Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 1137
Resolución del consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears de 6 de febrero de 2019, por la que se corrigen unos errores detectados en la Resolución del consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears de 18 de enero de 2019 por la que se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros
Hechos
1. En la Resolución del consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears de día 18 de enero de 2019 se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros (BOIB núm. 10, de 22 de enero de 2019).
2. Dado que se ha detectado la existencia de unos errores en el anexo 1 de la Resolución mencionada, se procede a rectificarlas mediante la presente resolución.
Fundamentos de Derecho
1. Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Art. 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Efectuar las siguientes correcciones:
ANEXO 1
Centros Públicos de Educación infantil (EI), de Educación primaria (CP), de Educación Infantil y Primaria (CEIP), de Educación Infantil y Primaria integrados con Enseñanzas Elementales de Música (CEIPIEEM) y de Educación infantil y Primaria integrados con Educación Secundaria (CEIPIESO)
Centro: ARENAL (S') - CEIP S’ALGAR (07001681)
Donde dice:
Función: 0597PRI EDUCACIÓN PRIMARIA
Itinerancia Plantilla Ocupadas
No itinerante 12 10
Tiene que decir:
Función: 0597PRI EDUCACIÓN PRIMARIA
Itinerancia Plantilla Ocupadas
No itinerante 10 10
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 6 de febrero de 2019
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March i Cerdà