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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1234
Resolución de la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado y del director general de Innovación y Comunidad Educativa de 11 de febrero de 2019 por la que se convoca a los centros educativos a participar en las acciones formativas en reanimación cardiopulmonar básica (RCP) y manejo de desfibriladores automáticos (DEA) para el curso 2018-2019

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Texto

Antecedentes

1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en el artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación del profesorado.

2. El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece en el artículo 9 que los centros de profesorado tienen que promover el desarrollo profesional del profesorado por medio de la dinamización de la formación permanente, contextualizada en la práctica profesional.

3. El Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020, aprobado por medio de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 16 de marzo de 2016, establece en el apartado 6.7 la formación para la actualización científica y didáctica de colectivos específicos para mejorar la construcción del aprendizaje a partir de la práctica, los nuevos conocimientos científico-técnicos y la conexión entre el entorno educativo y la realidad productiva del empleo como una de las ocho líneas estratégicas de la formación del profesorado para el cuadrienio 2016-2020.

4. El Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece en el artículo 2.4 que la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado es competente en materia de formación permanente del profesorado.

5. Según lo que establece el Acuerdo de desarrollo de programas de educación para la salud en los centros educativos, aprobado por el Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2002 (BOIB nº 78, de 29 de junio), la actual Consejería de Salud y la Consejería de Educación y Universidad tienen que desarrollar programas de educación para la salud a todos los centros educativos de las Illes Balears.

6. El Programa Alerta Escolar Balear, iniciado mediante un convenio de colaboración el 4 de junio de 2014 entre la Consejería de Educación, Cultura y Universidad y el Servicio de Salud, con el cual se forman docentes y auxiliares técnicos educativos en la actuación de emergencia ante las cinco patologías que aborda (cardiopatía congénita; crisis epiléptica; crisis asmática grave; alergia alimenticia, en el látex o en picaduras que pueden provocar anafilaxis, y diabetes).

7. El año 2015 se creó la Subcomisión de Atención en Salud en los Centros Educativos, que depende de la Comisión Técnica de Promoción y Educación para la Salud en los Centros Educativos, y el año 2017 se publicó el Protocolo de comunicación atención de los niños y jóvenes con problemas de salud crónicos en los centros educativos; con esta colaboración entre Consejería de Salud y la Consejería de Educación y Universidad se ha contribuido a la escolarización normalizada de los niños y de los jóvenes con problemas de salud y, también, a la coordinación de los agentes de salud, de educación y de las familias para atender las necesidades derivadas de situaciones de riesgo.

8. La Consejería de Salud y de la Consejería de Educación y Universidad tienen un interés común que los niños de las Illes Balears diagnosticados de patologías crónicas (como cardiopatías congénitas, que pueden suponer un riesgo vital en un momento dado) puedan disfrutar de una escolarización normalizada y a garantizar la integridad y seguridad física.

Por todo eso, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar la convocatoria de formación en reanimación cardiopulmonar básica y manejo de desfibriladores para los docentes de centros educativos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera que dispongan de desfibrilador en el centro escolar el curso 2018-2019.

Segundo

Establecer los requisitos para acceder a la formación, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, la descripción de la actividad de formación en el anexo 2 y el modelo de solicitud de participación de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, que figura en el anexo 3.

Tercero

Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y establecer que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que no agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de publicarse, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y lo que se establece en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 11 de febrero de 2019

La directora general de Formación  Profesional y Formación del Profesorado Maria F. Alorda Vilarrubias

El director general de Innovación y Comunidad Educativa Jaume Ribas Seguí

 

ANEXO 1 Convocatoria de formación, en la modalidad de formación por ámbitos, para centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears en reanimación cardiopulmonar básica (RCP) y manejo de desfibriladores automáticos (DEA) para el curso 2018-2019

Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación

1. Esta convocatoria concreta los aspectos necesarios para solicitar la participación en la formación, en la modalidad de formación por ámbitos, en reanimación cardiopulmonar (RCP) y uso de desfibriladores (DEA).

2. Pueden participar en esta convocatoria los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera y que dispongan de desfibrilador en el centro escolar el curso 2018-2019.

3. La actividad formativa propuesta tiene el objetivo de formar a los docentes en RCP básica y uso de DEA, con la finalidad de conseguir un grado suficiente de conocimientos que les permita llevar a cabo las actuaciones necesarias en caso de emergencia.

Artículo 2

Objetivos de la actividad formativa

Los objetivos de la formación en RCP y uso de DEA son:

a) Adquirir conocimientos sobre las cardiopatías congénitas.

b) Diferenciar qué cardiopatías tienen riesgo de muerte repentina.

c) Desarrollar la destreza suficiente para llevar a cabo las maniobras de reanimación   cardiopulmonar.

d) Conocer el uso del desfibrilador automático.

 

Artículo 3

Destinatarios

Pueden participar en esta convocatoria los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears que cuenten con desfibrilador dentro del centro escolar durante el curso 2018-2019.

Artículo 4

Aspectos organizativos

1. Por parte de la Consejería de Educación y Universidad:

a) Seleccionar los centros participantes a la formación en RCP y uso de desfibriladores.

b) Organizar los grupos de asistencia a la formación presencial y comunicarlo al equipo directivo de los centros participantes.

c) Asesorar y orientar en aspectos técnicos propios de esta convocatoria.

d) Evaluar el proceso y los resultados de la convocatoria.

e) Crear un entorno virtual (Moodle) para compartir materiales y experiencias.

1. Por parte de la Consejería de Salud:

a) Impartir la formación específica del programa, de una duración de 6 horas presenciales y de 2 horas a distancia mediante la plataforma Moodle, para los docentes de los centros que hayan sido admitidos a la actividad formativa.

b) Asesorar y orientar metodológicamente los docentes y los centros.

c) Evaluar el proceso y los resultados de la formación.

2. Los equipos directivos que soliciten participar en la formación se comprometen a:

a) Proponer a los docentes que participarán en la formación: un máximo del 20% de los docentes en los centros que tengan hasta 50 docentes en el claustro y un máximo de un 10% de los docentes en los centros con 51 o más docentes en el claustro.

b) Facilitar la asistencia de los docentes propuestos, y posteriormente seleccionados, a una sesión presencial de 6 horas en horario de 9.00 a 15.00 h en la sede de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 (GAU 061) o el hospital de referencia, según se indique. Habrá once sesiones repartidas entre marzo y mayo, de forma que la asistencia del profesorado se hará de manera gradual.

 

Artículo 5

Solicitud, plazo y lugar de presentación

1. Los centros educativos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera que quieran participar tienen que rellenar una solicitud para participar al proceso de selección siguiendo el modelo que figura en el anexo 3.

2. Se establece hasta el día 27 de febrero de 2019 para presentar la solicitud de participación en la formación.

3. La solicitud de participación en la formación se tiene que presentar al registro de la Consejería de Educación y Universidad o a los establecidos oficialmente en cada isla. Una copia de la solicitud, en la que conste la fecha de entrada en registro, también se tiene que enviar a la dirección electrónica sad@dgice.caib.es dentro del plazo establecido.

Artículo 6

Comisión de Valoración

1. La Comisión de Valoración está compuesta por los miembros siguientes:

a) La jefa del Servicio de Atención a la Diversidad de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa, o persona en quien delegue, que la preside.

b) La cabeza del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, o persona en quien delegue.

c) Un asesor técnico docente del Servicio de Atención a la Diversidad.

d) Un asesor técnico docente del Servicio de Normalización Lingüística y Formación.

La Comisión también puede convocar a las sesiones a otras personas, que, por razones técnicas, estén implicadas en el programa.

2. Son funciones de la Comisión:

a) Examinar las solicitudes presentadas y elaborar un listado con los centros seleccionados.

b) Requerir a los solicitantes para que completen la documentación preceptiva o rectifiquen las deficiencias detectadas en la solicitud.

c) Comprobar que los centros cumplen los requisitos y las obligaciones del programa.

d) Publicar a la página web del Servicio de Atención a la Diversidad el listado provisional de centros seleccionados.

e) Resolver las alegaciones recibidas dentro del plazo establecido y publicar la lista definitiva de centros seleccionados en la web del Servicio de Atención a la Diversidad.

f) Expedir la propuesta de certificación de los docentes participantes que tengan derecho.

 

Artículo 7

Criterios de selección

1. La Comisión de Valoración tiene que seleccionar los centros de entre las solicitudes recibidas.

2. En primer lugar se tienen que seleccionar los centros con desfibrilador y que tienen escolarizados alumnos con diagnóstico de cardiopatía congénita, y según el tipo de prioridad de la cardiopatía: alumnos con cardiopatía de prioridad 1, seguidamente prioridad 2, y prioridad 3.

3. En segundo lugar, el resto de centros que tienen desfibrilador.

4. En caso de coincidencia en los criterios de prioridad de selección se tiene que tener en cuenta la orden de entrada de la solicitud.

5. Los centros interesados pueden formular las alegaciones a la lista de centros seleccionados en un plazo de tres días naturales contadores a partir de la fecha de publicación de la lista provisional.

6. Una vez publicada la lista de centros seleccionados, los docentes propuestos por los equipos directivos en la mesa del anexo 3 se tienen que inscribir de forma individual a la actividad formativa mediante el Portal de Servicios al Personal.

Artículo 8

Finalización del programa

1. Una vez finalizada la formación, los docentes participantes tienen que entregar una actividad de transferencia y aplicabilidad.

2. El plazo de presentación de la actividad es hasta el 16 de junio de 2019.

Artículo 9

Certificación e inscripción al registro de formación

1. El Servicio de Normalización Lingüística y Formación, a propuesta de la Comisión de Valoración, es el encargado de hacer la certificación y la inscripción al registro de formación.

2. Los docentes que hayan asistido a la formación, y hayan entregado la actividad de transferencia, tienen derecho al reconocimiento de ocho horas de formación del profesorado.

 

ANEXO 2 Actividad formativa en reanimación cardiopulmonar básica (RCP) y manejo de desfibriladores automáticos (DEA)

Título: reanimación cardiopulmonar y manejo de desfibriladores automáticos

Línea estratégica: actualización científica, técnica y de colectivos específicos

Modalidad: formación de ámbitos

Área formativa: todas

Destinatarios: todos los niveles

Forma de participación: mixta

Ámbito territorial: autonómico

Lugar: Gerencia de Atención de Urgencias u hospital de referencia según la isla y plataforma Moodle

Temporalización: entre marzo y mayo

Calendario y horario: cada docente tiene que cursar seis horas de formación presencial en horario escolar de 9.00 a 15.00 h y dos horas de formación a distancia mediante la Plataforma Moodle.

 

ANEXO 3 Solicitud de participación en el procedimiento para seleccionar los centros educativos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera para participar en las acciones formativas en reanimación cardiopulmonar básica (RCP) y manejo de desfibriladores automáticos (DEA) para el curso 2018-2019

[Nombre y apellidos] ...................................................................................., director/a del centro ....................................................................., con el código ..............................................................................................................................

Teléfono ..................................................................................................................................................

Dirección electrónica ..................................................................................................................................................................

Número de docentes que forman el claustro ................................................................................................................................

SOLICITO:

La participación del centro en la convocatoria de selección de centros educativos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera para participar en las acciones formativas en RCP y uso de DEA.

Relación de docentes que solicitan participar en la actividad formación

Apellidos y nombre

DNI

Plaza definitiva (sí/no)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Me comprometo a:

  • Proponer un máximo del 20 %/10 % del claustro docente para asistir a la formación de acuerdo con el artículo 4.3 del anexo 1 de esta resolución.
  • Facilitar la asistencia de los docentes propuestos, y posteriormente seleccionados, a una sesión presencial de seis horas en horario de 9.00 a 15.00 h en la sede de la Gerencia de Atención de Urgencias 061 (GAU 061) u hospital de referencia, según se indique.

………………………........ , ……. de febrero de 2019

Rúbrica y sello del centro: