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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 1136
Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears, de día 6 de febrero de 2019, por la que se corrigen unos errores detectados en la Resolución del consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears, de día de día 18 de enero de 2019 por la que se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes de los cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas de profesores de música y artes escénicas, de profesores y de maestros de taller de artes plásticas y diseño

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Texto

Hechos

1. Por Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears, de día 18 de enero de 2019, se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes de los cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas de profesores de música y artes escénicas, de profesores y de maestros de taller de artes plásticas y diseño (BOIB núm. 10, de 22 de enero de 2019).

2. Por Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears, de día 23 de enero de 2019, se modifica la Resolución del Consejero de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears, de día 18 de enero de 2019, por la que se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes de los cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas de profesores de música y artes escénicas, de profesores y de maestros de taller de artes plásticas y diseño (BOIB núm. 12, de 26 de enero de 2019).

3. Habiéndose detectado la existencia de unos errores en el anexo 1 de la citada Resolución de día 23 de enero de 2019, se procede a rectificarlos mediante la presente resolución.

Fundamentos de derecho

1. Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Art. 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Efectuar las siguientes correcciones:

ANEXO 1

 Institutos de Educación Secundaria y Centros Integrados de Formación Profesional

Centro: EIVISSA - IES SANTA MARIA D’EIVISSA (07001371)

Donde dice:

Función: 0590012    ALEMÁN

Plantilla          Ocupadas

     1                       0

Debe decir:

Función: 0590012    ALEMÁN

Plantilla          Ocupadas

     1                       1

Centro: PALMA - IES JOAN ALCOVER (07003882)

Donde dice:

Función: 0590005    GEOGRAFÍA E HISTORIA

Plantilla          Ocupadas

     3                       2

Debe decir:

Función: 0590005    GEOGRAFÍA E HISTORIA

Plantilla          Ocupadas

     3                       3

Centro: POBLA (SA) - IES CAN PEU BLANC (07008107)

Donde dice:

Función: 0590006    MATEMÁTICAS

Plantilla          Ocupadas

     5                       2

Debe decir:

Función: 0590006    MATEMÁTICAS

Plantilla          Ocupadas

     5                       3

Centro: PORT D’ALCÚDIA - IES ALCÚDIA (07007851)

Donde dice:

Función: 0590002    GRIEGO

Plantilla          Ocupadas

     1                       0

Debe decir:

Función: 0590002    GRIEGO

Plantilla          Ocupadas

     1                       1

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 6 de febrero de 2019

El Consejero de Educación y Universidad

Martí X. March i Cerdà