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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1151
Procedimiento ordinario 761/2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª ANA MARIA VALLE BODEGUERO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 5 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario PO 761/2018, donde está acumulado el procedimiento DSP 762/2018, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª PILAR BUSTOS MARTINEZ contra la empresa ITP ARQUITECTURA E INGENIERIA S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por Dña. Pilar Bustos Martínez contra la empresa ITP Arquitectura e Ingeniería S.L. con citación del Fondo de Garantía Salarial en materia de reclamación de cantidad condenando a la empresa demandada a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 13.454,86 €, así como el interés por mora del 10% de lo adeudado que establece el Art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores y cuyo importe asciende a 1.345,48 €.

Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial y sin perjuicio de las eventuales responsabilidades legales que sobre dicho organismo pudieran recaer.

Así mismo, debo tener y tengo por desistida a Dña. Pilar Bustos Martínez de la demanda de extinción del contrato de trabajo inicialmente formulada contra la empresa ITP Arquitectura e Ingeniería S.L.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ITP ARQUITECTURA E INGENIERIA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de febrero de dos mil diecinueve.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA