOIB núm. 67, de 31 de mayo de 2018, modificada por la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 10 de diciembre de 2018 (BOIB núm. 156 de 13/12/2018), en el siguiente sentido:

“2. El importe máximo de la ayuda se calculará conforme a los siguientes puntos:

2.1. Se fija un límite máximo para la suma de las actuaciones señaladas en el punto 1.a y 1.b del apartado cuarto para cada beneficiario por los siguientes conceptos:

a) Cabezas de bovino o equino sacrificadas en el año 2017: 4,00 €/u.

b) Cabezas de ratites sacrificadas en el año 2017: 0,75 €/u.

c) Cabezas de porcino sacrificadas en el año 2017: 1,00 €/u.

d) Cabezas de ovino o caprino sacrificadas en el año 2017: 0,50 €/u.

e) Cabezas de lagomorfos sacrificadas en el año 2017: 0,05 €/u.

f) Cabezas de aves de corral sacrificadas en el año 2017: 0,002 €/u.

2.2. El límite previsto en el punto 2.1 anterior no será de aplicación cuando la ayuda solicitada sea inferior a 10.000,00 €”.

Segundo

Se reabre el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto 1 del apartado sexto de la Resolución del presidente del FOGAIBA, de 8 de mayo de 2018, publicada en el BOIB núm. 67, de 31 de mayo de 2018, por un periodo de siete días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOIB.

 

Tercero

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar, junto con la corrección del extracto publicado, en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 15 de febrero de 2019

El presidente del FOGAIBA Vicenç Vidal Matas